Sentencia nº SUP-JDC-1637-2012 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 9 de Mayo de 2012

JurisdicciónFederal
Número de resoluciónSUP-JDC-1637-2012
Fecha09 Mayo 2012
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO.EXPEDIENTE: SUP-JDC-1637/2012.ACTOR: L.E.T.V.. AUTORIDADES RESPONSABLES: DIRECTOR EJECUTIVO DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL Y OTRO. MAGISTRADO: M.G.O.. SECRETARIOS: G.T.G., JULIO A.S.R.Y.J.A.G..

México, Distrito Federal, a nueve mayo de dos mil doce.

VISTOS, para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano número SUP-JDC-1637/2012, promovido por L.E.T.V., por su propio derecho, y ostentándose como precandidato a diputado federal por el principio de representación proporcional en la cuarta circunscripción plurinominal en el Estado de Tlaxcala, por el Partido de la Revolución Democrática, en contra del oficio DEPPP/DPPF/3885/2012, suscrito el veinticinco de abril de dos mil doce, por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral y en contra del acuerdo CG193/2012, de veintinueve de marzo del presente año, emitido por el Consejo General de la referida autoridad administrativa electoral, mediante el cual se aprobaron entre otras, las solicitudes de registro de las candidaturas mencionadas, y

R E S U L T A N D O:

PRIMERO. Antecedentes.

De la demanda y de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

  1. Convocatoria. El catorce y quince de noviembre de dos mil once, el 11º Pleno Extraordinario del VII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, aprobó la convocatoria para elegir a sus candidatos a la Presidencia Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, así como senadores y diputados al Congreso de la Unión, por ambos principios electivos.

  2. Observaciones y fe de erratas a la convocatoria. El diecisiete de noviembre del año pasado, la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática, emitió el acuerdo ACU-CNE/11/262/2011, mediante el cual emitió observaciones a la convocatoria antes señalada. El dieciocho siguiente, la mencionada Comisión emitió un acuerdo que contenía la fe de erratas al mencionado acuerdo.

  3. Solicitud de registro. El diez de diciembre de dos mil once, L.E.T.V., actor en el juicio al rubro identificado solicitó por escrito, a la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática, su registro como precandidato a diputado federal por el principio de representación proporcional correspondiente a la cuarta circunscripción plurinominal, por el Estado de Tlaxcala.

  4. Resolución sobre solicitudes de registro. El dieciséis de diciembre de dos mil once, la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática, emitió el acuerdo identificado con la clave ACU-CNE/12/340/2011, mediante el cual resolvió sobre las solicitudes de registro de precandidatos a diputados federales por el principio de representación proporcional, entre otros, aprobó el registro del ahora actor L.E.T.V., en la cuarta circunscripción plurinominal.

  5. Primer Pleno Ordinario del VIII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática. El dieciocho y diecinueve de febrero del año en curso, se llevó a cabo la primera etapa del Primer Pleno Ordinario del VIII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, en el cual se declaró un receso permanente hasta el tres de marzo del mismo año.

    En la citada fecha, el Consejo Nacional erigido en Consejo Electivo aprobó por mayoría calificada (doscientos cincuenta y seis votos a favor, cuatro en contra y tres abstenciones) las candidaturas de representación proporcional de diputados federales y senadores del citado partido político.

  6. Resolutivo (acuerdo). Con motivo de la selección interna señalada, el Primer Pleno Ordinario del VIII Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, emitió el documento en el que consta el "RESOLUTIVO DEL PRIMER PLENO DEL VIII CONSEJO NACIONAL Y DE LA COMISIÓN NACIONAL ELECTORAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA RELATIVO A LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS EN LA LISTA NACIONAL DE SENADORES Y DE CANDIDATOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL A DIPUTADOS FEDERALES", en el cual, en lo que interesa, se acordó:

    […]

    PRIMERO.- Se aprueba por mayoría calificada de más dos terceras partes de los Consejeros, las candidaturas a D.F. por el principio de representación proporcional, en cada una de las cinco circunscripciones de acuerdo a la tabla siguiente:

    …

    LUGAR EN LA LISTA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN PERSONA QUE ENCABEZA LA FÓRMULA
    1 J.C.M.R..
    2 T.M.M..
    3 T.M.V..
    4 G.R.M.O..
    5 E.V.M..
    6 K.D.M.M..
    7 F.B.M..
    8 R.L.P..
    9 G.S.T..
    10 M.N..
    11 R.C.C..
    12 E.T.F..
    13 L.M.A.P..
    14 Y.K.A.M..
    15 A.A.H.M..
    16 S.A.M..
    17 G.F.C.M..
    18 P.R.T. y Mota

    […]

  7. Primer Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-388/2012. Disconforme con los resultados reflejados en la resolución precisada en el numeral que antecede, el siete de marzo del dos mil doce, L.E.T.V., presentó ante el Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, un escrito que denominó "recurso de impugnación", el cual previo trámite de ley, fue remitido a esta S. Superior y con el cual se integró el expediente de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano identificado con la clave SUP-JDC-388/2012.

    El aludido medio de impugnación fue resuelto por este órgano jurisdiccional especializado en sesión pública de veintitrés de marzo de dos mil doce, cuyo punto resolutivo es del tenor siguiente:

    […]

    ÚNICO. Se confirman, en la parte que fue objeto de impugnación y respecto del demandante, los resultados de la elección interna de candidatos a diputados federales al Congreso de la Unión por el principio de representación proporcional, del Partido de la Revolución Democrática, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, llevada a cabo en sesión celebrada por el VIII Consejo Nacional del aludido instituto político, el dieciocho y diecinueve de febrero, continuada y concluida el tres de marzo de dos mil doce.

    […]

  8. Segundo Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-458/2012. Mediante escrito presentado, ante la Oficialía de Partes de esta S. Superior, el veintisiete de marzo de éste año, L.E.T.V., promovió en acción per saltum, juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano para controvertir la Convocatoria y Resolutivo del Primer Pleno del VIII Consejo Nacional y de la Comisión Nacional Electoral, precisados en los numerales I y VI que anteceden.

    El aludido medio de impugnación fue radicado en el expediente identificado con la clave SUP-JDC-458/2012 y resuelto por esta S. Superior en sesión pública de cuatro de abril de dos mil doce, cuyos resolutivos son del tenor siguiente:

    […]

    PRIMERO. Se sobresee en el presente juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, por lo que hace a la Convocatoria para elegir al candidato o candidata a la Presidencia Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y las candidatas o candidatos del Partido de la Revolución Democrática a Senadoras, Senadores, Diputadas y Diputados al Congreso de la Unión.

    SEGUNDO. Se confirma en la parte objeto de impugnación y respecto del demandante, el resolutivo del Primer Pleno Ordinario del VIII Consejo Nacional y de la Comisión Nacional Electoral, ambos del Partido de la Revolución Democrática, relativo a la elección de candidatos en la lista nacional de senadores y de candidatos de representación proporcional a diputados federales, derivado de la sesión llevada a cabo los días dieciocho y diecinueve de febrero, y, continuada y concluida el tres de marzo, todos del dos mil doce.

    […]

  9. Acuerdo CG193/2012 . El veintinueve de marzo de dos mil doce, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió el acuerdo CG193/2012 mediante el cual se aprobó, entre otros, el registro de candidaturas a diputados federales por el principio de representación proporcional del Partido de la Revolución Democrática correspondiente a la cuarta circunscripción plurinominal.

  10. Escrito de petición. En misma fecha, el hoy actor L.E.T.V., dirigió escrito al Pleno del Consejo General del Instituto Federal Electoral, mediante el cual señala irregularidades y actos ilegales e inconstitucionales cometidos por el Partido de la Revolución Democrática, en relación a la lista de candidatos a diputados y senadores federales, por el principio de representación proporcional, por tanto solicita la revisión de la constitucionalidad y legalidad de los actos concernientes al proceso de selección interna de candidatos a los referidos cargos de elección popular, y consecuentemente, solicita no se aprueben las listas presentadas por el aludido partido político.

  11. Tercer Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-545/2012. El dos de abril de dos mil doce, L.E.T.V., presentó, ante la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, para controvertir, como acto destacado, el acuerdo precisado en el numeral IX anterior, así como el procedimiento interno de selección de candidatos a diputados federales por el principio de representación proporcional del Partido de la Revolución Democrática, correspondiente a la cuarta circunscripción plurinominal.

    Dicho medio de impugnación fue radicado en el expediente identificado con la clave SUP-JDC-545/2012 y resuelto por esta S. Superior en sesión pública de veintiséis de abril de dos mil doce, cuyos resolutivos son del tenor siguiente:

    […]

    PRIMERO. Se confirma, en la parte objeto de impugnación, el acuerdo CG193/2012, de veintinueve de marzo de dos mil doce, por el cual el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó, entre otros, el registro de candidaturas a diputados federales por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR