Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-IMP-0001-2021), 2021

Fecha04 Febrero 2021
Número de expedienteSUP-IMP-0001-2021
Tipo de procesoImpedimentos para que los magistrados electorales conozcan de un determinado medio de impugnación
Tribunal de OrigenNO APLICA
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

EXPEDIENTE: SUP-IMP-1/2021

EXPEDIENTE RELACIONADO: SUP-RAP-164/2020

PONENTE: MAGISTRADO FELIPE DE LA MATA PIZAÑA[1]

Ciudad de México, cuatro de febrero de dos mil veintiuno.

Sentencia que declara improcedente, por haber quedado sin materia, la solicitud de recusación planteada por J.R.V.H., en representación de Televimex S.A. de C.V., Televisa S.A. de C.V. y Radio Televisión S.A. de C.V, para que el magistrado J.L.V.V. se abstenga de participar en la discusión y resolución del recurso de apelación SUP-RAP-164/2020.

ÍNDICE

GLOSARIO

ANTECEDENTES

IMPROCEDENCIA

I. Decisión

II. Base normativa

III. Caso concreto

RESUELVE

GLOSARIO

Comité:

Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral.

Apelantes:

Televimex S.A. de C.V., Televisa S.A. de C.V. y Radio Televisión S.A. de C.V., por conducto de su representante J.R.V.H..

Constitución:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dish

Comercializadora de Frecuencias Satelitales S. de R.L de C.V.

INE:

Instituto Nacional Electoral

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Ley Orgánica:

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Reglamento:

Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

I. Costo de pauta federal. El veintiuno de diciembre,[2] el Comité determinó el costo para que las apelantes inserten la pauta federal en las señales de los canales denominados “las estrellas” y “canal cinco”, para ponerlas a disposición de Dish.

II. Recurso de apelación y recusación.

1. Demanda. El veintiséis de diciembre, las apelantes impugnaron el acuerdo del Comité. En la demanda solicitaron la recusación del magistrado J.L.V.V..

2. Turno. En su oportunidad, el magistrado presidente acordó integrar el expediente SUP-RAP-164/2020 y turnarlo a la ponencia del magistrado F. de la M.P..

III. Escisión. El seis de enero de dos mil veintiuno, esta Sala Superior escindió la demanda con motivo de la solicitud de recusación.

IV. Turno.

1. Expediente. En cumplimiento al acuerdo de escisión, el magistrado presidente ordenó integrar el expediente SUP-IMP-1/2021 y turnarlo a la Ponencia del Magistrado F. de la M.P..

2. Desistimiento. El...

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