Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-RAP-0173-2018), 18-07-2018
Número de expediente | SUP-RAP-0173-2018 |
Fecha | 18 Julio 2018 |
Tipo de proceso | Recurso de apelación |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
RECURSO DE APELACIÓN
EXPEDIENTES: SUP-RAP-173/2018 y ACUMULADOS
RECURRENTE: PARTIDO CHIAPAS UNIDO
AUTORIDADES RESPONSABLES: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL Y CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
MAGISTRADO PONENTE: FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA
SECRETARIOS: OMAR BONILLA MARIN Y ANTONIO SALGADO CÓRDOVA
COLABORARON: MIGUEL OMAR MEZA AGUILAR, REBECA DEBERNARDI MUSTIELES, REBECA DE OLARTE JIMÉNEZ Y CARLOS GARCÍA OLVARES |
Ciudad de México. Sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la sesión de dieciocho de julio de dos mil dieciocho.
VISTOS, para resolver, los autos de los recursos de apelación cuyos datos de identificación se citan al rubro.
R E S U L T A N D O
1. Interposición de los recursos. El veintinueve de junio de dos mil dieciocho, el Partido Chiapas Unido, a través de su representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral del Instituto Elecciones y Participación Ciudadana, con sede en Palenque, Chiapas, presentó diversos recursos de revisión a fin de controvertir la imposibilidad de registrar representantes ante las mesas directivas de casillas, debido a fallas en el funcionamiento del sistema de registro de representantes de partidos políticos y candidaturas independientes, generales y ante mesas directivas de casilla, para el proceso electoral 2017-2018.
2. Turno. Por proveídos del tres al seis julio de dos mil dieciocho, la Magistrada Presidenta acordó turnar los expedientes SUP-RAP-173/2018, SUP-RAP-174/2018, SUP-RAP-175/2018, SUP-RAP-176/2018, SUP-RAP-177/2018, SUP-RAP-178/2018, SUP-RAP-179/2018, SUP-RAP-180/2018, SUP-RAP-181/2018, SUP-RAP-182/2018, SUP-RAP-183/2018, SUP-RAP-184/2018, SUP-RAP-185/2018, SUP-RAP-186/2018 y SUP-RAP-187/2018, SUP-RAP-188/2018, SUP-RAP-189/2018, SUP-RAP-190/2018 y SUP-RAP-191/2018, a la ponencia del Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
3. Recepción. En su oportunidad, el Magistrado Instructor acordó la recepción de los expedientes, y ordenó formular el proyecto de sentencia.
C O N S I D E R A N D O
1. Competencia y vía. Esta Sala Superior es competente para conocer y resolver los recursos de apelación precisados en el rubro, con fundamento en los artículos 41, párrafo segundo, base VI, y 99, párrafo cuarto, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 184, 186, fracción III, inciso a), y 189, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; así como el artículo 3, párrafo 2, inciso b); 40, párrafo 1, inciso b), y 34, párrafo 1, inciso a), en relación con el 47, párrafo 1, de la Ley de Medios.
Lo anterior, al tratarse de medios de impugnación interpuestos por en contra de actos de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, así como el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, ambos órganos centrales del Instituto Nacional Electoral, de los que reclama la imposibilidad de registrar representantes ante las mesas directivas de casillas.
Ello, no obstante de que el Partido Político apelante es de índole local, porque la cuestión impugnada se relaciona con la representación de ese instituto político ante las casillas instaladas en el estado de Chiapas en la jornada de uno de julio pasado, mismas que por tener calidad de casillas únicas, en ellas se recibió la votación de las...
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