Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-1131-2018), 2018

Fecha12 Octubre 2018
Número de expedienteSCM-JDC-1131-2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SCM-JDC-1131/2018

ACTOR: N.G.H.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA

TERCERO INTERESADO: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

MAGISTRADO: A.I.M.H.

SECRETARIO: JOSÉ RUBÉN LUNA MARTÍNEZ

Ciudad de México, doce de octubre de dos mil dieciocho[1].

La S. Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve, en el sentido de revocar parcialmente la Resolución Impugnada, con base en las siguientes consideraciones.

GLOSARIO

Actor o Promovente

Noé Garrido Hernández

Acto Impugnado, Resolución Impugnada o Acto Reclamado

Sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de P. en el expediente TEEP-I-197/2018

Autoridad Responsable, Tribunal Local o Tribunal Responsable

Tribunal Electoral del Estado de P.

Ayuntamiento

Ayuntamiento de Chiconcuautla, P.

Candidatura Común

Candidatura Común postulada por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano

Código Local

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de P.

Consejo General

Consejo General del Instituto Electoral del Estado de P.

Consejo Municipal

Consejo Municipal Electoral de Chiconcuautla, perteneciente al Distrito Electoral Uninominal 02 con cabecera en Huachinango, del Instituto Electoral del Estado P.

Constitución Federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Instituto Local

Instituto Electoral del Estado de P.

Juicio de la Ciudadanía

Juicio Para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Electoral o LEGIPE

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Movimiento Ciudadano

Movimiento Ciudadano

PAN

Partido Acción Nacional

PRD

Partido de la Revolución Democrática

PREP

Programa de Resultados Electorales Preliminares

PRI o Tercero Interesado

Partido Revolucionario Institucional

Recurso de Inconformidad

Recurso de Inconformidad previsto en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de P.

S. Regional

S. Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

S. Superior

S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

SIJE

Sistema de Información de la Jornada Electoral

ANTECEDENTES

De lo narrado por el Actor en su demanda, de las constancias que integran el expediente, así como el informe circunstanciado rendido por la responsable, se advierte lo siguiente:

I. Jornada electoral. El uno de julio, se llevó a cabo la jornada electoral, para elegir entre diversos cargos el Ayuntamiento.

II. Cómputo del Consejo General. En sesión del cuatro de julio, el Consejo General efectuó el cómputo supletorio de la elección del Ayuntamiento, con los siguientes resultados:

Partido político, candidatura común o candidato (a)

Votación obtenida por las candidaturas

Con número

Con letra

http://10.10.15.37/siscon/gateway.dll/nSentencias/nSuperior/nSENSUP2006/jin/SUP-JIN-001-2006-1.jpg

http://portalanterior.ine.mx/archivos3/portal/historico/recursos/IFE-v2/DEPPP/DEPPP-Varios/directoriopp_DEPPP-img/2009/movciu.PNG

prd

2,672

Dos mil seiscientos setenta y dos

3,349

Tres mil trescientos cuarenta y nueve

pt

http://computos2015.ine.mx/img/MORENA.gif

139

Ciento treinta y nueve

38

Treinta y ocho

http://portalanterior.ine.mx/archivos3/portal/historico/recursos/IFE-v2/DEPPP/DEPPP-Varios/directoriopp_DEPPP-img/2009/logo_alianza.gif

1,391

Mil trescientos noventa y uno

http://actores-politicos.ine.mx/img/partidos-locales/puebla/compromiso-puebla.png

06

Seis

http://actores-politicos.ine.mx/img/partidos-locales/puebla/psi.png

20

Veinte

Votos nulos

943

Novecientos cuarenta y tres

Candidaturas no registradas

01

Uno

Votación total

8,559

Ocho mil quinientos cincuenta y nueve

Con sustento en esos resultados, el Consejo General declaró la validez de la elección y entregó la constancia de mayoría a la planilla del PRI.

III. Recurso de Inconformidad. En contra de dicho resultado, el nueve de julio, el PRD promovió Recurso de Inconformidad.

IV. Resolución Impugnada. El cinco de octubre el Tribunal Local resolvió el medio de impugnación, en el que declaró infundados los agravios del PRD y, por consecuencia, confirmó el cómputo final de la elección.

V.J. de la Ciudadanía

1. Demanda. Inconforme con la anterior resolución, el ocho de octubre, el Actor promovió Juicio de la Ciudadanía.

2. Turno. Recibidas las constancias en esta S. Regional, el nueve de octubre el M.P. ordenó integrar el expediente y turnarlo a la Ponencia a su cargo, para su instrucción y presentación del proyecto de sentencia respectivo.

3. Radicación. En la misma fecha, el Magistrado Instructor acordó la radicación del expediente.

4. Admisión y cierre de instrucción. El doce de octubre el Magistrado Instructor admitió el asunto y en su oportunidad cerró la instrucción.

RAZONES Y FUNDAMENTOS

PRIMERO. Jurisdicción. Esta S. Regional debe conocer y resolver el presente medio de impugnación,...

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