Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-0571-2018), 11-07-2018

Número de expedienteSUP-REC-0571-2018
Fecha11 Julio 2018
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-REC-571/2018

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-REC-571/2018

RECURRENTE: ERÉNDIRA ARELLANO TORREZ

AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ

MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS VARGAS VALDEZ

SECRETARIO: ROBERTO JIMÉNEZ REYES

COLABORARON: DIANA GABRIELA MACÍAS ROJERO Y ALAN GUEVARA DÁVILA

Ciudad de México, once de julio de dos mil dieciocho.

S E N T E N C I A:

Que dicta la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el recurso de reconsideración indicado en el rubro, en el sentido de desechar de plano la demanda presentada por Eréndira Arellano Torrez, al no actualizarse el requisito especial de procedencia.

Í N D I C E

R E S U L T A N D O:.....................................................................................................................................2

C O N S I D E R A N D O:..............................................................................................................................4

R E S U E L V E:...........................................................................................................................................12

R E S U L T A N D O:

1 I. Antecedentes. De la narración de los hechos expuestos en la demanda, así como de las constancias que integran el expediente, se advierte lo siguiente.

2 A. Convocatoria. El dos de diciembre de dos mil diecisiete, el VIII Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática, en Quintana Roo, emitió la convocatoria para elegir candidatos a Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores para participar en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.

3 B. Registro de precandidatos. El veintiséis de enero de dos mil dieciocho, mediante acuerdo ACU-CECEN/152/ENE/2018, la Comisión Electoral del Comité Ejecutivo Nacional del PRD otorgó, entre otros, el registro como precandidata propietaria a la primera regiduría del ayuntamiento de Solidaridad, Quintana Roo, a Eréndira Arellano Torrez y Alejandra Cárdenas Nájera como suplente.

4 C. Solicitud de registro. El tres de febrero, Sonia Patricia Castelan Ramírez solicitó el registro como precandidata al cargo de regidora, al haber cumplido los requisitos y no aparecer en el acuerdo mencionado en el párrafo anterior, por lo que la Comisión Electoral, mediante acuerdo ACU-CECEN/152-1/ENE/2018, le otorgó el registro como primera regidora propietaria en el citado municipio.

5 D. Designación de candidaturas. El tres de abril, mediante acuerdo ACU-CEN-VIII-IV/2018, el Comité Ejecutivo Nacional del PRD designó candidatas y candidatos a Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores en ese estado, colocando a Sonia Patricia Castelan Ramírez como quinta regidora propietaria y Alejandra Cárdenas Nájera como suplente.

6 E. Registro de candidaturas. El veinte de abril, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo por acuerdo IEQROO/CG/A-093-18, aprobó el registro de las planillas a integrantes de los once Ayuntamientos del estado de Quinta Roo, postuladas por la coalición “Por Quintana Roo al Frente”.

7 F. Juicio ciudadano local. Inconforme con lo anterior, el veintinueve de mayo, la recurrente promovió juicio ciudadano ante el Tribunal Electoral local, integrándose el expediente JDC-069/2018, mismo que fue resuelto el veintiuno siguiente, en el sentido de declararlo...

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