Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-RAP-0046-2019), 2019

Fecha15 Agosto 2019
Número de expedienteSM-RAP-0046-2019
Tribunal de OrigenCONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoRecurso de apelación
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

RECURSO DE APELACIÓN

EXPEDIENTE: SM-RAP-46/2019

RECURRENTE: MORENA

RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA VALLE AGUILASOCHO

SECRETARIA: D.E.P.R.

AUXILIÓ: YACID YUSELMI MORA MAR

Monterrey, Nuevo León, a quince de agosto de dos mil diecinueve.

Sentencia definitiva que confirma, en lo que fue materia de controversia, la resolución INE/CG342/2019 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relacionada con las irregularidades encontradas en la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de las candidaturas a las diputaciones de mayoría relativa, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2018-2019, en el estado de Tamaulipas, por medio de la cual se impuso diversas sanciones al apelante; al determinarse que: a) no es posible analizar las conclusiones en los casos en que sólo se transcriben sin exponer motivo de inconformidad; b) los argumentos que expone en torno al registro en tiempo real de ingresos y gastos no se vinculan con las conclusiones impugnadas; c) la fiscalización se llevó a cabo durante las campañas electorales locales, en las cuales todos los días y horas son hábiles; d) fue correcto se considerara falta sustantiva el registro extemporáneo de eventos en agenda pública; y e) la supuesta falta de personal no podría actualizar una causa de fuerza mayor, dado que el recurrente tiene el deber de prever la estructura necesaria para hacer frente a sus obligaciones.

ÍNDICE

GLOSARIO

1. ANTECEDENTES DEL CASO

2. COMPETENCIA

3. PROCEDENCIA

4. ESTUDIO DE FONDO

4.1. Materia de la controversia

4.1.1. Resolución impugnada

4.1.2. Planteamiento ante esta S.

4.1.3. Cuestión a resolver

4.1.4. Metodología

4.2. Decisión

4.3. Justificación de la decisión

4.3.1. No es posible analizar las conclusiones en los casos en que el apelante se limita a transcribirlas sin exponer motivos de inconformidad

4.3.2. Los argumentos que expone el recurrente en torno al registro en tiempo real de ingresos y gastos no se vinculan con las conclusiones impugnadas

4.3.3. La fiscalización se llevó a cabo durante las campañas electorales locales en las cuales todos los días y horas son hábiles

4.3.4. Fue correcto que el Consejo General considerara el registro extemporáneo de eventos en la agenda pública como una falta sustantiva

4.3.5. La supuesta falta de personal no podría actualizar una causa de fuerza mayor, dado que el recurrente tiene el deber de prever la estructura necesaria para hacer frente a sus obligaciones

5. RESOLUTIVO

GLOSARIO

Consejo General:

Consejo General del Instituto Nacional Electoral

Dictamen consolidado:

Dictamen consolidado que presenta la Comisión de Fiscalización al Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos y candidato independiente al cargo de diputado local MR, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2018-2019, en el estado de Tamaulipas, identificado con la clave INE/CG341/2019

INE:

Instituto Nacional Electoral

Reglamento de Fiscalización:

Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral

Resolución:

Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos y candidato independiente al cargo de diputado local MR, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2018-2019, en el estado de Tamaulipas, identificada con la clave INE/CG342/2019

SIF:

Sistema Integral de Fiscalización

UMAS:

Unidades de Medida y Actualización vigentes para dos mil diecinueve[1]

Unidad Técnica:

Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral

  1. ANTECEDENTES DEL CASO

1.1. Resolución impugnada. El ocho de julio[2], el Consejo General aprobó el Dictamen consolidado y la Resolución a través de la cual impuso diversas sanciones al apelante.

1.2. Recurso de apelación. Inconforme, el doce de julio MORENA interpuso el presente recurso de apelación.

1.3. Remisión de constancias. El diecisiete siguiente, el Magistrado Presidente de la S. Superior acordó remitir las constancias del recurso a esta S. Regional por estimarla competente para conocer del mismo[3].

  1. COMPETENCIA

Esta S. Regional es competente para conocer y resolver el recurso interpuesto contra la Resolución del Consejo General que sanciona al apelante por irregularidades encontradas en la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de las candidaturas a las diputaciones de mayoría relativa, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2018-2019, en el estado de Tamaulipas, entidad ubicada en la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal en la cual este órgano colegiado ejerce jurisdicción.

Lo anterior, con fundamento en los artículos 189, fracción XVII, 195, fracción XIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y 44, párrafo 1, inciso a), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Material Electoral, en relación con el Acuerdo General 1/2017 de la S. Superior de este Tribunal.

3. PROCEDENCIA

El presente recurso es procedente, porque reúne los requisitos previstos en los artículos 8, 9, párrafo 1, 42 y 45, párrafo 1, inciso b), fracción I, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, conforme lo razonado en el auto de admisión[4].

4. ESTUDIO DE FONDO

4.1. Materia de la controversia

4.1.1. Resolución impugnada

MORENA controvierte la Resolución en la cual el Consejo General le impuso diversas sanciones con motivo de irregularidades detectadas de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de las candidaturas a las diputaciones de mayoría relativa, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2018-2019, en el estado de Tamaulipas.

A continuación se identifican las conclusiones sancionatorias, las infracciones acreditadas y el tipo de falta:

Conclusión

Infracción

Tipo de falta

7_C11_V_P1

El sujeto obligado informó de 18 eventos con el estatus “por realizar”, en vez de realizado o cancelado, una vez concluido el periodo de campaña.

formal

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR