Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JRC-0152-2018), 30-06-2018
Número de expediente | SUP-JRC-0152-2018 |
Fecha | 30 Junio 2018 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Juicio de revisión constitucional electoral |
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL
EXPEDIENTE: SUP-JRC-152/2018
ACTORES: PARTIDOS DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y MOVIMIENTO CIUDADANO
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO
MAGISTRADA PONENTE: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO
SECRETARIADO: CAROLINA CHÁVEZ RANGEL Y OMAR ESPINOZA HOYO |
Ciudad de México, a treinta de junio de dos mil dieciocho.
SENTENCIA, que desecha el juicio de mérito, por haber quedado sin materia.
ANTECEDENTES
I. De las constancias que obran en autos del expediente citado al rubro, así como de la sentencia dictada en el diverso SUP-JRC-142/2018 y SUP-JDC-381/2018 ACUMULADO, que se invoca como hecho notorio, en términos de lo preceptuado por el artículo 15 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se advierten los hechos siguientes:
1. Solicitud de excusa. El veintidós de mayo de dos mil dieciocho, el Partido Revolucionario Institucional, por conducto de su representante, solicitó al Presidente del Tribunal local que el Magistrado Emiliano Lozano Cruz, se excusara de conocer y resolver el medio de impugnación identificado con la clave TEE/PES/026/2018, interpuesto por la coalición “Transformando Guerrero” en contra de Rosalinda Mata Salcedo, al afirmar que es de conocimiento público que el referido Magistrado ha realizado declaraciones en contra del PRI, situación que demuestra su parcialidad.
Con dicho escrito se integró el asunto general identificado con la clave TEE/AG/026/2018.
2. Resolución en el expediente TEE/PES/026/2018. El veintitrés de mayo, el Tribunal Electoral de Guerrero resolvió el expediente indicado.
3. Ampliación de excusa. El veintiséis de mayo, el PRI presentó escrito de ampliación de la excusa.
II. Acto reclamado. El doce de junio de dos mil dieciocho, el Tribunal local dictó sentencia en el expediente TEE/AG/026/2018, declarando fundado el impedimento legal del Magistrado Emiliano Lozano Cruz, para conocer de los asuntos que fueran sometidos a consideración del Tribunal local, en los cuales sea parte el PRI; además se ordenó dar vista a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
III. Impugnaciones del PRI y del Magistrado Emiliano Lozano Cruz. Disconformes con lo anterior, el PRI y el Magistrado Emiliano Lozano Cruz promovieron juicio de revisión constitucional electoral y juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, respectivamente.
En su oportunidad, la Magistrada Presidenta de este Tribunal, acordó integrar y registrar los expedientes SUP-JRC-142/2018 y SUP-JDC-381/2018, mismos que fueron resueltos en sesión pública de veintisiete de junio.
IV. Impugnación de los partidos actores. Igualmente, inconformes con tal determinación, los partidos políticos actores, por conducto de sus...
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