Sentencia nº SUP-JLI-017-2004 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 19 de Octubre de 2004

PonenteEloy Fuentes Cerda
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2004
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadInstituto Federal Electoral
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. EXPEDIENTE:SUP-JLI-017/2004 ACTOR: (...) DEMANDADO: INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: ELOY FUENTES CERDA SECRETARIA: MARCELA ELENA FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ

México, Distrito Federal, a diecinueve de octubre del dosmil cuatro.

VISTOS para resolver, los autos del juicio para dirimir losconflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto FederalElectoral, identificado con el número SUP-JLI-017/2004, promovido por (...) en contra del Instituto Federal Electoral; y

R E S U L T A N D O:

  1. - Mediante escrito presentado el doce de mayo del añoen curso, (...) promovió juicio para dirimir losconflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto FederalElectoral, demandando la reinstalación en el puesto de Jefe de Departamento deSistemas y Procesos Administrativos de la Junta Local Ejecutiva del citadoInstituto, en el Estado de C., y de manera cautelar, para el caso de quela demandada se niegue a reinstalarlo, las siguientes prestaciones:

    ... a).- Los salarios dejados de percibir desde el 1º de enero del 2001, hasta la fecha en que se me reinstale en mi puesto de trabajo; b).- El incentivo económico de tres meses de salario integrado; c) Prima de antigüedad de 12 días de salario por cada año de servicios; d).- Un mes de sueldo de salario integrado; e).- 20 días adicionales de salario integrado por cada año laborado; los conceptos anteriores basados en los puntos PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO, SÉPTIMO y OCTAVO, del Acuerdo que aprobara la Junta General Ejecutiva en Sesión Ordinaria celebrada el 11 de octubre de 1999, teniendo como base para el pago de estas prestaciones el salario que quincenalmente me cubría la demandada por la cantidad de $5,610.12, con un salario diario de $374.00. ...

    Asimismo, impugnó el oficio JLE/VE/0362/04 de veintiséis deabril del año en curso, emitido por el Vocal Ejecutivo del Instituto FederalElectoral en el Estado de Campeche, por virtud del cual se hizo de suconocimiento la negativa al pago de las prestaciones que ahora reclama.

  2. - En apoyo de sus pretensiones, el actor narró loshechos siguientes:

    "...

    Vengo por medio del presente escrito, copias simples de ley (sic), estando en tiempo y forma, por mi propio y personal derecho a demandar del INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, mi REINSTALACIÓN al cargo de Jefe de Departamento de Sistemas y Procesos Administrativos que desempañaba en la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de Campeche, y para el caso de que por el motivo que fuere la demandada se negare a reinstalarme, de manera AD CAUTELAM demando el pago de diversas prestaciones de ley que más adelante describiré, ya que considero que he sido afectado en mis derechos y prestaciones que por esta vía justamente reclamo, Institución Electoral que puede ser legalmente notificada y emplazada para que ocurra a juicio, en el domicilio ubicado en el predio sin número de la prolongación de la calle 51, edificio Plaza del Mar, segundo nivel entre avenidas R.C. y P.S. de B., Col. Centro, C.P. 24000, de la Ciudad de Campeche, Camp., lo anterior por haber sido DESPEDIDO INJUSTIFICADAMENTE Y HABERSE AFECTADO GRAVEMENTE MIS DERECHOS Y PRESTACIONES LABORALES, por la persona jurídica que se demanda, al haberme errónea e injustamente denunciado ante el Agente Investigador del Ministerio Público Federal en la Ciudad de Campeche, por el delito de ACCESO ILÍCITO A SISTEMAS Y EQUIPO DE INFORMÁTICA, ilícito del cual fui exonerado por la C. Juez Segundo de Distrito en el Estado de Campeche, mediante resolución de fecha 19 de Diciembre de 2003, misma que confirma el Tribunal Unitario del Decimocuarto Circuito Judicial de la Federación, con residencia en la Ciudad de Mérida, Yuc., mediante sentencia pronunciada el día 10 de Marzo del año en curso.

    En virtud de mi absolución judicial anteriormente referida, me permito ocurrir ante el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de Campeche, mediante escrito de fecha 15 de abril de 2004, recepcionado en la misma fecha por la Autoridad Electoral mencionada, en el cual le solicito al referido Vocal Ejecutivo me cubran las prestaciones a que tengo derecho con motivo de haber dejado de prestar mis servicios por separación del cargo que ocupaba en el área de Informática de la Junta Local Ejecutiva del I.F.E. en Campeche; en respuesta a mi solicitud, con fecha 26 de abril del presente año, recibo en la misma fecha el Oficio Número JLE/VE/DJ/0362/04, que me dirige el Vocal Ejecutivo del I.F.E. en Campeche, en virtud del cual me da a conocer, que el Director Jurídico del Instituto Federal Electoral Mtro. F.A.B., comunicó mediante oficio DJ/754/2004 a la Junta Local Ejecutiva, que mi petición carece de acción y de derecho para su reclamo, toda vez de que a la fecha no me une relación alguna con el Instituto y que las mismas fueron reclamadas con anterioridad ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por tal razón me ha nacido el derecho de impugnar esa resolución por la presente vía; baso lo anterior en las consideraciones de hechos y preceptos de derecho siguientes:

