Sentencia nº SUP-JDC-129-2004 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 20 de Mayo de 2004

PonenteJosé Luis de la Peza Muñoz Cano
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2004
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadDurango
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-129/2004 ACTOR: R.M.R.M.. RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR CONDUCTO DEL VOCAL RESPECTIVO DE LA JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA EN EL DISTRITO ELECTORAL FEDERAL 05 EN EL ESTADO DE DURANGO. MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS DE LA PEZA. SECRETARIA: D.G.G..

México, Distrito Federal, a veinte de mayo de dos milcuatro.

VISTOS, para dictar sentencia, los autos del expedienteal rubro citado, formado con motivo del juicio para la protección de losderechos político-electorales del ciudadano promovido por R.M.M., para impugnar la omisión por parte de la DirecciónEjecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, porconducto del vocal respectivo de la Junta Distrital Ejecutiva en el DistritoElectoral Federal 05 en el Estado de Durango, de entregar a esa ciudadana sucredencial para votar con fotografía, y

R E S U L T A N D O :

  1. El cuatro de julio de dos mil cuatro, tendránverificativo elecciones locales ordinarias para renovar el Congreso y losayuntamientos de los municipios del Estado de Durango, así como para elegirGobernador de dicha entidad federativa.

  2. El veinticuatro de septiembre de dos mil tres, RocíoMargarita R.M. acudió al módulo del Registro Federal de Electores,correspondiente al Distrito Electoral Federal 05 en el Estado de Durango, atramitar su cambio de domicilio, así como la expedición de una nuevacredencial para votar. Dicho trámite se registró en el formato único deactualización número 0310050120013.

    En el comprobante del trámite descrito se le indicó a lahoy promovente que a partir del veinticuatro de octubre de dos mil tres, podíaacudir al módulo a recoger su credencial para votar.

  3. El treinta y uno de marzo de dos mil cuatro RocíoMargarita R.M. acudió a recoger su credencial para votar, pero al norecibirla presentó la solicitud de expedición de credencial para votar connúmero de folio 0410050105642.

  4. El siste de mayo de dos mil cuatro, R.M.M., a través del formato correspondiente puesto a su disposiciónpor la propia autoridad, promovió juicio para la protección de los derechospolítico-electorales del ciudadano en contra de la falta de respuesta dentro delos veinte días posteriores a la solicitud de expedición de credencial paravotar con fotografía mencionada en el resultando anterior, manifestando comoagravios lo siguiente:

    AGRAVIOS

    El acto o resolución impugnado me causa agravio, en virtud de que me impide ejercer el derecho de votar que la Constitución General de la República me otorga como ciudadano mexicano, a pesar de que he realizado todos los actos previstos en la ley para cumplir con los requisitos que exige el Artículo 6° del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que son los únicos necesarios para ejercer mi derecho al sufragio.

    La enjuiciante ofreció como pruebas copias de los siguientesdocumentos: solicitud de expedición de credencial para votar con fotografía ycomprobante de inscripción en el padrón electoral. De igual forma, ofreciótodos aquellos documentos que con anterioridad exhibió y que obran en poder dela autoridad electoral, mismos que, al igual que el respectivo informecircunstanciado, solicitó se enviaran a este Tribunal.

  5. La vocal Secretaria de la Junta Distrital Ejecutiva 05en el Estado de Durango, conforme a lo dispuesto por los artículos 17, párrafo1, incisos a) y b), y 18, párrafos 1, incisos a) y b) y 2 de la Ley General delSistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, dio aviso a esta SalaSuperior de la presentación del presente medio de impugnación, hizo delconocimiento público la recepción del mismo y, una vez concluido el plazolegal para la presentación de los escritos de los terceros interesados,remitió a esta S. Superior el escrito del juicio y sus anexos, medianteescrito de diez de mayo de dos mil cuatro, presentado en la Oficialía de Partesde esta S. Superior el once siguiente.

  6. Por auto de once de mayo de dos mil cuatro, elMagistrado Presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del PoderJudicial de la Federación, integró el expediente en que se actúa y, conformea las reglas de turno, ordenó remitir los autos a la ponencia del M.L. De la Peza, para los efectos a que se refiere el artículo 19 de laLey General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; turnoque se cumplimentó mediante oficio TEPJF-SGA-522/04, suscrito por el SecretarioGeneral de Acuerdos.

  7. Por auto de diecinueve de mayo del presente año, seacordó radicar y formar el presente expediente con el juicio de mérito ydemás documentos recibidos; tener por cumplimentada la obligación que lospreceptos 17, párrafo 1, incisos a) y b), y 18, párrafos 1, incisos a) y b), y2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoralimponen a la autoridad electoral; admitir el juicio para la protección de losderechos político-electorales del ciudadano en cuestión, así como las pruebasofrecidas y aportadas por la promovente; y, en virtud de encontrarse debidamentesustanciado el presente...

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