Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-REC-0014-2019), 16-01-2019

Fecha16 Enero 2019
Número de expedienteSUP-REC-0014-2019
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
Tribunal de OrigenSALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-REC-14/2019

RECURRENTE: JUDITH ROMERO MATA

RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE A LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL CON SEDE EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO

MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS VARGAS VALDEZ

SECRETARIA: MARIANA SANTISTEBAN VALENCIA

COLABORÓ: DIANA PANIAGUA MUÑOZ

Ciudad de México, a dieciséis de enero de dos mil diecinueve

SENTENCIA

Sentencia que desecha la demanda presentada por Judith Romero Mata contra el acuerdo emitido por la Sala Regional Toluca en el expediente ST-JDC-779/2018, en el cual, reencauzó el medio de impugnación promovido por la actora a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, relacionado con la suspensión del procedimiento de afiliación a dicho partido

ÍNDICE

ANTECEDENTES

COMPETENCIA

IMPROCEDENCIA

RESOLUTIVO

ANTECEDENTES
  1. Solicitud de formato de afiliación. El veinte de diciembre de dos mil dieciocho, Judith Romero Mata junto con otros ciudadanos se presentó en las oficinas de la sede nacional de MORENA, solicitando el formato de afiliación del citado instituto político, el cual le fue negado en razón de que, por acuerdo del Congreso Nacional de fecha diecinueve de agosto del dos mil dieciocho, se resolvió suspender por un año el procedimiento de afiliación.
  2. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El veintitrés de diciembre de la pasada anualidad, la parte actora presentó, ante la Sala Regional Toluca, demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de impugnar la suspensión del procedimiento de afiliación con motivo de la inhabilitación del Sistema Electrónico de Registro Nacional de Afiliados (SIRENA) de MORENA.
  3. Acuerdo Impugnado. El dos de enero de dos mil diecinueve, la Sala Regional Toluca acordó reencauzar la demanda a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA para que conozca de la impugnación y dicte la resolución respectiva, en un plazo no mayor a diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de aquél en que se le notifique el acuerdo.

Dicho acuerdo fue notificado por correo electrónico a la actora el tres de enero

  1. Recurso de Reconsideración. El nueve de enero del dos mil diecinueve, Judith Romero Mata, promovió juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en contra del acuerdo citado en el punto anterior.
  2. Turno y sustanciación. En su momento, la Magistrada Presidenta acordó reencauzar el juicio ciudadano a recurso de reconsideración, por ser el medio de impugnación procedente; asimismo, se ordenó integrar el expediente SUP-REC-14/2019, y turnarlo a la Ponencia del Magistrado José Luis Vargas Valdez para los efectos que en derecho procedan.
COMPETENCIA
  1. Esta Sala Superior es competente para conocer el presente medio de impugnación, por tratarse de un recurso de reconsideración interpuesto para controvertir una sentencia dictada por la Sala Regional Toluca, cuya resolución corresponde de forma exclusiva a este órgano jurisdiccional.
  2. Lo anterior, en términos de los artículos 41, párrafo segundo, base VI, y 99, párrafo cuarto, fracción X, de la ...

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