Sentencia nº SUP-JDC-838-2005 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 17 de Noviembre de 2005

PonenteLeonel Castillo González
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2005
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadGuanajuato
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTE: SUP-JDC-838/2005 ACTOR: M.L.H.. RESPONSABLE: COMISIÓN NACIONAL DE GARANTÍAS Y VIGILANCIA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. MAGISTRADO PONENTE: L.C.G.. SECRETARIO: J.R.M..

México, Distrito Federal, a diecisiete de noviembre de dos mil cinco.

V I S T O S, para resolver, los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-838/2005, promovido por M.L.H., contra la omisión de la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática, de resolver las impugnaciones surgidas con motivo del proceso interno para la elección de consejeros nacionales de dicho partido, y

R E S U L T A N D O:

PRIMERO. Antecedentes. De la demanda se advierte lo siguiente:

  1. El tres de diciembre de dos mil cuatro, el Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática emitió convocatoria para la elección de los órganos de dirección en sus tres niveles, nacional, estatal y municipal.

  2. El veinte de febrero de dos mil cinco, el Comité Nacional del Servicio Electoral aprobó el registro de la planilla número 1, donde el actor figuró como candidato a Consejero Nacional por el Estado de Guanajuato.

  3. El veinte de marzo se llevó a cabo la elección, con excepción de los cargos correspondientes al ámbito municipal.

  4. El Comité Nacional del Servicio Electoral y Membresía efectuó el procedimiento de asignación de los consejeros nacionales, donde figuran los nombres de las personas electas en cada una de las entidades federativas, sin embargo, aún no se ha podido emitir el acuerdo por el cual se determine la asignación definitiva de los consejeros electos, en virtud de que la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia no ha resuelto la totalidad de las impugnaciones presentadas.

  5. En contestación a una solicitud presentada por el actor, el veintiocho de octubre la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia le informó que hasta esa fecha aun se encontraban pendientes de resolver procedimientos instaurados con motivo del proceso electivo correspondiente al Estado de Guanajuato.

SEGUNDO. Juicio para la protección de los derechos político electorales. El ocho de noviembre, M.L.H. presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante la Comisión Nacional de Galanías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática, donde se inconformó contra la...

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