Sentencia nº SUP-JLI-0008-2007 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 14 de Mayo de 2007

PonenteMaría del Carmen Alanís Figueroa
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2007
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadInstituto Federal Electoral
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JLI-8/2007 ACTORA: (...) DEMANDADO: INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL MAGISTRADA PONENTE: M.D.C.A.F. SECRETARIO: ARTURO DE J.H. GILES

México, Distrito Federal, a catorce de mayo de dos mil siete.

VISTOS, para resolver los autos del expediente al rubro indicado, relativo al juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral, promovido por (...), por su propio derecho, mediante el cual impugna, según su dicho, el despido injustificado de que fue objeto el pasado veintiocho de febrero, contenido en el oficio número 180/07, de la misma fecha, y

R E S U L T A N D O

  1. El diecinueve de marzo de dos mil siete, (...) promovió ante esta S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por su propio derecho, juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral, para impugnar, según su dicho, el despido injustificado de que fue objeto el pasado veintiocho de febrero, contenido en el oficio número 180/07, de la misma fecha, reclamando: la invalidez de la renuncia que, a decir de la propia actora, mediante presiones fue obligada a firmar por el Subdirector de Contabilidad de la Dirección de Recursos Financieros del Instituto demandado; el dictado de una resolución que deje sin efecto "... la destitución de que he sido objeto, ..."; la reinstalación en el puesto de Profesional de Servicios Especializados o, bien, en uno similar; el pago de los salarios que se devenguen a partir del primero de marzo del año en curso, y hasta la terminación del presente juicio; y, el pago de los gastos y costas originados con motivo de la tramitación del litigio de mérito.

  2. En su escrito inicial de demanda, la actora ofreció las siguientes pruebas: 1. La confesional por posiciones y personal a cargo del C.J.V.V., Subdirector de Contabilidad de la Dirección de Recursos Financieros del Instituto Federal Electoral; 2. Las documentales consistentes en: a) Carta poder mediante la cual designó a O.R.G., como representante en el presente juicio; b) Original del oficio 180/07, de veintiocho de febrero de dos mil siete, firmado por el Director Ejecutivo de Administración del Instituto Federal Electoral; c) Original de la renuncia de la fecha indicada, suscrita por la actora; d) Copias simples de las renuncias de la misma fecha, suscritas por (...), (...) y (...); e) Comprobante de la ficha de depósito de dos de marzo de dos mil siete, correspondiente al cheque número (...) ((...)), de veintiséis de febrero del año en curso, por la cantidad de $143,825.38 (ciento cuarenta y tres mil ochocientos veinticinco pesos, treinta y ocho centavos); f) Hoja elaborada por el Instituto Federal Electoral, relativa a los conceptos y cotizaciones que se tuvieron como base para calcular la liquidación; g) Copia certificada de la sentencia de divorcio de trece de enero de dos mil cuatro; h) Copia certificada del acta de nacimiento del menor (...); i) Originales de las constancias otorgadas a la actora, por parte del Instituto Federal Electoral, por haberse hecho acreedora a la excelencia laboral durante los años mil novecientos noventa y nueve y dos mil uno; y, j) Originales de los recibos en los que constan los pagos realizados por concepto de suministro de agua, impuesto predial, energía eléctrica, teléfono, gas natural, colegiaturas, préstamo hipotecario y mantenimiento del edificio en donde se ubica su domicilio; 3. La testimonial a cargo de (...) y (...); y, 4. La presuncional en su doble aspecto, legal y humana.

  3. El veinte de marzo de dos mil siete, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, acordó integrar, registrar y turnar a la M.M. delC.A.F., para los efectos previstos en el Libro Quinto de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, el expediente SUP-JLI-8/2007; acuerdo cumplimentado mediante oficio TEPJF-SGA-351/07, de la misma fecha, suscrito por la Secretaria General de Acuerdos de esta S. Superior.

  4. El veintidós de marzo de dos mil siete, la Magistrada Electoral encargada de la instrucción del presente asunto, acordó: a) Tener por recibido el expediente al rubro indicado; b) Radicar ante ella el citado expediente; c) Admitir la demanda presentada por (...), en contra del Instituto Federal Electoral, por medio de la cual impugna, según su dicho, el despido injustificado de que fue objeto el pasado veintiocho de febrero, contenido en el oficio número 180/07, de la misma fecha, reclamando lo precisado en el resultando I de esta sentencia; d) Tener como apoderada de la actora, para los efectos de este juicio, a O.R.G.; e) Tener a la promovente señalado como domicilio para oír notificaciones, el ubicado en (...), de esta Ciudad, y como autorizada, para tales efectos, a la referida apoderada; f) Tener por ofrecidas las pruebas que la enjuiciante relacionó en su escrito inicial de demanda, cuya admisión y desahogo se reservó acordar en el momento procesal oportuno; y, g) Con copia certificada de la demanda y sus anexos, correr traslado al Instituto Federal Electoral, para que diera contestación a la misma dentro de los diez días hábiles siguientes al en que se le notificara dicho acuerdo y ofreciera las pruebas que estimara pertinentes, apercibido de que, de ser omiso, tal demanda se tendría por contestada en sentido afirmativo.

  5. El diez de abril de dos mil siete, se presentó en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, ocurso signado el nueve anterior por R.E.C.M. y M.G.G.C., quienes, ostentándose como apoderadas y representantes legales del Instituto Federal Electoral, daban contestación en nombre del mismo Instituto al escrito inicial de demanda, formulando los planteamientos de hecho y de derecho que estimaron pertinentes, oponiendo las excepciones y defensas que consideraron oportunas y objetando las pruebas ofrecidas por la actora.

  6. En su escrito de contestación a la demanda, el Instituto Federal Electoral ofreció las siguientes pruebas: 1. La confesional por posiciones, personalísima y no por conducto de apoderado, a cargo de la actora; 2. Las documentales consistentes en: a) Original de las nóminas de pago ordinarias de las quincenas 01/2007, 02/2007, 03/2007 y 04/2007, así como la extraordinaria "qna. #04/07", en las que aparece el nombre de (...); b) Original del recibo de compensación de veintiocho de febrero de dos mil siete, suscrito por la actora;c) Original del acuse del oficio 180/07, de la fecha precisada en el inciso que antecede, suscrito por el Director Ejecutivo de Administración del Instituto Federal Electoral; d) Original del escrito de renuncia suscrito por la promovente en la fecha indicada; e) Original de la póliza de cheque (...) ((...)), por la cantidad de $143,825.38 (ciento cuarenta y tres mil ochocientos veinticinco pesos, treinta y ocho centavos), recibido por (...) el veintiocho de febrero de dos mil siete; f) Original del formato único de movimientos a nombre de la actora; g) Copia certificada del acuerdo número CG03/2007, emitido por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se aprueba el ajuste al presupuesto del Instituto para el ejercicio fiscal dos mil siete; h) Copia certificada del acuerdo número JGE59/2007, emitido por la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, por el que se autoriza la modificación a su estructura ocupacional en oficinas centrales; i) Original del escrito de veintiocho de febrero de dos mil siete, suscrito por la accionante, en el que manifiesta no tener ningún adeudo financiero con el Instituto Federal Electoral; y, j) Copia del oficio SSPPL/807/07, suscrito por el Subdirector de Servicios Personales y Programas Laborales del Instituto Federal Electoral, mediante el cual hace del conocimiento que el área en que se encontraba adscrita la actora fue suprimida;3. La presuncional en su doble aspecto, legal y humana; y, 4. La instrumental de actuaciones. Asimismo, y para el caso de que en las documentales precisadas en los incisos a), b), c), d), e),f) e i), la actora llegara a desconocer como suya la firma que obra en las mismas, el Instituto Federal Electoral ofreció el medio de perfeccionamiento consistente en la ratificación de su contenido y firma a cargo de la accionante, así como la pericial caligráfica, grafométrica y grafoscópica.

  7. Por escrito recibido en la Oficialía de partes de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el trece de abril de dos mil siete, (...), como prueba superveniente, el original de su hoja única de servicios, de dos del indicado mes y año, emitida por la Dirección de Personal de la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Federal Electoral.

  8. El dieciséis de abril de dos mil siete, la Magistrada Electoral encargada de la instrucción del presente asunto, acordó: a) A. al presente expediente el escrito por el que el Instituto Federal Electoral dio contestación a la demanda, así como diversos anexos; y, el ocurso por el que (...) ofreció, como prueba superveniente, el original de su hoja única de servicios; b) Reconocer la personería de R.E.C.M. y M.G.G.C., como apoderadas del citado Instituto; c) Tener por contestada la demanda formulada por (...), por opuestas las excepciones y defensas que la demandada hizo valer, y por objetadas las pruebas ofrecidas por la actora, respecto de las cuales se reservó proveer lo conducente en el momento procesal oportuno; d) Tener por señalado como domicilio del Instituto Federal Electoral, para oír y recibir notificaciones, el ubicado en Viaducto Tlalpan número 100, Edificio "C", Planta Baja, Colonia Arenal Tepepan, Delegación Tlalpan, Código Postal 14610, de esta Ciudad, y por autorizadas, para los efectos precisados en el proemio del escrito de contestación a la demanda, a las profesionistas que ahí se mencionan; e)...

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