Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSCM-JE-0033-2017)
Número de expediente | SCM-JE-0033-2017 |
Emisor | Sala Regional Ciudad de México (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Juicio electoral |
JUICIO ELECTORAL EXPEDIENTE: SCM-JE-33/2017 PARTE ACTORA: AYUNTAMIENTO DE NATIVITAS, TLAXCALA AUTORIDAD RESPONSABLE: MAGISTRADO INSTRUCTOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE TLAXCALA MAGISTRADA: MARÍA GUADALUPE SILVA ROJAS SECRETARIOS: JOSÉ OCTAVIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ E IVONNE LANDA ROMÁN |
Ciudad de México, veinte de julio de dos mil diecisiete.
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, en sesión pública desecha de plano la demanda presentada, dado que el acto impugnado no genera perjuicio a la parte actora, con base en lo siguiente.
GLOSARIO
Parte Actora o Ayuntamiento | Ayuntamiento de Nativitas, Tlaxcala |
Expresidente de Comunidad o Actor Primigenio | Felix Torres Quiroz, Expresidente de la comunidad de San José Atoyatenco del municipio de Nativitas, Tlaxcala |
Juicio Local | Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano radicado ante el Tribunal Electoral del Estado de Tlaxcala con la clave TET-JDC-013/2017 |
Juicio Ciudadano | Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, establecido en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley de Medios | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley de Medios Local | Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Tlaxcala |
Lineamientos | Lineamientos Generales para la Identificación e Integración de Expedientes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Sala Regional | Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México |
Tribunal Local o Tribunal Responsable | Tribunal Electoral de Tlaxcala |
De los hechos narrados por la Parte Actora en su demanda, así como de las constancias que integran el expediente, se advierten los siguientes
ANTECEDENTES:
I. Juicio Local
1. Demanda. El (3) tres de febrero de (2017) dos mil diecisiete1, el Expresidente de Comunidad promovió el Juicio Local a fin de impugnar la omisión de pago de diversas prestaciones inherentes al cargo que ocupó en el período 2014-2016.
1. En adelante todas las fechas se refieren al año (2017) dos mil diecisiete, salvo precisión en contrario.
2. Sentencia. El (29) veintinueve de marzo, el Tribunal Local emitió resolución en la que condenó al Ayuntamiento a pagar algunas de las prestaciones reclamadas por el Actor Primigenio.
II. Primeros Juicios Federales
1. Demandas. A fin de controvertir la determinación antes referida, el Expresidente de Comunidad y el Ayuntamiento promovieron, respectivamente, Juicio Ciudadano y Juicio Electoral, los cuales fueron del conocimiento de esta Sala Regional en los expedientes SDF-JDC-68/2017 y SDF-JE-13/2017.
2. Sentencia del SDF-JDC-68/2017. El (21) veintiuno de abril, esta Sala Regional estimó fundado uno de los agravios del Actor Primigenio, relativo a la falta de exhaustividad en que incurrió el Tribunal Responsable -por no requerir diversa información necesaria para resolver una de las pretensiones del actor- y en consecuencia, revocó la sentencia ahí controvertida por lo que ordenó al Tribunal Local realizar las acciones y diligencias necesarias para obtener la información necesaria para resolver la controversia planteada.
3. Sentencia del SDF-JE-13/2017. Por otro lado, en esa misma fecha, esta Sala Regional desechó la demanda del Ayuntamiento, al advertir que carecía de legitimación al haber acudido en defensa de su actuar como autoridad responsable en la instancia local.
III. Sentencia dictada en cumplimiento. El (23) veintitrés de mayo, el Tribunal Responsable emitió resolución2 en la que condenó al Ayuntamiento a pagar al Expresidente de Comunidad $24,000.00 (veinticuatro mil pesos 00/100 M.N), por concepto de los salarios no pagados que correspondían a octubre, noviembre y diciembre de (2016) dos mil dieciséis, así como $15,750.00 (quince mil setecientos cincuenta pesos...
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