Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-AG-0020-2019-Acuerdo1), 2019

Fecha05 Marzo 2019
Número de expedienteSUP-AG-0020-2019
Tipo de procesoAsuntos generales
Tribunal de OrigenN/A
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

ACUERDO DE SALA

ASUNTO GENERAL

EXPEDIENTE: SUP-AG-20/2019

PROMOVENTE: PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

AUTORIDAD RESPONSABLE: VOCAL EJECUTIVO DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE PUEBLA

MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES

SECRETARIOS: C.M.M.S.Y.J.A.R.H.

COLABORÓ: MARCO VINICIO ORTIZ ALANIS

Ciudad de México, a cinco de marzo de dos mil diecinueve.

V I S T O S, para acordar los autos del asunto general SUP-AG-20/2019, interpuesto por el partido político Encuentro Social, a fin de controvertir la determinación contenida en el oficio INE/JLE/VE/0225/2019, de quince de febrero de dos mil diecinueve, signado por el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Puebla, que resolvió la solicitud del ahora promovente en el sentido de que el referido instituto político únicamente podría participar en las sesiones en las que se discutieran temas relacionados con las elecciones extraordinarias en Ahuazotepec, C.M., M. de J., O. y Tepeojuma del Estado de Puebla, mas no en lo relativo a la elección de gobernador de esa entidad.

R E S U L T A N D O:

De las constancias de autos y de lo narrado por el partido político promovente en su escrito de demanda, se advierten los siguientes antecedentes:

1. Inicio del proceso electoral ordinario en el Estado de Puebla. El tres de noviembre de dos mil diecisiete, mediante Acuerdo CG/AC-034/17, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla, dio inicio al proceso electoral ordinario 2017-2018, para renovar los cargos de la gubernatura de esa entidad, diputaciones y Ayuntamientos.

2. Jornada electoral. El uno de julio de dos mil dieciocho, se celebró la jornada electoral del proceso electoral federal y estatal ordinario 2017-2018.

3. Impugnación ante S. Superior (SUP-JRC-204/2018 y acumulados). El ocho de diciembre de dos mil dieciocho, la S. Superior dictó sentencia en los juicios identificados con las claves SUP-JRC-204/2018 y SUP-JDC-517/2018, en la cual resolvió, entre otras cuestiones, confirmar la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, en el expediente TEEP-I-031/2018 y sus acumulados y, en consecuencia, la declaración de validez de la elección de gobernador del Estado de Puebla, así como la entrega de constancia de mayoría a favor de M.E.A.H., postulada por la coalición “Por Puebla al Frente”.

4. Nulidad de elecciones en diversos Ayuntamientos. En su oportunidad, la S. Regional Ciudad de México declaró la nulidad de las elecciones celebradas en los ayuntamientos de Ahuazotepec, C.M., M. de J., O. y Tepeojuma del Estado de Puebla y ordenó la realización de las respectivas elecciones extraordinarias. Esas determinaciones de la S. Ciudad de México adquirieron firmeza, en virtud de que, en algunos casos no fueron impugnadas; y en otros, la S. Superior desechó los recursos de reconsideración que se interpusieron en su contra.

5. Declaración sobre la falta absoluta de la Gobernadora. El veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho, en sesión pública de la Comisión Permanente del Congreso del Estado de Puebla, se informó sobre la falta absoluta de la Gobernadora y se solicitó la designación de Gobernador interino.

6. Convocatoria a elección. En sesión de treinta de enero de dos mil diecinueve, el Congreso del Estado de Puebla emitió la convocatoria a elección de la Gubernatura del Estado de Puebla.

7. Asunción de atribuciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Acuerdo INE/CG40/2019). El seis de febrero de dos mil diecinueve, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el acuerdo INE/CG40/2019, a través del cual determinó asumir totalmente la organización del Proceso Electoral en el Estado de Puebla y, con ello, dio inicio la realización de las actividades correspondientes en esa entidad federativa.

8. Calendario para el proceso electoral extraordinario (INE/CG43/2019). En la misma fecha, el Consejo General del Instituto Nacional, a través del Acuerdo INE/CG43/2019, aprobó el plan y calendario integral para el proceso electoral local extraordinario de la gubernatura y de los ayuntamientos de Ahuazotepec, C.M., M. de J., O. y Tepeojuma en el Estado de Puebla.

9. Financiamiento público para elecciones extraordinarias (INE/CG50/2019). El seis de febrero de dos mil dieciocho, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, emitió el Acuerdo INE/CG50/2019, por el que resolvió lo conducente al monto de financiamiento público para gastos de campaña, así como los topes máximos de gastos para la elección extraordinaria de la gubernatura y de los Ayuntamientos de Ahuazotepec, C.M., M. de J., O. y Tepeojuma en el Estado de Puebla.

10. Oficios de solicitud ES/CDN/INE-RP001/2019 y ES/CDN/PUE/003/2019. En el primero de los oficios citados, Encuentro Social solicitó al Vocal Ejecutivo de Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Puebla, acreditación de N.N.G. como su representante propietaria, a fin de que participara en las sesiones y actividades inherentes a las elecciones extraordinarias a celebrarse en los referidos cinco municipios y la gubernatura del Estado; y con el segundo de los oficios, solicitó tener por acreditadas a diversas personas, a fin de que fungieran como representantes de ese partido político ante los Consejos Distritales del Instituto Nacional Electoral de Puebla.

11. Oficio de respuesta INE/JLE/VE/0225/2019. (Acto reclamado). El quince de febrero de dos mil diecinueve, el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Puebla emitió el oficio INE/JLE/VE/0225/2019, mediante el cual informó que el referido instituto político únicamente podría participar en las sesiones en las que se discutieran...

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