Tesis XIV/2000, Tribunal Electoral de la Federación, 12/09/2000

Fecha12 Septiembre 2000
EmisorSALA SUPERIOR

Coalición Alianza por Méxicovs.Sala Regional correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en el Distrito FederalTesis XIV/2000

INELEGIBILIDAD DE CANDIDATOS A DIPUTADOS. LOS CONSEJOS DISTRITALES DEBEN DECIDIR SOBRE LAS CAUSAS QUE SE HAGAN VALER.- En virtud de que los consejos distritales son las autoridades electorales a quienes la ley les otorga la facultad de comprobar, de primera mano, que los candidatos a diputados en el Distrito reúnan las condiciones de elegibilidad previstas por las normas, se entiende que, si alguien con interés jurídico hace del conocimiento del Consejo Distrital la posible causa de inelegibilidad de alguno de los candidatos, antes de que ese órgano se haya pronunciado sobre dicho tópico, entonces debe resolver si...

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