Sentencia nº SUP-SFA-0042-2010 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 10 de Septiembre de 2010

PonenteSalvador Olimpo Nava Gomar
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2010
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadChihuahua
Tipo de procesoSolicitud de ejercicio de la facultad de atración de la Sala Superior

SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN DE LA SALA SUPERIOR EXPEDIENTE: SUP-SFA-42/2010 SOLICITANTE: PARTIDOS REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, NUEVA ALIANZA Y VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO MAGISTRADO PONENTE: SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR SECRETARIO: HUGO DOMÍNGUEZ BALBOA

México, Distrito Federal, a diez de septiembre de dos mil diez.

VISTOS para resolver los autos del expediente en el rubro indicado, relativo a la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción por esta S. Superior, formulada por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Nueva Alianza y Verde Ecologista de México, respecto del juicio de revisión constitucional electoral SG-JRC-107/2010, radicado en la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en Guadalajara, Jalisco, y

R E S U L T A N D O :

I.A.. De las constancias que obran en el expediente en que se actúa, se advierten los siguientes antecedentes:

  1. Jornada electoral. El cuatro de julio de dos mil diez, se llevó a cabo la jornada electoral en el Estado de Chihuahua con el objeto de renovar, entre otros cargos de elección popular, a los integrantes del Congreso de esa entidad federativa.

  2. Asignación de diputados por el principio de representación proporcional. El diez de agosto de dos mil diez, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua realizó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional relativa al proceso electoral 2009-2010.

  3. Juicio de inconformidad. Disconforme con la aludida resolución, el Partido Acción Nacional promovió juicio de inconformidad, mismo que tocó conocer y resolver al Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, el cual, mediante sentencia de veintisiete de agosto de dos mil diez, resolvió en el expediente JIN-63/2010, la procedencia de la vía intentada y confirmar el acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua por el que realizó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional relativa al proceso electoral 2009-2010.

    1. Juicio de revisión constitucional electoral.

  4. Demanda. El treinta y uno de agosto de dos mil diez, J.L.A., ostentándose como representante propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Electoral de Chihuahua, presentó escrito de demanda, en la Oficialía de Partes del Tribunal Estatal Electoral de la misma entidad, para promover juicio de revisión constitucional electoral, con la finalidad de controvertir la resolución dictada por el órgano jurisdiccional local citado en el expediente relativo al juicio de inconformidad JIN-63/2010.

  5. Trámite. Previos los trámites de ley, dentro de los cuales destaca la comparecencia de terceros interesados en el juicio constitucional mencionado, por escritos de cuatro de septiembre de dos mil diez, a través de M.G.M.L., ostentándose como encargado del despacho en la Presidencia del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, que a su vez es quien representa a la Coalición "Compromiso con C."; R.Y.H., ostentándose como Presidente de la Junta Ejecutiva Estatal del Partido Nueva Alianza, y M.A.S., ostentándose como Presidenta del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, quienes pidieron a la Sala Regional Guadalajara de este Tribunal que solicitara de la Sala Superior el ejercicio de la facultad de atracción del asunto bajo análisis.

  6. Sustanciación. El seis de septiembre de dos mil diez, en el expediente SG-JRC-107/2010, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal Electoral, con residencia en Guadalajara, Jalisco, emitió acuerdo por el cual determinó, entre otros puntos, lo siguiente:

    PRIMERO. H. del conocimiento de la Sala Superior de este...

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