Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JE-0044-2021), 2021

Número de expedienteSM-JE-0044-2021
Fecha19 Marzo 2021
Tipo de procesoJuicio electoral
Tribunal de OrigenMAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIO ELECTORAL

EXPEDIENTE: SM-JE-44/2021

ACTORAS: C.Á.V. Y OTRAS

RESPONSABLE: MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA VALLE AGUILASOCHO

SECRETARIO: G.B.R.

COLABORÓ: JOVANI JAVIER HERRERA CASTILLO

Monterrey, Nuevo León, a diecinueve de marzo de dos mil veintiuno.

Sentencia definitiva que desecha de plano la demanda, al haber quedado sin materia el juicio, pues el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza dictó resolución en el procedimiento especial sancionador TECZ-PES-08/2020, con lo cual quedó superado el acto impugnado.

ÍNDICE

GLOSARIO

1. ANTECEDENTES DEL CASO

2. COMPETENCIA

3. IMPROCEDENCIA

4. RESOLUTIVO

GLOSARIO

Magistrado Presidente:

Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza

Comisión Interna:

Comisión Interna del Procedimiento Especial Sancionador del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Instituto Local:

Instituto Electoral de Coahuila

Tribunal Local:

Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza

  1. ANTECEDENTES DEL CASO
    1. Juicio ciudadano local. El veintidós de septiembre, C.Á.V., B.A.O.O. y R.M.C.C., síndica de minoría y regidoras, respectivamente, del Ayuntamiento de Parras, Coahuila de Zaragoza, presentaron ante el Tribunal Local juicio ciudadano contra diversos actos de integrantes del señalado Ayuntamiento, que, en su consideración, actualizaban violencia política de género por el impedimento para ejercer el cargo y acoso laboral.
    2. Reencauzamiento. El siete de octubre posterior, el Tribunal Local reencauzó el expediente al Instituto Local, para que se tramitara como procedimiento especial sancionador; integrándose el expediente DEAJ/PES/009/2020.
    3. Audiencia. El treinta de noviembre, el Instituto Local, previo desahogó de la audiencia de pruebas y alegatos, remitió el expediente al Tribunal Local para su resolución.
    4. Comisión Interna. El uno de diciembre, el Tribunal Local tuvo por recibidas las constancias del expediente, integrando el procedimiento especial sancionador TECZ-PES-08/2020 y lo remitió a la Comisión Interna para que verificara su debida integración.
    5. Acuerdo de devolución. El diecisiete de diciembre siguiente, el Magistrado Presidente ordenó la devolución del expediente al Instituto Local para que se realizaran nuevas diligencias de investigación.
    6. Segunda remisión al Tribunal Local. El ocho de febrero de dos mil veintiuno[1], el Instituto Local, previo deshago de la audiencia de pruebas y alegatos, remitió de nueva cuenta, las constancias respectivas al Tribunal Local para su resolución.
    7. Solicitudes de prórroga. El doce y veintidós de febrero, la Comisión Interna solicitó al Magistrado Presidente prórroga para integrar debidamente el expediente.
    8. Acto impugnado. El día uno de marzo, el Magistrado Presidente acordó otorgar a la Comisión Interna una ampliación por cinco días para su debida integración.
    9. Juicio federal. Inconformes, el cuatro de marzo, las actoras promovieron el presente medio de impugnación.
    10. Resolución. El cinco de marzo, el Tribunal Local dictó resolución, en la que, entre otras cuestiones, determinó la inexistencia de las infracciones denunciadas.
    11. Notificación de la resolución. El ocho de marzo, el Tribunal Local notificó a las actoras la resolución precisada.
  1. COMPETENCIA

Esta S.R. es competente para conocer y resolver el presente asunto, pues se controvierte la dilación en la sustanciación de un procedimiento especial sancionador, iniciado con motivo de la denuncia presentada por las actoras por violación a sus derechos político-electorales de ser votadas, en su vertiente de ejercicio del...

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