Sentencia nº SUP-IMP-0003-2010 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 10 de Diciembre de 2010

PonenteFlavio Galván Rivera
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2010
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
Tipo de procesoImpedimentos para que los Magistrados Electorales conozcan de un determinado medio de impugnación

IMPEDIMENTO PARA QUE LOS MAGISTRADOS ELECTORALES CONOZCAN DE UN DETERMINADO MEDIO DE IMPUGNACIÓN EXPEDIENTE: SUP-IMP-3/2010 PROMOVENTE: S.A.L. REYES MAGISTRADO PONENTE: F.G.R.. SECRETARIO: ISMAEL ANAYA LÓPEZ

México, Distrito Federal, diez de diciembre de dos mil diez.

VISTOS, para resolver, los autos de la solicitud de declaración de impedimento, identificada con la clave de expediente SUP-IMP-3/2010, presentada por S.A.L.R., para que el M.S.O.N.G., se abstengan de conocer y resolver el recurso de apelación que promovió, para controvertir las sanciones administrativas que le fueron impuestas, lo cual dio motivo a la integración del diverso expediente SUP-ASA-1/2010, y

R E S U L T A N D O :

I.A.. De la narración de hechos que el promovente hace en su escrito de demanda, que motivó la integración del expediente SUP-ASA-1/2010, el cual se tiene a la vista, así como de las constancias que obran en los autos de los expedientes al rubro identificados, se advierten los siguientes antecedentes:

  1. Denuncia. Por oficio de tres de septiembre de dos mil ocho, el J. de la Unidad de Soporte Técnico y Telecomunicaciones, adscrito a la Dirección General de la Unidad de Sistemas de esta S. Superior, hizo del conocimiento del S.P. delM.S.O.N.G., del Secretario Administrativo, del Contralor Interno, del Coordinador de Asuntos Jurídicos y del Director General de la Unidad de Sistemas, todos de este órgano jurisdiccional especializado, que fueron encontrados en la base de datos que emplea esta S. Superior, " ... archivos cuyo contenido y objetivo no son de carácter institucional…", creados presuntamente desde la cuenta asignada a S.A.L.R..

  2. Orden de investigación. Por oficio TEPJF-SCA-465/2009 de siete de mayo de dos mil nueve, el Secretario de la Comisión de Administración de este Tribunal Electoral hizo del conocimiento del Contralor Interno, de la misma institución, que por acuerdo de la mencionada Comisión de Administración se instruyó a esa Contraloría Interna llevar a cabo el respectivo procedimiento de investigación, por las posibles conductas infractoras atribuidas a S.A.L.R., a fin de que, concluida la investigación, la Comisión determinara el inicio o no del correspondiente procedimiento administrativo de responsabilidades.

  3. Propuesta de procedimiento administrativo. El diecisiete de noviembre de dos mil nueve, el Contralor Interno de este órgano jurisdiccional especializado, con base en la investigación que llevó a cabo, propuso a la Comisión de Administración de este Tribunal Electoral iniciar procedimiento administrativo de responsabilidades en contra de S.A.L.R..

  4. Procedimiento administrativo de responsabilidades. Mediante oficio TEPJF-SCA-1426/2009 de dieciocho de noviembre de dos mil nueve, el Secretario de la Comisión de Administración de este Tribunal Electoral hizo del conocimiento del citado Contralor el acuerdo de iniciar procedimiento administrativo de responsabilidades en contra de S.A.L.R..

  5. Resolución de la Comisión de Administración. El dieciséis de junio de dos mil diez, la Comisión de Administración de este Tribunal Electoral dictó resolución, en el procedimiento administrativo de responsabilidades instaurado en contra de S.A.L.R., en el sentido de considerarlo administrativamente responsable de la conducta que se le atribuyó, por lo cual le impuso como sanción una amonestación pública.

    La resolución sancionadora fue notificada, al ahora promovente, el seis de octubre del año en que se actúa.

  6. Recurso de apelación. Disconforme con la resolución precisada en el punto que antecede, el veinte de octubre de dos mil diez, S.A.L.R. presentó, en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, recurso de apelación, a fin de controvertir la sanción administrativa que le fue impuesta.

  7. Registro y turno. En proveído de veinte de octubre de dos mil diez, la Magistrada Presidenta de esta S. Superior ordenó integrar el respectivo expediente de recurso de apelación por imposición de sanción administrativa, con motivo de la demanda presentada por S.A.L.R., registrarlo en el Libro de Gobierno con la clave SUP-ASA-1/2010 y turnarlo a su Ponencia, para proponer al Pleno, de este órgano jurisdiccional especializado, la resolución que en Derecho procediera.

    1. Solicitud de impedimento. El veintinueve de octubre de dos mil diez, S.A.L.R. presentó, en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, escrito mediante el cual manifestó que el M.S.O.N.G., de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, está impedido para conocer y resolver el recurso de apelación por imposición de sanciones administrativas, identificado con la clave de expediente SUP-ASA-1/2010.

    2. Turno a Ponencia. Mediante proveído de veintinueve de octubre de dos mil...

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