Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-REC-0353-2019), 15-05-2019

Número de expedienteSUP-REC-0353-2019
Fecha15 Mayo 2019
Tribunal de OrigenSALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-REC-353/2019

RECURRENTES: ALFREDO ARROYO LÓPEZ Y LA ORGANIZACIÓN CIUDADANA “¡PODEMOS!”

AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ

MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN

SECRETARIO: SANTIAGO J. VÁZQUEZ CAMACHO

Ciudad de México, a quince de mayo de dos mil diecinueve

SENTENCIA que desecha de plano el recurso de reconsideración interpuesto por Alfredo Arroyo López y la Organización ciudadana “¡Podemos!” en contra de la sentencia dictada por la Sala Xalapa en el expediente SX-JDC-130/2019, en virtud de que no se plantea una cuestión de constitucionalidad o convencionalidad que amerite ser estudiada por esta Sala Superior, por lo que no se acredita el presupuesto específico para la procedencia del recurso.

CONTENIDO

GLOSARIO

1. ANTECEDENTES

2. COMPETENCIA

3. IMPROCEDENCIA

4. RESOLUTIVO

GLOSARIO

CNBV:

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Constitución General:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Lineamientos de constitución de partidos políticos:

Lineamientos del procedimiento de constitución de partidos políticos locales, mediante el acuerdo OPLEV/CG246/2018

Lineamientos de fiscalización:

Lineamientos para la fiscalización de las organizaciones de las y los ciudadanos que pretendan obtener el registro como partido político local en Veracruz, mediante el acuerdo OPLEV/CG245/2018

OPLEV:

Organismo Público Local Electoral del estado de Veracruz

Organización:

Organización ciudadana ¡Podemos!

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Sala Xalapa o Sala responsable:

Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal con Sede en Xalapa, Veracruz

Sentencia impugnada:

Sentencia del dos de mayo de dos mil diecinueve dictada por la Sala Xalapa en el expediente SX-JDC-130/2019

SAT:

Servicio de Administración Tributaria

Tribunal local:

Tribunal Electoral de Veracruz

1. ANTECEDENTES 1.1. Lineamientos de constitución de partidos políticos. El veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho, el Consejo General del OPLEV emitió los Lineamientos de constitución de partidos políticos y los Lineamientos de fiscalización. 1.2. Escrito de intención de registrarse como partido político. El diez de enero de dos mil diecinueve[1], se recibió en la Secretaría Ejecutiva del OPLEV, un formato de escrito de intención y sus anexos, firmado por Francisco Garrido Sánchez, en su carácter de presidente de la Organización. 1.3. Aprobación de dictámenes. El veinte de febrero, el Consejo General del OPLEV aprobó los dictámenes que determinan el cumplimiento de requisitos del escrito de manifestación de intención y anexos presentados por las organizaciones de ciudadanas y ciudadanos que pretenden obtener el registro como partido político local. Los dictámenes aprobados se incluyen en el cuadro siguiente:

Acuerdo

Organizaciones

OPLEV/CG016/2019

“¡PODEMOS!”

OPLEV/CG017/2019

“Fénix”

OPLEV/CG018/2019

“Vía Veracruzana, A.P.”

OPLEV/CG019/2019

“Organización Campesina y Popular Veracruzana”

OPLEV/CG021/2019

“Movimiento Veracruzano Intercultural”

OPLEV/CG022/2019

“Bienestar y Justicia Social, A.C.”

OPLEV/CG023/2019

“Movimiento de Actores Sociales, A.C.”

OPLEV/CG024/2019

“TXVER, A.C.”

OPLEV/CG025/2019

“Vox Veracruz, A.C.”

OPLEV/CG026/2019

“Democracia Digital, Transparencia y Pluralidad”

OPLEV/CG027/2019

“Jóvenes Piratas en Acción”

OPLEV/CG028/2019

“Acción Pro México”

OPLEV/CG029/2019

“Por un Encuentro con la Sociedad Veracruzana”

OPLEV/CG030/2019

“Unidad Ciudadana”

1.4. Límite para presentar documentación. El veintidós de febrero, la Unidad Técnica de Fiscalización del OPLEV les notificó a estas organizaciones, que el acta constitutiva de la persona moral, el acta ante el SAT y la apertura de la cuenta bancaria, se debían presentar a más tardar el seis de marzo del año en curso.

1.5. Solicitud de prórroga e informes de los trámites. Las organizaciones presentaron solicitudes de prórroga en diferentes fechas, además le informaron a la Unidad Técnica de Fiscalización del OPLEV, que diversos documentos se encontraban en trámite, como son los que se detallan en el cuadro siguiente:

Organizaciones

Motivo de solicitud

Documento

“Vox Veracruz”

5 de marzo de 2019, solicita prórroga.

Entrega de la cuenta bancaria.

“Jóvenes Piratas en Acción”

5 de marzo de 2019, solicita prórroga.

  • Inscripción de su asociación civil
  • Alta en el SAT
  • Apertura de la cuenta bancaria

“Campesina y Popular Veracruzana”

6 de marzo de 2019, informa que se encuentran en trámite.

  • Testimonio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR