Sentencia nº SUP-JRC-002-2003 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 22 de Enero de 2003

PonenteJosé Luis de la Peza Muñoz Cano
Fecha de Resolución22 de Enero de 2003
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadCampeche
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JRC-002/2003 ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: LVII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE CAMPECHE TERCERO INTERESADO: C.A.M.S. MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS DE LA PEZA SECRETARIA: L.R. CURIEL

México, Distrito Federal, a veintidós de enero de dos miltres.

VISTOS para resolver los autos del expediente citado alrubro, integrado con motivo del juicio de revisión constitucional electoralpromovido por el Partido Acción Nacional, en contra del acuerdo número 49,emitido por la LVII Legislatura del Estado de Campeche, el trece de diciembre dedos mil dos y publicado en el Periódico Oficial del Estado el dieciocho dediciembre siguiente, mediante el cual designó a C.A.M., como juez electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado; y

R E S U L T A N D O

  1. Mediante oficio número 1342/02-03, de cuatro dediciembre de dos mil dos y recibido el seis de diciembre siguiente en laOficialía Mayor del Congreso del Estado de Campeche, el licenciado V.C.B., Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia dela citada entidad federativa, presentó a consideración de dicho Congreso losnombres de las personas que integraron la terna de la cual se elegiría a quienocuparía el cargo de juez del Juzgado Segundo Electoral del citado órganojurisdiccional, el cual se encontraba vacante por el fallecimiento del C.M.B.R., anexando al mismo, copia fotostática de las constancias queobraban en los expedientes personales de los integrantes de la terna.

  2. El oficio referido en el resultando anterior, se dioa conocer al Pleno del Congreso del Estado de Campeche, en sesión celebrada eldiez de diciembre de dos mil dos, en la cual el Presidente de la Directiva delCongreso dispuso que dicho escrito y la documentación adjunta se turnase a laComisión de Procuración e Impartición de Justicia, Seguridad Pública,Protección Civil y Derechos Humanos, para su revisión, análisis y emisióndel informe correspondiente. Dicho expediente legislativo se registró con elnúmero 212/1er.p.o./3°/02.

  3. El once de diciembre de dos mil dos, la comisióncitada en el resultando anterior, celebró sesión con el objeto de resolversobre el expediente legislativo 212/1er.p.o./3°/02 formado con motivo de laterna presentada por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campechepara la elección de un juez electoral del mismo, elaborando al efecto elinforme respectivo.

  4. Mediante sesión celebrada el trece de diciembre dedos mil dos, los integrantes de la LVII Legislatura del Congreso del Estado deCampeche designaron con veintitrés votos a favor, al C.C.A.M., como juez electoral, el cual rindió protesta de dicho encargo ensesión del dieciséis de diciembre siguiente.

  5. Como consecuencia de la determinación descrita en elresultando anterior, el dieciocho de diciembre de dos mil dos, fue publicado enel Periódico Oficial del Estado de Campeche, en la Sección Legislativa, elacuerdo número 49, expedido por la LVII Legislatura del Congreso del Estado,que a la letra señala lo siguiente:

    "A C U E R DO

    La LVII Legislatura del Congreso del Estado de Campeche acuerda:

    NÚMERO 49

    PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 82-2 de la Constitución Política del Estado de Campeche, se nombra a al C.C.A.M.S., como Juez Electoral del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, con efectos a partir del 1° de enero del 2003.

    SEGUNDO. P. en el Periódico Oficial del estado y líbrense las comunicaciones respectivas al Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado y al funcionario nombrado, para los efectos legales correspondientes.

    Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo, en la ciudad de Campeche, C., a los trece días del mes de diciembre del año dos mil dos.

    - C.V.C.C., Diputado secretario.- C. A.L.A.V., Diputada Secretaria.- Rúbricas."

  6. Inconforme condicha designación, mediante escrito presentado el veinticuatro de diciembre dedos mil dos, el Partido Acción Nacional, por conducto de J.C.M., Presidente de la Delegación Estatal de Campeche, promovió juicio derevisión constitucional electoral en contra del acuerdo precisado en elresultando anterior, haciendo valer lo siguiente:

    H E C H O S

    I- Con fecha 06 de diciembre de 2002, fue recibido en la Oficialía Mayor del Congreso del Estado de Campeche, el oficio número 1342/02-03 de fecha 04 de diciembre del presente año, signado por el Lic, V.M.C.B., en su carácter de Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, mediante el cual presentó a la consideración del Congreso del Estado los nombres de las personas que integran la terna de la cual se elegiría a quien ocuparía el cargo de Juez del Juzgado Segundo Electoral del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, que se encontraba vacante por el fallecimiento del Licenciado M.Á.B.R., adjuntándose la documentación respectiva, para acreditar los requisitos previstos en los artículos 77, tercer párrafo, 82-2, tercer párrafo y 84 de la Constitución Política del Estado de Campeche.

