Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-RAP-0044-2019), 2019

Fecha06 Agosto 2019
Número de expedienteSM-RAP-0044-2019
Tribunal de OrigenCONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoRecurso de apelación
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

logo_simboloRECURSO DE APELACIÓN

EXPEDIENTE: SM-RAP-44/2019

RECURRENTE: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO PONENTE: E.C.O.

SECRETARIA: ANA CECILIA LOBATO TAPIA

Monterrey, Nuevo León, a 6 de agosto de 2019.

Sentencia de la S. Regional Monterrey que modifica la resolución del Consejo General del INE que sancionó al PAN por irregularidades derivadas de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de las candidaturas a diputaciones en Tamaulipas, porque esta S. considera que la responsable no analizó los argumentos y pruebas que el apelante hizo valer en sus respuestas, y al establecer una multa tomó en cuenta un monto involucrado diferente.

ÍNDICE

GLOSARIO

ANTECEDENTES

COMPETENCIA Y REQUISITOS PROCESALES

ESTUDIO DE FONDO

Apartado Preliminar. Cuestión a resolver

Apartado A. Decisiones generales
Apartado B. Desarrollo o justificación de las decisiones

Sub-apartado I. Estudio de los aspectos del procedimiento de fiscalización: Valoración de la contestación del actor en el oficio de errores y omisiones

Sub-apartado II. Estudio de los aspectos vinculados a la acreditación de las infracciones

Tema 1. La responsable sí precisó cuáles fueron los plazos para acreditar que los avisos de contratación y cancelación de eventos fueron extemporáneos

Tema 2. Ineficaces los agravios relacionados con los gastos efectuados sin objeto partidista

Sub-apartado III. Estudio sobre la individualización de la sanción.

Tema 1. La responsable valoró correctamente los elementos para imponer las sanciones, tomando en cuenta la culpa

Tema 2. El INE calculó la multa con un monto involucrado diferente

Apartado C. Efectos

RESOLUTIVO.:

GLOSARIO

Consejo General:

Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

Constitución Federal:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictamen:

Dictamen consolidado que presenta la Comisión de Fiscalización al Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de la revisión de los informes de campaña de los candidatos a los cargos de Diputados Locales en el Estado de Tamaulipas del Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019.

INE:

Instituto Nacional Electoral.

Ley de Partidos:

Ley General de los Partidos Políticos.

PAN:

Partido Acción Nacional.

Reglamento de Fiscalización:

Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

SIF:

Sistema Integral de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

Unidad Técnica:

Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

Resolución impugnada:

Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE/CG342/2019) respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos y candidato independiente al cargo de Diputado local MR correspondiente al proceso electoral local ordinario 2018-2019 en el Estado de Tamaulipas.

ANTECEDENTES

I. Proceso electoral local

El 2 de septiembre de 2018, inició el proceso electoral local 2018-2019 para renovar el Congreso del Estado de Tamaulipas.

II. Dictamen consolidado y resolución

El 8 de julio, el Consejo General emitió la resolución (INE/CG342/2019) respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los candidatos a las diputaciones locales en el Estado de Tamaulipas, en la cual le impuso diversas sanciones al partido recurrente.

III. Recurso de apelación

1. Demanda. Inconforme, el 12 de julio, el PAN interpuso recurso de apelación ante el Consejo General del INE.

2. Recepción, trámite y sustanciación. El 19 siguiente, se recibió en esta S. Regional la demanda y constancias atinentes, por lo que, en esa misma fecha, el Magistrado Presidente integró el expediente SM-RAP-44/2019 y lo turnó a la ponencia a su cargo.

3. R., admisión y cierre de instrucción. En su oportunidad, el Magistrado Instructor radicó el expediente, admitió a trámite la demanda y declaró cerrada la instrucción.

competencia y REQUISITOS PROCESALES

I. Competencia. Esta S. Regional es competente para conocer y resolver el presente asunto, toda vez que se controvierte una resolución del Consejo General en la que se sancionó al partido recurrente, derivado de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los candidatos a Diputados locales, correspondiente al proceso electoral local ordinario en el Estado de Tamaulipas, entidad en la cual se ejerce jurisdicción[1].

II. Referencia sobre los requisitos procesales. Esta S. Regional los tiene satisfechos en los términos expuestos en el acuerdo de admisión[2].

ESTUDIO DE FONDO Apartado Preliminar. Cuestión a resolver

1. Resolución impugnada. El Consejo General sancionó al apelante por las irregularidades derivadas de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de las candidaturas a diputados en el Estado de Tamaulipas.

2. Pretensión y alegatos esenciales. El PAN pretende que se revoque la resolución impugnada, por tres razones: i) Respecto al proceso de fiscalización, porque se dejaron de valorar las respuestas a las observaciones,

ii) En relación a la actualización de la infracción, señala: 1. No especificó el tiempo exacto de retraso en la presentación de avisos de contratación y cancelación de eventos, y 2. Sí se justificaron los gastos con el objeto partidista, y iii) Contra la individualización de la sanción, afirma: 1. Que no analizó los elementos para imponer la sanción, 2. Que debió considerar que las conductas acreditadas eran culposas, y por tanto, la sanción menor, y 3. Que respecto a una conclusión, tomó en cuenta un monto involucrado incorrecto.

3. Cuestiones a resolver. En el presente asunto consisten en determinar: i) si en el proceso de fiscalización, la autoridad valoró las respuestas del actor, ii) si se acreditaron las infracciones de: 1. Informar de manera extemporánea la presentación de avisos de contratación y cancelación de eventos, y 2. Sí se demostró el objeto partidista en los gastos; y iii) si fue correcta la individualización de la sanción y si se analizaron los elementos de la sanción, 2. Si...

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