Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0003-2020), 2020
Fecha | 20 Agosto 2020 |
Número de expediente | SRE-PSC-0003-2020 |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral |
Tribunal de Origen | UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
EXPEDIENTE: |
SRE-PSC-3/2020 |
PROMOVENTE: |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
PARTES INVOLUCRADAS: |
L.J.A.S. Y OTROS |
MAGISTRADA PONENTE: |
MARÍA DEL CARMEN CARREÓN CASTRO |
SECRETARIA: |
S.M.D.O. |
COLABORÓ: |
D.L.O. NAVARRO |
Ciudad de México, a veinte de agosto de dos mil veinte.
SENTENCIA por la que se determina la inexistencia de las infracciones consistentes en contratación y/o adquisición de tiempos en radio, promoción personalizada y utilización indebida de recursos públicos atribuidas a L.J.A.S., Diputado Federal.
De igual forma, se declara la inexistencia de las infracciónes consistentes en contratación y/o adquisición de tiempos en radio, así como promoción personalizada, atribuidas a las concesionarias de radio XECCQ-AM, S.A. de C.V., Televisión y Radio del Caribe S.A. de C.V., Empresa Turquesa, S.A. de C.V. y G.A.L..
Asimismo, se determina sobreseer en el procedimiento por cuanto hace a la culpa in vigilando atribuida al partido político M..
GLOSARIO
UTCE: |
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral. |
Comisión de Quejas: |
Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral. |
Dirección de Prerrogativas: |
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral. |
INE: |
Instituto Nacional Electoral. |
Partes involucradas: |
XECCQ-AM, S.A. de C.V., de las emisoras XECCQ 630 AM y XECCQ 91.5 FM. TELEVISIÓN Y RADIO CARIBE S.A. de C.V., de la emisora XHNUC 105.1 FM. EMPRESA TURQUESA, S.A. de C.V., de las emisoras XHPCHQ-FM 91.3 FM, XHPCPQ 96.7 FM, XHPJOS 92.5 FM y XHPNIC 93.3 FM. G.A.L. de la emisora XHCANQ 102.7 FM. M.. |
Promovente: |
Partido Acción Nacional[1] |
S. Especializada: |
|
S. Superior: |
S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
- A N T E C E D E N T E S
Procesos electorales
- 1. Elecciones locales.[2] En las siguientes tablas se muestran las fechas correspondientes a las distintas etapas que se previeron para los procesos electorales que habrían de llevarse a cabo en los estados de Coahuila e H., antes de que fueran suspendidas temporalmente por acuerdo del Consejo General del INE con motivo de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19)[3]:
COAHUILA |
|||
Inicio del Proceso |
Periodo de Precampaña |
Periodo de Campaña |
Jornada Electoral |
1 de enero de 2020 |
1 al 25 de marzo de 2020 |
25 de abril al 3 de junio de 2020 |
7 de junio de 2020 |
HIDALGO |
|||
Inicio del Proceso |
Periodo de Precampaña |
Periodo de Campaña |
Jornada Electoral |
15 de diciembre de 2019 |
12 de febrero al 8 de marzo de 2020 |
25 de abril al 3 de junio de 2020 |
7 de junio de 2020 |
- Es importante señalar que a través del acuerdo INE/CG83/2020, el Consejo General del INE estableció que se debían posponer, diferir y redefinir los tiempos y las modalidades relacionadas con los procesos electorales de Coahuila e H., sin que ello implicara su cancelación o anulación definitiva; por ejemplo, se suspendió el inicio de las campañas electorales y se difirió la celebración de la jornada electoral para realizarse en el mes de agosto de este año, si las medidas sanitarias así lo permiten.
- Posteriormente, mediante acuerdo INE/CG170/2020, el Consejo General del INE aprobó que la celebración de la jornada electoral de los procesos electorales locales de Coahuila e H. se celebrará el dieciocho de octubre de este año.
- 2. Próximos procesos electorales federal y locales 2020-2021[4]. El seis de junio de dos mil veintiuno se llevará a cabo la jornada electoral de los procesos locales federal (diputaciones) y locales en 32 entidades federativas (diputaciones, ayuntamientos o alcaldías, gubernaturas, según corresponda).
Sustanciación del procedimiento especial sancionador.
- 1. Queja. El ocho de mayo de dos mil veinte[5] el PAN a través de su representante propietario ante la Junta Local del INE en el Estado de Q.R., presentó queja ante la autoridad instructora, en contra del diputado federal L.J.A.S., el partido político M. y las concesionarias de radio XECCQ-AM, S.A. de C.V., Televisión y Radio del Caribe S.A. de C.V., Empresa Turquesa, S.A. de C.V., y G.A.L., por la presunta compra y/o adquisición de tiempos en radio, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y culpa in vigilando, debido a la difusión de tres mensajes de aproximadamente 10 segundos de duración cada uno, emitidos presuntamente por el citado diputado federal, en la programación diaria que trasmiten las concesionarias en las emisoras detalladas en el glosario.
- 2. Registro, y suspensión de plazos y actuaciones dentro del procedimiento. El once de mayo, la autoridad instructora ordenó registrar la queja con la clave UT/SCG/PE/PAN/CG/7/2020; asimismo con base en los acuerdos INE/JGE34/2020, INE/CG82/2020 y INE/CG83/2020 emitidos por el Consejo General y la Junta General del INE con motivo de la pandemia COVID-19 y siendo que los hechos denunciados no se consideraron urgentes ni de un nivel de importancia que, dadas las condiciones de salubridad existentes, ameritara o justificara poner en riesgo la salud del personal del INE ni de las personas que, en su caso, debieran ser requeridas como parte de las indagatorias, se consideró pertinente suspender los plazos respecto de la tramitación y sustanciación del presente procedimiento especial sancionador, hasta en tanto el Consejo General del INE, en atención a las determinaciones que emita el Consejo de Salubridad General, determinara...
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