    II- En sesión celebrada el día diez de diciembre del año en curso, se dio a conocer al pleno del Congreso del Estado, el oficio referido en el inciso que antecede, al darse lectura integra de su texto.

    III- Que en la precitada sesión, el presidente de la directiva del Congreso dispuso que dicho oficio y documentación adjunta, se turnase a la Comisión de Procuración e Impartición de Justicia, Seguridad Pública, Protección Civil y Derechos Humanos, para su revisión, análisis y emisión del informe correspondiente.

    IV- Con fecha once de diciembre de 2002, sesionó la Comisión de Procuración e Impartición de Justicia, Seguridad Pública, Protección Civil y Derechos Humanos, con el objeto de analizar el multicitado oficio y documentación anexa, y así elaborar el informe correspondiente.

    V- El día trece de diciembre de 2002, con la asistencia de los treinta y cinco diputados que integran la LVII Legislatura del H. Congreso del Estado, sesionó el precitado Congreso del Estado, incluyéndose en el orden del día, la elección de la persona que ocuparía el cargo vacante de Juez del Juzgado Segundo Electoral del Tribunal Superior de Justicia, teniendo como resultado en la votación correspondiente el acuerdo para esta elección, veintitrés votos a favor del L.. C.A.M.S., once votos a favor del L.. P.D.H.G. y uno a favor de la Lic. M.P.M.C.; no obstante y pese a no alcanzar la mayoría calificada establecida por el artículo 82-2 de la Constitución Política del Estado de Campeche para hacer la elección de Juez Electoral, la presidencia de la directiva del Congreso, consideró válido, en forma ilegal, el acuerdo para la elección del multicitado Juez Electoral del H. Tribunal Superior de Justicia, citó al Licenciado C.A.M.S. para la próxima sesión a efecto de que procediera a rendir la protesta de ley y ordenó que dicho acuerdo se publicará en el Periódico Oficial del Estado.

    VI- Con fecha dieciséis de diciembre del año en curso, en sesión del H. Congreso del Estado, rindió la protesta de ley como Juez Electoral del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche el Lic. C.A.M.S..

    VII- Con fecha dieciocho de diciembre de 2002, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado Órgano del Gobierno Constitucional del Estado de Campeche, en la Sección Legislativa, el acuerdo número 49, expedido por la LVII Legislatura del H. Congreso del Estado, mediante el cual se nombra al C.C.A.M.S., Juez Electoral del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche, con efectos a partir del primero de enero del 2003.

    A G R A V I O S

    La autoridad resolutora, al momento de emitir su resolución, lo hizo con desapego a derecho por las razones que a continuación me permito exponer.

    Causa Agravio a mi representado el acuerdo que se impugna en virtud de que el H. Congreso del Estado violó el principio de legalidad y seguridad jurídica establecidos en los artículos 14, 16 y 116 fracción IV inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en efecto, en primer término, es preciso señalar que la designación de los Jueces Electorales del Tribunal Superior de Justicia, es un acto jurídico complejo, que en el presente caso no está ajustado a derecho, toda vez que el procedimiento del cual deriva el acuerdo que hoy se reclama se encuentra viciado, ya que no se cumplieron las exigencias previstas en la ley y las irregularidades de tal procedimiento afecta en su totalidad a dicho acto. Sobre este aspecto, se considera pertinente señalar el criterio adoptado por esta S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el Juicio de Revisión Constitucional marcado con número de expediente SUP-JRC-189/2002, visible en la foja número 83 que señala: ‘se afirma que la designación de los magistrados es un acto complejo, porque no es perfecto y complejo por sí solo, sino que constituye la fase última de un procedimiento integrado por diversas etapas, concatenadas entre sí y cada una constituye antecedente y base de la siguiente, de manera que, sólo cuando esa cadena de actos sucesivos se realiza correctamente, se puede estimar que el procedimiento es válido y, por ende, puede servir de base a la decisión final que en ese proceso se emita. Por ese motivo, la decisión no es un acto aislado o individual sino que necesariamente, es el resultado en un proceso que debe ser válido. La particularidad del acto jurídico complejo estriba, pues, en que está conformado por distintos actos, que por sí mismos, no son perfectos, constituyen una de las dos o más etapas de las cuales se desarrollo el todo. La unidad del acto jurídico complejo se conforma por todos esos actos.’

    En el presente caso, el procedimiento para la designación de los Jueces Electorales del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, se encuentra establecido en la normatividad que a continuación se transcribe:

    Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Campeche:

    Artículo 24 fracción IV.

  7. Para...

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