Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-0068-2019), 12-04-2019

Fecha12 Abril 2019
Número de expedienteSUP-JDC-0068-2019
Tribunal de OrigenCOMISIÓN NACIONAL DE JUSTICIA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIOs PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTES: SUP-JDC-68/2019 Y SUP-JDC-71/2019, ACUMULADOS

ACTOR: SULPICIO MARCELINO PEREA MARÍN

rESPONSABle: COMISIÓN NACIONAL DE JUSTICIA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA

SECRETARIoS: ESTEBAN MANUEL CHAPITAL ROMO Y Pedro Antonio Padilla Martínez

COLABORARON: JOSÉ LUIS MIER VILLEGAS Y FERNANDO ALBERTO GUZMÁN LÓPEZ

Ciudad de México, doce de abril de dos mil diecinueve.

Sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que confirma las resoluciones dictadas por la Comisión Nacional de Justicia del Partido Acción Nacional, dictadas en los juicios de inconformidad números CJ/JIN/24/2019 y CJ/JIN/24/2019-1, los días veinte y veintidós de marzo del año en curso, en las que, por un lado, confirmó el acuerdo con clave CPN/SG/014/2019, emitido por la Comisión Permanente Nacional del mencionado instituto político, por el que designó a Enrique Cárdenas Sánchez como candidato a gobernador del Estado de Puebla para el proceso extraordinario dos mil diecinueve; y, por el otro, desechó el juicio de inconformidad promovido en contra de la providencia número SG/035/2019, por la que se autorizó la participación del mencionado ciudadano en el proceso electoral aludido; y,

A N T E C E D E N T E S:

1. Aprobación de método de selección de candidatos SG/022/2019. El doce de febrero de dos mil diecinueve se publicaron las Providencias emitidas por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, mediante las cuales se aprobó que el método de selección del candidato al cargo de Gobernador en el Estado de Puebla fuera la designación directa.

2. Invitación a participar como precandidatos en el proceso interno SG/030/2019. El veintiocho de febrero siguiente, se emitió la invitación dirigida a los militantes del Partido Acción Nacional y a los ciudadanos en el Estado de Puebla a participar como precandidatos en el proceso interno de designación de la candidatura a la Gubernatura de dicha entidad federativa.

3. Autorización para participar en el proceso interno SG/031/2019. El primero de marzo de este año, se publicaron Providencias emitidas por el Presidente Nacional del instituto político demandado por las que se autorizó la participación del ahora actor, entre otros, en el proceso interno de designación de las candidaturas al cargo de Gobernador de Puebla.

4. Declaración de procedencia de registros de precandidaturas. El dos de marzo siguiente se publicó el Acuerdo COE-023/2019 de la Comisión Organizadora Electoral del Partido Acción Nacional, mediante el cual se declara la procedencia de registros de candidaturas, con motivo del proceso interno de selección de la candidatura al Cargo de Gobernador del Estado de Puebla, de los siguientes aspirantes:

Precandidatura al cargo de Gobernador Constitucional del Estado de Puebla

Nombre completo

Género

Ana Teresa Aranda Orozco

Mujer

Francisco Antonio Fraile García

Hombre

Sulpicio Marcelino Perea Marín

Hombre

Luis Eduardo del Sagrado Corazón de Jesús Paredes Moctezuma

Hombre

Blanca Jiménez Castillo

Hombre

José Guillermo Velázquez Gutiérrez

Hombre

Inés Saturnino López Ponce

Hombre

5. Providencias SG/035/2019. El seis del mismo mes y año, el Presidente Nacional del partido político enjuiciado, emitió las providencias por las que autorizó la participación de Enrique Cárdenas Sánchez en el proceso de designación a la candidatura al cargo de gobernador de Puebla.

6. Aprobación de Candidatura CPN/SG/014/2019. En sesión ordinaria de seis de marzo, la Comisión Permanente Nacional del Partido Acción Nacional tomó el Acuerdo por el que designó a su candidato a gobernador por el Estado de Puebla.

En la referida sesión se sometió a votación la terna enviada por la Comisión Permanente Estatal, aprobada en su sesión extraordinaria de dos de marzo, y se rechazaron por unanimidad las siguientes propuestas:

PUEBLA

GOBERNADOR

Propuesta 1

JOSÉ GUILLERMO VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ

Propuesta 2

FRANCISCO ANTONIO FRAILE GARCÍA

Propuesta 3

BLANCA JIMÉNES CASTILLO

Al rechazar la terna propuesta por la Comisión Permanente Estatal, se analizaron los restantes perfiles de los ciudadanos que se habían registrado como aspirantes, todos ellos rechazados por unanimidad, incluido el ahora actor Sulpicio Marcelino Perea Marín.

Una vez analizadas y rechazadas por unanimidad, se abrió un espacio para registro de nuevas propuestas ante el Pleno de la Comisión Permanente Nacional, etapa en la que se propuso a Enrique Cárdenas Sánchez como candidato a Gobernador del Estado de Puebla.

A fin de analizar la propuesta, el Presidente Nacional del referido partido político nacional, solicitó al Secretario General que se hiciera del conocimiento público la autorización de participar en el proceso de designación a Enrique Cárdenas Sánchez.

Finalmente, por unanimidad, se aprobó a Enrique Cárdenas Sánchez como candidato a gobernador del Partido Acción Nacional en el Estado de Puebla.

7. Primer juicio ciudadano. Inconforme con la determinación anterior, mediante escrito presentado ante esta Sala Superior el once de marzo del año en curso, el hoy actor promovió, vía per saltum, juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, que se radicó con el número SUP-JDC-52/2019, del índice de esta Sala Superior, la que mediante acuerdo Plenario de trece del mismo mes y año, determinó reencauzarlo a juicio de inconformidad de competencia de la Comisión Nacional de Justicia del Partido Acción Nacional.

8. Juicio de inconformidad. Recibido el medio de impugnación respectivo en la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, mediante proveído de quince de marzo del año en curso, el Presidente de ese cuerpo colegiado ordenó registrar y remitir el juicio de inconformidad número CJ/JIN/24/2019 al Comisionado Instructor designado, para efectos de elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

9. Ampliación de demanda del juicio de inconformidad. En esa misma fecha, el promovente amplió la demanda del juicio de inconformidad respectivo (CJ/JIN/24/2019), controvirtiendo la publicación de las providencias número SG/035/2019, por las que se autorizó la participación de Enrique Cárdenas Sánchez en el proceso de designación a la candidatura al cargo de gobernador de Puebla.

Asimismo, solicitó al Partido Acción Nacional realizara una “verificación en bitácoras de los sistemas en donde conste la publicación, tanto de la fijación como del retiro de la providencia SG/035/2019, en la que consten las circunstancias de tiempo, modo y lugar de que la misma fue publicada en los estrados electrónicos”.

10. Resolución del juicio de inconformidad CJ/JIN/24/2019 (acto reclamado en el juicio ciudadano SUP-JDC-68/2019). El veinte de marzo del año en curso, la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido...

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