Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-0196-2019-Acuerdo2), 2019

Número de expedienteSM-JDC-0196-2019
Fecha16 Mayo 2019
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenCOMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA, TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

ACUERDO PLENARIO DE CUMPLIMIENTO

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SM-JDC-196/2019

ACTOR: E.O.A. ALDAPE

RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DE MORENA Y OTRA

MAGISTRADO: Y.D.G.O.

SECRETARIA: SARALANY CAVAZOS VÉLEZ

Monterrey, Nuevo León, a veintiuno de mayo de dos mil diecinueve.

I......A. plenario de reencauzamiento. Mediante acuerdo plenario de ocho de mayo del año en curso, esta Sala Regional decretó escindir la demanda en los siguientes términos:

a) En primer lugar, respecto la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas[1] en el expediente TE-RDC-29/2019, determinó conocer el fondo del asunto y;

b) Respecto, de la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA en el expediente CNHJ-TAMPS-248/2019, se reencauzó al referido Tribunal Local para que una vez notificado el acuerdo plenario de reencauzamiento resolviera en un plazo máximo de cinco días, conforme a sus atribuciones.

Asimismo, se le instruyó que, una vez hecho lo anterior, lo informara a este órgano jurisdiccional dentro de las veinticuatro horas siguientes.

II. Recepción de constancias. Mediante oficio TE-SG/399/2019,[2] el S. General de Acuerdos del Tribunal Local, remitió copia certificada de la resolución emitida en el expediente TE-RDC-43/2019, en la que, entre otras cosas, confirmó en lo que fue materia de impugnación el Dictamen de la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA, sobre el proceso interno de selección de candidatos a diputadas y diputados de mayoría relativa y representación proporcional para integrar el congreso del estado de Tamaulipas, para el proceso electoral 2018-2019.

III. Cumplimiento. De la documentación presentada, se advierte que el Tribunal Local cumplió con lo ordenado en el acuerdo plenario de escisión y reencauzamiento, pues emitió la resolución que estimó pertinente, además, lo notificó oportunamente a esta Sala Regional.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 199, fracciones II y XV, y 204, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 49, 53, fracción I, y 92, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del...

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