Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0358-2018), 13-06-2018
Número de expediente | SUP-JDC-0358-2018 |
Fecha | 13 Junio 2018 |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
ACUERDO DE COMPETENCIA
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTE: SUP-JDC-358/2018
ACTORA: LUISA MARÍA DE GUADALUPE CALDERÓN HINOJOSA
AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES
SECRETARIO: HÉCTOR DANIEL GARCÍA FIGUEROA
COLABORÓ: CLAUDIA MARISOL LÓPEZ ALCÁNTARA |
Ciudad de México, a doce de junio de dos mil dieciocho.
VISTOS, para acordar la consulta competencial formulada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca, Estado de México, respecto al juicio ciudadano federal presentado por Luisa María de Guadalupe Calderón Hinojosa en contra del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que aprobó la modificación y adición al Reglamento de Fiscalización mediante la emisión del acuerdo INE/CG1047/2015, del cual combate las porciones normativas contenidas en los párrafos 1 y 2, del artículo 219 Bis, del Reglamento de Fiscalización de esa autoridad administrativa electoral nacional, relativas a la prohibición de que un candidato independiente pueda beneficiarse de un gasto erogado por un partido político, coalición u otros candidatos independientes; y
R E S U L T A N D O
I. Antecedentes. De lo narrado por la actora en su escrito de demanda, y de las constancias que obran en el expediente, se advierte lo siguiente:
1. Proceso electoral federal. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete, inició el proceso electoral federal 2017-2018, para la renovación de la Presidencia de la República, así como de las Diputaciones y Senadurías al Congreso de la Unión.
2. Modificaciones y adiciones al reglamento de fiscalización. El dieciséis de diciembre de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral celebró sesión extraordinaria en la que emitió el acuerdo INE/CG1047/2015, por el que, entre otras cuestiones, adicionó el artículo 219 BIS al Reglamento de Fiscalización, relativo a la prohibición de que un candidato independiente pueda beneficiarse de un gasto erogado por un partido político, coalición u otros candidatos independientes.
3. Registro de Luisa María de Guadalupe Calderón Hinojosa. El veintinueve de marzo de dos mil dieciocho, el Consejero Presidente del 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Michoacán, expidió constancia de registro a favor de Luisa María de Guadalupe Calderón Hinojosa como candidata independiente a diputada federal por...
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