Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0007-2020), 2020

Número de expedienteSCM-JLI-0007-2020
Fecha11 Marzo 2020
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral
Tribunal de OrigenINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

VERSIÓN PÚBLICA, RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SCM-JLI-7/2020

Fecha de clasificación: 11 de marzo de 2020.

22 de abril de 2020.

Unidad Administrativa: Secretaría General de Acuerdos de la S. Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Clasificación de información: Confidencial por contener datos personales.

Periodo de clasificación: Sin temporalidad por ser confidencial.

Fundamento Legal: Artículos 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y Trigésimo Octavo de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.

Descripción de la información eliminada

Clasificada como:

Información eliminada

Foja (s)

Confidencial

Nombre de la parte actora, expediente ante autoridad demandada, resolución impugnada, puesto desempeñado y correo electrónico de la parte actora.

2-4, 13, 16-19, 22-24, 26-29, 37, 40 y 43.

Rúbrica de la titular de la unidad responsable:

Laura Tetetla Román

Secretaria General de Acuerdos

JUICIO para DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES de los servidores del instituto NACIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SCM-JLI-7/2020

ACTOR: E.. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable

DEMANDADO: INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO PONENTE:

H.R.B.

SECRETARIA DE ESTUDIO Y CUENTA: MONTSERRAT RAMÍREZ ORTIZ[1]

Ciudad de México, once de marzo de dos mil veinte[2].

La S. Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, en sesión privada revoca la resolución impugnada, con base en lo siguiente.

ÍNDICE

GLOSARIO

ANTECEDENTES

RAZONES Y FUNDAMENTOS

PRIMERO. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDO. Cuestión previa.

CUARTO. Excepciones y defensas.

QUINTO. Contexto y controversia.

SEXTO. Estudio de fondo.

SÉPTIMO. Sentido y efectos de la sentencia.

RESOLUTIVOS

GLOSARIO

actor

E.. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable

Demandado o Instituto

Instituto Nacional Electoral

Dirección Ejecutiva

Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional, del Instituto Nacional Electoral

Dictamen de resultados

Dictamen Individual de Resultados de la Evaluación del Desempeño del periodo de septiembre de dos mil diecisiete a agosto de dos mil dieciocho

Estatuto

Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral[3]

Juicio laboral

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Nacional Electoral

Junta General

Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Lineamientos de evaluación

Lineamientos para la evaluación del desempeño de los miembros del Servicio Profesional Electoral correspondiente al Ejercicio dos mil dieciocho, aprobados mediante acuerdo INE/JGE182/2015

Lineamientos de inconformidad

Lineamientos que regulan el procedimiento en materia de inconformidades que formulen los miembros del Servicio Profesional Electoral, con motivo de los resultados que obtengan en sus evaluaciones de Desempeño del Sistema INE, aprobados mediante acuerdo INE/CG867/2016[4]

Meta 1

Meta para la evaluación del desempeño de los miembros del Servicio Profesional Electoral correspondiente al Ejercicio 2018 (relativa aElaborar tres acuerdos de recomendación de la Comisión Distrital de Vigilancia, relativos a los asuntos descritos en el apartado de observaciones, con la finalidad de favorecer el funcionamiento de dicho órgano colegiado; del primero de noviembre de 2017 al 31 de agosto de 2018”)[5]

Resolución impugnada

E.. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable

Servicio Profesional

Servicio Profesional Electoral del Instituto Nacional Electoral

ANTECEDENTES

De las constancias que integran el expediente, se advierte lo siguiente:

I. Evaluación del desempeño.

1. Dictamen de resultados. En su oportunidad, la Dirección Ejecutiva informó a las personas integrantes del Servicio Profesional[6] el resultado del Dictamen de Resultados de la Evaluación del Desempeño del período de septiembre de dos mil diecisiete a agosto de dos mil dieciocho.

En dicho Dictamen, el actor obtuvo una calificación E.. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable respecto de la Meta Individual 1, en cuanto a la evaluación de su desempeño.

2. Escrito de inconformidad. Inconforme con el resultado del Dictamen, el diez de junio de dos mil diecinueve, el actor presentó escrito de inconformidad ante la Dirección Ejecutiva, al que se le asignó el número de expediente E.. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable.

3. Resolución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR