Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-1255-2018), 2018

Número de expedienteSCM-JDC-1255-2018
Fecha26 Diciembre 2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SCM-JDC-1255/2018

PARTE ACTORA:

L.Z.D. Y OTRAS PERSONAS

PARTE TERCERA INTERESADA:

GUADALUPE TEODOCIO GUERRERO Y OTRAS PERSONAS

AUTORIDAD RESPONSABLE:

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS

MAGISTRADA:

MARÍA GUADALUPE SILVA ROJAS

PROYECTISTAS:

D.Á.S. Y PAOLA LIZBETH VALENCIA ZUAZO

Ciudad de México, a veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho[1].

La S. Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública revoca la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de M. en el juicio TEEM/JDC/474/2018-1 y sus acumulados que revocó el Decreto 2850 del Congreso del Estado en que designó al C.M. de Xoxocotla, M..

G L O S A R I O

Ayuntamiento

Ayuntamiento de Xoxocotla, M.

Código Local

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de M.

C.M.

Órgano de gobierno municipal de Xoxocotla, M.

Congreso Local

Congreso del Estado Libre y Soberano de M.

Constitución Federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Local

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de M.

Decreto 2344 o Decreto de Creación

Decreto por el que se crea el Municipio de Xoxocotla, M.

Decreto 2850 o Decreto de Designación

Decreto por el que se designa al C.M. del Municipio de Xoxocotla, M.

Delegado Municipal

Delegado Municipal en Xoxocotla

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y la ciudadana)

Juicio Local

Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano (y la ciudadana) previsto en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de M.

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Municipio

Municipio de Xoxocotla, M.

Planilla de Unidad

Planilla conformada por las personas representantes de las planillas roja, azul, amarilla, naranja y verde

Periódico Oficial

El órgano de difusión del Gobierno del Estado de M., denominado Periódico Oficial "Tierra y Libertad"

S. Regional

S. Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Cuarta Circunscripción Plurinominal

S. Superior

S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal Local

Tribunal Electoral del Estado de M.

A N T E C E D E N T E S

1. Decreto 2344. El (18) dieciocho de diciembre de (2017) dos mil diecisiete, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de M. el Decreto por el que se creó el Municipio.

2. Convocatoria para la elección. El (15) quince de enero, el Delegado Municipal de Xoxocotla emitió la convocatoria para la inscripción de planillas para elegir al C.M..

3. Elección. El (11) once de febrero, se llevó a cabo la elección de las personas integrantes del C.M., en la cual resultó ganadora la planilla morada.

4. Reposición de la elección. Mediante acuerdo del (14) catorce de febrero, el Delegado Municipal determinó la nulidad de la elección del Concejo referido y ordenó reponer la elección.

5. Planilla de Unidad. El (15) quince de febrero, los representantes de las planillas roja, azul, naranja, amarilla y verde, acordaron ante el Delegado Municipal, unificar las (5) cinco planillas, para integrar el C.M. para el periodo del (1°) primero enero de (2019) dos mil diecinueve al (31) treinta y uno de enero de (2021) dos mil veintiuno y que la representación sería rotativa por cada una de las personas consejeras propietarias de la Planilla de Unidad.

6. Constancia de mayoría. El (16) dieciséis de febrero, el Delegado Municipal, expidió la constancia de mayoría de quienes integrarían el C.M..

7. Aviso al Gobernador del estado. El siguiente (17) diecisiete, el Delegado Municipal, hizo del conocimiento del Gobernador del estado, el acuerdo de unificar las planillas, denominada Planilla de Unidad, solicitando que la lista fuera enviada al Congreso Local para la toma de protesta correspondiente.

8. Decreto 2850. El (23) veintitrés de mayo, se publicó en el Periódico Oficial, el Decreto por el cual el Pleno del Congreso Local, designó a las personas integrantes del C.M..

El C.M. quedó integrado por personas de las distintas planillas que conformaron la Planilla de Unidad y por la Planilla Morada como queda evidenciado con el siguiente cuadro:

PERSONAS

PROPIETARIAS

PERSONAS

SUPLENTES

PLANILLA

Leonel Zeferino Díaz

Damián Canalis Carrillo

MORADA

Amadeo Solís Estrada

Horacio Leal Santos

MORADA

Miguel Canalis Carrillo

Gabino Ramírez Corona

MORADA

Gregorio González Reyes

Albino Jorge Mata

MORADA

Alfredo Carmen Zacarías

Francisco Javier Iturbide Leal

MORADA

J.L.P.

A.C.D.

AZUL

Javier Severiano Ponce

Rafael Leal Longardo

AZUL

Yazmín Leal Leal

Javier Jiménez Jiménez

...

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