    HECHOS

  3. - Con fecha 25 de Julio de 1991, inicié la prestación de mis servicios personales subordinados a favor de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de Campeche, siendo contratado en ese entonces por los CC. PROF. F.L.M., y, LIC. M.M.G., Vocal Ejecutivo y V.S. respectivamente, con el cargo inicial de Jefe Administrativo, y con el paso del tiempo ocupé otros cargos en dicha vocalía como son: Jefe de Departamento de Organización Electoral, Jefe de Departamento de Informática y Estadística, Jefe de Departamento de Operación de Sistemas Administrativos, cargo que cambió al de Jefe de Departamento de Sistemas y Procesos Administrativos, cargos en los cuales me desempeñé con dedicación, entrega y honestidad, respetando la normatividad que regula las responsabilidades de los Servidores Públicos del Instituto Federal Electoral.

  4. - Mis labores a favor de la demandada las realizaba con un horario que daba inicio de las 9:00 a.m. a 18:00 p.m. de lunes a viernes, horario que variaba durante los procesos electorales. Con un salario quincenal por la cantidad de $5,610.12, lo que da un salario diario de $374.00.

  5. - De la manera anterior transcurrían las relaciones de trabajo entre el suscrito reclamante y la Persona Moral demandada, hasta que con fecha 21 de diciembre del año 2000, inicié el disfrute de mis vacaciones de ley y encontrándome en pleno disfrute de mi segundo período de vacaciones del referido año, se da el caso, que el día 22 de diciembre de 2000, siendo aproximadamente las 11:00 a.m., se comunica telefónicamente conmigo la C.A.S.P., auxiliar del Departamento de Sistemas y Procesos Administrativos de la Junta Local Ejecutiva de Campeche, manifestándome que urgía mi presencia en las oficinas de dicha Junta Local Ejecutiva por instrucciones del C. LIC. J.A.A.V., razón por la que al considerar la posibilidad de algún problema computacional, me apersoné a las oficinas siendo las 11:30 horas aproximadamente del aludido 22 de diciembre del 2000, y para mi sorpresa el C. LIC. A.V., sin motivo legal, explicación alguna, ni con apego al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales ni al Estatuto de Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral, me solicitó de manera amenazante mi renuncia, que urgía, pues eran órdenes sin especificar de quien provenían tales órdenes, que no tenía nada que pensar, lo anterior sin haber cometido falta alguna, y siendo las trece horas del mencionado día me insiste que renunciara al puesto de Jefe de Departamento de Sistemas y Procesos Administrativos, por lo que le solicité me liquidara conforme a la ley las prestaciones que me correspondían, respondiéndome el LIC. A.V., que quería mi renuncia y al no firmársela, ordenó el levantamiento de un Acta de Entrega Recepción del Departamento a mi cargo, A. que sin mi presencia fue elaborada y por lo tanto me negué a firmarla.

  6. - Con fecha 8 de enero del año 2001, al concluir el periodo vacacional al que hice referencia en el numeral que antecede, regresé con la intención de cumplir con mis funciones al cargo que desempeñaba, pues en ningún momento se me hizo notificación alguna con relación a mi trabajo en la Junta Local Ejecutiva del Estado de Campeche, y al presentarme el mencionado día me fue negado el acceso por un guardia que cuidaba dicho acceso a la fuente de trabajo que se demanda, no obstante lo anterior según los responsables de la Vocalía Ejecutiva de Campeche, la plaza del nivel 28-A que ocupaba como J. de Departamento de Operación de Sistemas fue dada de baja a partir del 31 de diciembre del año 2000; asimismo mediante escrito de fecha 25 de enero del año 2001, el Vocal Secretario de la Junta Local Ejecutiva del Estado de Campeche, presentó dicho escrito con fecha 26 de enero de 2001 en su carácter de Apoderado Legal del Instituto Federal Electoral denuncia de hechos en mi contra, ante la Agencia del Ministerio Público Federal Investigador de Campeche, con tal motivo se instauró la averiguación previa número 14/CAMP/2001, averiguación previa que integrara el Representante Social Federal en mi contra, y con todos sus autos fue turnada al Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche, ejercitando la correspondiente acción penal en contra del suscrito, por presumirse que tenía responsabilidad en el Delito de "ACCESO ILÍCITO A SISTEMAS Y EQUIPO DE INFORMÁTICA". Consecuente con lo anterior, en el Juzgado Segundo de Distrito en comento, se instruyó en mi contra la causa penal número 118/2001, por el delito de "ACCESO ILÍCITO A SISTEMAS Y EQUIPO DE INFORMÁTICA", causa penal que al agotarse el procedimiento de la misma, la Lic. M.E.B.H., en su Carácter de Juez Segundo de Distrito, dictó sentencia en la cual se me...

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