Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-OP-0010-2020), 14-08-2020

Fecha14 Agosto 2020
Número de expedienteSUP-OP-0010-2020
Tribunal de OrigenGOBERNADOR DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, CONGRESO DE TAMAULIPAS
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

EXPEDIENTE: SUP-OP-10/2020

ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD: 140/2020 Y SU ACUMULADA 145/2020

PROMOVENTES: PARTIDO DEL TRABAJO Y PARTIDO MORENA

AUTORIDADES RESPONSABLES: CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS Y OTRA

Ciudad de México, a catorce de agosto de dos mil veinte

OPINIÓN QUE EMITE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 68, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN EL EXPEDIENTE RELATIVO A LAS ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD 140/2020 Y SU ACUMULADA 145/2020, A SOLICITUD DEL MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA

CONTENIDO

1. CUESTIÓN GENERAL...............................................

2. AUTORIDADES RESPONSABLES Y NORMAS OBJETO DE IMPUGNACIÓN......

3. SÍNTESIS DE TEMAS Y DE CONCEPTOS DE INVALIDEZ....................

4. OPINIÓN SOBRE LOS PLANTEAMIENTOS DE INCONSTITUCIONALIDAD EN MATERIA ELECTORAL......

4.1. Supuestas irregularidades en el procedimiento legislativo...................

4.2. Presunta violación del mandato constitucional de paridad de género...........

4.2.1. Discriminación en perjuicio de los hombres por referencia exclusiva al respeto de los derechos de las mujeres......

4.2.2. Definición deficiente del concepto de paridad de género................

4.2.3. Omisión de garantizar la paridad de género en la integración del Congreso local y de los ayuntamientos......

4.2.4. Omisión de establecer una regla de alternancia de género, entre cada proceso electoral, en el encabezamiento de las listas de candidaturas de representación proporcional......

4.3. Presunta invasión de competencia por legislar en materia de capacitación electoral

4.4. Supuesta inconstitucionalidad de la causa de inelegibilidad consistente en no estar condenado o condenada por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género......

4.5. Presunta inconstitucionalidad de la prohibición de formular expresiones que denigren a las aspirantes, precandidatas, partidos políticos, personas, instituciones públicas o privadas......

4.6. Indebida referencia al Distrito Federal.................................

4.7. Presunta invasión de competencia por legislar en materia de coaliciones.......

4.8. Presunta antinomia en torno a las reglas de quorum y votación de los órganos del Instituto Electoral del Estado de Tamaulipas......

4.9. Dificultades derivadas de que los consejos municipales electorales funcionarán únicamente durante los procesos electorales donde se elijan ayuntamientos......

4.10. Presunta inconstitucionalidad del plazo para el retiro de propaganda político-electoral......

5. CONCLUSIONES...................................................

1. CUESTIÓN GENERAL

En el artículo 68, párrafo segundo, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que, cuando se promueva una acción de inconstitucionalidad en contra de alguna ley electoral, el ministro instructor podrá solicitar la opinión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en relación con las cuestiones y conceptos de invalidez que tengan relación con esa materia en específico.

Con fundamento en el precepto citado y ante la solicitud realizada por el ministro instructor Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en el trámite de la acción de inconstitucionalidad 140/2020 y su acumulada 145/2020, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emite su opinión con la finalidad de aportar elementos que abonen al esclarecimiento del alcance y comprensión de los conceptos o instituciones que pertenecen al ámbito particular del Derecho electoral y, de ese modo, auxiliar en la orientación del ejercicio del control abstracto de constitucionalidad de los preceptos legales materia de impugnación.[1]

2. AUTORIDADES RESPONSABLES Y NORMAS OBJETO DE IMPUGNACIÓN

Tanto el Partido del Trabajo (en adelante “PT”) como MORENA identifican como responsables al Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas (en adelante “Congreso local”), al gobernador constitucional del estado de Tamaulipas y a las demás autoridades que intervinieron en la promulgación y publicación del ordenamiento que se controvierte.

Los partidos políticos promoventes controvierten el Decreto LVIX-106, mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas y de la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas, publicado en el Periódico Oficial de la entidad el trece de junio de dos mil veinte.

En específico, se reclama la inconstitucionalidad de los artículos 4, fracciones XXV bis, XXVII y XXVIII, 26, fracción VI, 40, fracción IX, 59, 100, fracción VII, 101, fracciones II y XVII, 110, fracciones LXXI y LXXII, 133, fracciones I, II, VI y VII, 148, fracciones IV, XI y XII, 149, fracción III, 152, tercer párrafo, 156, fracciones XII y XIII, 181, fracción V, 184, fracción IX, 186, fracción VII, 187, párrafos primero y segundo, 190, párrafos primero y último, 194, 210, párrafo cuarto, 222, fracción IV, 223, párrafo primero, 234, 238, 257, párrafos primero y tercero, 261, párrafo segundo, así como la norma derogatoria de su fracción II, 262, fracciones II y III, 302, fracción XII, de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas (en adelante “Ley Electoral local”).

3. SÍNTESIS DE TEMAS Y DE CONCEPTOS DE INVALIDEZ

Del análisis de los escritos de demanda, esta Sala Superior identifica los temas y argumentos que se sintetizan a continuación con la precisión de que algunas de las cuestiones planteadas por los promoventes son coincidentes y, por tanto, se analizarán de forma conjunta:

No.

Tema/Conceptos de invalidez

Artículos controvertidos

Tema 1

Supuestas irregularidades en el procedimiento legislativo

El decreto en su totalidad

Tema 2

Presunta violación del mandato constitucional de paridad de género

2.1. Discriminación en perjuicio de los hombres por referencia exclusiva al respeto de los derechos de las mujeres

2.2. Definición deficiente del mandato de paridad de género

2.3. Omisión de garantizar la paridad de género en la integración del Congreso local y de los ayuntamientos

2.4. Omisión de establecer una regla de alternancia de género, entre cada proceso electoral, en el encabezamiento de las listas de candidaturas de representación proporcional

100, fracción VII, 101, fracciones II y XVII, 133, fracciones I y II, 148, fracción XII, 156, fracción XIII

4, fracción XXV bis

187, párrafos primero y segundo, y 190

190, párrafos primero y último, 194 y 223, párrafo primero

Tema 3

Presunta invasión de competencia por legislar en materia de capacitación electoral

133, fracciones I, VI, y VII, 148, fracción XI y XII, 156, fracción XIII

Tema 4

Presunta inconstitucionalidad de requisito de elegibilidad consistente...

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