Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSRE-PSL-0041-2018), 21-06-2018
Número de expediente | SRE-PSL-0041-2018 |
Fecha | 21 Junio 2018 |
Emisor | Sala Regional Especializada (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Local del Instituto Nacional Electoral |
ACUERDO DE SALA EXPEDIENTE: SRE-PSL-41/2018 PROMOVENTE: MORENA INVOLUCRADO: Quien resulte responsable MAGISTRADA: Gabriela Villafuerte Coello SECRETARIO: Alejandro Félix González Pérez COLABORÓ: Enrique Ramírez López. |
Ciudad de México, a cinco de julio de dos mil dieciocho.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior, en el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-431/2018 dicta el siguiente ACUERDO:
ANTECEDENTES
I. Proceso Electoral Federal 2017-2018.
1. 1. El 8 de septiembre de 2017, inició el proceso electoral federal para la renovación de las Cámaras que conforman el Congreso de la Unión (Senadurías y Diputaciones federales), así como la Presidencia de la República; dividido en las siguientes etapas:
- Precampaña: Del 14 de diciembre de 2017 al 11 de febrero de 2018.1
1 Las fechas que se mencionen corresponden a 2018, salvo manifestación expresa.
- Campaña: Del 30 de marzo al 27 de junio.
- Día de la elección: 1 de julio.
2. 2. Denuncia. El 28 de abril, MORENA presentó queja2 contra quien resulte responsable, por la supuesta colocación de propaganda en camiones del servicio público de la Ciudad de México, relacionada con la serie "Populismo en América Latina", donde relacionan la imagen de Andrés Manuel López Obrador, candidato a la presidencia de la República con diversos líderes populistas.
2 A través de su representante propietario ante el Consejo General del INE. La queja se presentó ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, misma que remitió a la Junta local el 29 de abril.
3. 3. Sentencia del procedimiento especial sancionador. En sesión pública de 21 de junio, esta Sala Especializada determinó la inexistencia de la conducta denunciada.
4. 4. Recurso de Revisión del Procedimiento Especial Sancionador. En contra de la sentencia, MORENA interpuso recurso de revisión del procedimiento especial sancionador ante la Sala Superior de este Tribunal Electoral, al que se le asignó la clave SUP-REP-431/2018, donde resolvió:
"ÚNICO. Se revoca la sentencia recurrida, para los efectos precisados en esta ejecutoria."
II. Recepción del expediente.
5. En su oportunidad, se recibió en la Oficialía de Partes de esta Sala Especializada el expediente SRE-PSL-41/2018, mismo que se remitió a la ponencia de la Magistrada Gabriela Villafuerte Coello, para cumplir lo que ordenó la Sala Superior.
CONSIDERACIONES:
PRIMERA. Actuación Colegiada.
6. Este acuerdo tiene que ver con la sustanciación del asunto, por tanto, debe emitirse...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba