Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JE-0221-2019), 2019

Número de expedienteSX-JE-0221-2019
Fecha07 Noviembre 2019
Tipo de procesoJuicio electoral
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE OAXACA
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

VERSIÓN PÚBLICA, RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SX-JE-221/2019

Fecha de clasificación: Aprobada en la Décima Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia y Acceso a la Información del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, celebrada el quince de noviembre de dos mil diecinueve.

Unidad Administrativa: S. Regional Xalapa, P.d.M....A.A. de L.G..

Clasificación de información: Confidencial por contener datos personales.

Periodo de clasificación: Sin temporalidad por ser confidencial.

Fundamento Legal: Artículos 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y Trigésimo Octavo de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas

Descripción de la información eliminada

Clasificada como:

Información eliminada

Foja (s)

Confidencial

Nombre y cargo de los actores por estar vinculados con un caso específico y acreditado de violencia política en razón de género.

1, 9, 18, 25,

Confidencial

Nombre y cargo de tercero en razón de que por si mismos permiten hacer identificable a la persona y por estar vinculados con un caso específico y acreditado de violencia política en razón de género.

2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 39, 40, 41, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62,63,

Confidencial

Lugar de origen de la parte actora por tratarse de un dato personal sensible.

1, 19, 45, 51

Confidencial

Número de expediente resuelto por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca por tratarse de un caso específico y acreditado de violencia política en razón de género.

2, 6, 7, 20,

Confidencial

Estado de salud por tratarse de un dato personal sensible.

26

Confidencial

Elementos y/o situaciones que acreditaron la existencia de violencia política de género

22, 25, 27, 47, 49, 55, 56, 58, 59,


SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL FEDERAL

JUICIO ELECTORAL

EXPEDIENTE: SX-JE-221/2019

ACTORES: ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE OAXACA

MAGISTRADO PONENTE: ADÍN ANTONIO DE LEÓN GÁLVEZ

SECRETARIA: LUZ I.L.G.

COLABORÓ: ANA ELENA VILLAFAÑA DÍAZ

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave; siete de noviembre de dos mil diecinueve.

SENTENCIA relativa al juicio electoral promovido por ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS, en su calidad de ciudadanos ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS del Municipio de ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS, Oaxaca, y ostentándose como ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS, respectivamente.

Los actores impugnan la sentencia emitida el uno de octubre del año en curso por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca[1] en el expediente ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS que, entre otras cuestiones, declaró existente la violencia política en razón de género cometida por los integrantes del cabildo en contra de ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS, en su carácter de ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS del Ayuntamiento del municipio referido, y ordenó a los actores a realizar el pago de dietas adeudadas a la mencionada ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS por el desempeño de su cargo.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

ANTECEDENTES

I. El contexto

II. D. trámite y sustanciación del medio de impugnación federal

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

SEGUNDO. Causal de improcedencia

TERCERO. Requisitos de procedencia

CUARTO. Pretensión, síntesis de agravios y metodología de estudio

QUINTO. Estudio de fondo

SEXTO. Transparencia y acceso a la información

RESUELVE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta S. Regional determina confirmar la sentencia impugnada, toda vez que fue correcto que el Tribunal local decretara la existencia de violencia política de género cometida en contra de la ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS, pues de la concatenación del caudal probatorio y de los hechos suscitados, se acredita la violencia referida.

De igual manera, contrario a lo aducido por los actores, no se advierte una afectación a su sistema normativo interno derivado de lo ordenado por el Tribunal local referente al pago de dietas en favor de la ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS, así como tampoco de la medida de reparación consistente en convocar a una Asamblea General Comunitaria para hacer del conocimiento el contenido de la sentencia impugnada a la comunidad.

ANTECEDENTES I. El contexto

De la demanda y demás constancias que integran el cuaderno accesorio único del diverso expediente SX-JE-220/2019,[2] se obtiene lo siguiente:

  1. Toma de protesta como ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS. El uno de enero de dos mil diecisiete, se le tomó protesta a ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS —actora en el juicio de origen— como ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS del Ayuntamiento de ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS, Oaxaca,[3] para el periodo 2017-2019.
  2. Asamblea General Comunitaria. El diez de marzo de dos mil diecinueve,[4] los ciudadanos de ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 113 DE LA LFTAIP. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE Y OTROS llevaron a cabo una Asamblea General Comunitaria, en la que, entre otros puntos del orden del día, se trató la terminación anticipada de mandato de la ELIMINADO....

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