Sentencia nº ST-JDC-0196-2012 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Toluca, 12 de Abril de 2012

Número de resoluciónST-JDC-0196-2012
Fecha12 Abril 2012
EmisorSala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTES: ST-JDC-196/2012 Y ACUMULADOS. ACTORES: SALVADOR HERNÁNDEZ TORRES Y OTROS. ÓRGANO RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL. MAGISTRADO PONENTE: SANTIAGO NIETO CASTILLO. SECRETARIOS: L.A.T.O., D.D.G., S.G.J., A.C.M.Y.A.O.B..

Toluca de L., Estado de México a doce de abril de dos mil doce.

VISTOS, para resolver, los autos de los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, identificados con las claves y promovidos por las siguientes ciudadanas y ciudadanos:

No. EXPEDIENTE ACTOR (A)
1 ST-JDC-196/2012 S.H.T.
2 ST-JDC-199/2012 Álvaro Niño Espinosa
3 ST-JDC-202/2012 J.C.Á.H.
4 ST-JDC-248/2012 N.J.H.M.
5 ST-JDC-251/2012 F.I.F.L.
6 ST-JDC-254/2012 M.H.R.
7 ST-JDC-257/2012 J.H.R.M.
8 ST-JDC-260/2012 Margarita Torres Anguiano
9 ST-JDC-263/2012 L.Á.C.
10 ST-JDC-266/2012 F.R.L.
11 ST-JDC-269/2012 M.Á.G.
12 ST-JDC-272/2012 Elia Hidalgo Castillo
13 ST-JDC-275/2012 J.D.H.T.
14 ST-JDC-278/2012 A.V.D.
15 ST-JDC-281/2012 Flor Bertha Izquierdo Alarcón
16 ST-JDC- 284/2012 Cirila Toledo Peña
17 ST-JDC-287/2012 Fabiola Castillo Cornejo
18 ST-JDC-290/2012 Urbano F.G.M.
19 ST-JDC-293/2012 E.H.R.
20 ST-JDC-296/2012 M.S.Z.
21 ST-JDC-299/2012 P.C.S.
22 ST-JDC-302/2012 Gabriel Prado Gloria
23 ST-JDC-305/2012 Elvira Correa González
24 ST-JDC-308/2012 V.G.J.
25 ST-JDC-311/2012 E.G.H.
26 ST-JDC- 314/2012 R.C.B.V.
27 ST-JDC-317/2012 M. de L.Á.C.
28 ST-JDC-320/2012 Marco Antonio Sarmiento Abad
29 ST-JDC-323/2012 M.I.Á.L.
30 ST-JDC-326/2012 G.J.V.
31 ST-JDC-329/2012 Carmen Delgado Escalona
32 ST-JDC-332/2012 Edgar Arturo Teja Lecona
33 ST-JDC-335/2012 Ana Laura Roldán Mena
34 ST-JDC-338/2012 L.M.C. Delgado
35 ST-JDC-341/2012 J.F.C.G.
36 ST-JDC-344/2012 M.H.T.

En todos los casos, los medios de impugnación se promovieron en contra de la resolución emitida por la Comisión Nacional de Elecciones y/o Comité Ejecutivo Nacional, ambos del Partido Acción Nacional, de diecinueve de marzo de dos mil doce, en la que se determina aplicar el método extraordinario de designación directa en la selección de candidatos a cargos de elección popular para la integración de las planillas de candidatos a ayuntamientos y diputados locales, correspondientes al Municipio de Chimalhuacán, Estado de México.

RESULTANDO:

I.A.. De la narración de hechos que las actoras y actores hacen en sus escritos de demanda y de las constancias que obran en autos, así como en los autos de los expedientes ST-JDC-194/2012 y ST-JDC-196/2012 del índice de esta Sala Regional, que se invocan como hecho notorio en términos de lo dispuesto por el artículo 15, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se advierte lo siguiente:

  1. Inicio del proceso electoral. El dos de enero de dos mil doce, dio inicio el proceso electoral ordinario dos mil doce para elegir a diputados y a los integrantes de los ciento veinticinco ayuntamientos en el Estado de México, de conformidad con el artículo 139 del Código Electoral del Estado de México.

  2. Convocatorias. El diecinueve de marzo de dos mil doce, la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional emitió dos convocatorias dirigidas a los miembros activos inscritos en el Listado Nominal de Electores definitivo, expedido por el Registro Nacional de Miembros del Partido Acción Nacional; la primera[1] en los municipios del Estado de México enunciados en el anexo “A”[2] de la citada convocatoria, a participar en el proceso de selección de la planilla de candidatos al Ayuntamiento que postulará el partido en comento para el periodo constitucional “2012-2015 (sic)”, y la segunda[3] en los distritos locales electorales del Estado de México enunciados en el anexo “A”[4] de la convocatoria en referencia, a participar en el proceso de selección de la fórmula de candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa que postulará el partido en comento para el periodo constitucional “2012-2015 (sic)”, según lo refieren las actoras y actores en sus escritos de demanda.

  3. Modificación a la convocatoria para la selección de la planilla de candidatos a ayuntamientos. El veinticinco de marzo de dos mil doce, la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional publicó en su portal de Internet una “fe de erratas” dirigida a la Comisión Electoral Estatal del Estado de México, en la que precisa el periodo constitucional que había sido establecido en la convocatoria a participar en el proceso de selección de la planilla de candidatos al Ayuntamiento que postulará el citado instituto político para el periodo constitucional, precisando que el periodo correcto es “2013-2015”; asimismo fueron publicadas, de acuerdo a lo manifestado por la referida Comisión Nacional de Elecciones, dos anexos “A” en sustitución de los que fueron publicados de forma primigenia por dicha Comisión en las convocatorias señaladas en el punto inmediato anterior.[5]

  1. Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. En las fechas que a continuación se precisan, las actoras y actores referidos en el proemio de la presente resolución, presentaron, por su propio derecho y ante las autoridades que en la tabla siguiente se indican, demandas de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de impugnar la resolución emitida por la Comisión Nacional de Elecciones y/o Comité Ejecutivo Nacional, ambos del Partido Acción Nacional, de diecinueve de marzo de dos mil doce, en la que se determinó aplicar el método extraordinario de designación directa en la selección de candidatos a cargos de elección popular para la integración de las planillas de candidatos a ayuntamientos y diputados locales, correspondientes al Municipio de Chimalhuacán, Estado de México.

    [1] C. en las copias certificadas que obran a fojas 79 a 91 del sumario ST-JDC-248/2012.

    [2] C. en las copias certificadas que obran a fojas 92 a 99 del expediente ST-JDC-248/2012.

    [3] C. en las certificaciones que obran a fojas 148 a 159 del sumario ST-JDC-248/2012.

    [4] Consultable en las certificaciones que obran a fojas 160 a 164 del sumario ST-JDC-248/2012.

    [5] Consultables a foja 143 del sumario ST-JDC-194/2012.

    No. EXPEDIENTE PRESENTACIÓN AUTORIDAD ANTE QUIEN SE PRESENTARON
    1 ST-JDC-196/2012 22/03/2012 Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional
    2 ST-JDC-199/2012 22/03/2012 Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional
    3 ST-JDC-202/2012 22/03/2012 Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional
    4 ST-JDC-248/2012 23/03/2012 Sala Regional Toluca
    5 ST-JDC-251/2012 23/03/2012 Sala Regional Toluca
    6 ST-JDC-254/2012 23/03/2012 Sala Regional Toluca
    7 ST-JDC-257/2012 23/03/2012 Sala Regional Toluca
    8 ST-JDC-260/2012 23/03/2012 Sala Regional Toluca
    9 ST-JDC-263/2012 23/03/2012 Sala Regional Toluca
    10 ST-JDC-266/2012 23/03/2012 Sala Regional Toluca
    11 ST-JDC-269/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    12 ST-JDC-272/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    13 ST-JDC-275/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    14 ST-JDC-278/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    15 ST-JDC-281/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    16 ST-JDC- 284/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    17 ST-JDC-287/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    18 ST-JDC-290/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    19 ST-JDC-293/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    20 ST-JDC-296/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    21 ST-JDC-299/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    22 ST-JDC-302/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    23 ST-JDC-305/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    24 ST-JDC-308/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    25 ST-JDC-311/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    26 ST-JDC- 314/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    27 ST-JDC-317/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    28 ST-JDC-320/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    29 ST-JDC-323/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    30 ST-JDC-326/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    31 ST-JDC-329/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    32 ST-JDC-332/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    33 ST-JDC-335/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    34 ST-JDC-338/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    35 ST-JDC-341/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
    36 ST-JDC-344/2012 24/03/2012 Sala Regional Toluca
  2. Remisión ante las autoridades responsables. En lo tocante a las demandas que fueron presentadas directamente ante este órgano jurisdiccional, el veinticuatro de marzo de dos mil doce, el Magistrado Presidente de esta Sala Regional, D.C.A.M.P., dictó un acuerdo mediante el cual ordenó formar los correspondientes cuadernos de antecedentes y remitir copias de los mismos a la Comisión Nacional de Elecciones y al Comité Ejecutivo Nacional, ambos del Partido Acción Nacional, a fin de que dieran trámite a los medios de impugnación en términos de lo dispuesto por los artículos 17 y 18, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

  3. Recepción. El veintinueve de marzo de dos mil doce, derivado del trámite dispuesto por los artículos 17 y 18, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, realizado por las autoridades señaladas como responsables, en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional, se recibieron las demandas, los correspondientes informes...

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