Sentencia nº SUP-JRC-198-2000 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 7 de Agosto de 2000

PonenteAlfonsina Berta Navarro Hidalgo
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2000
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadEstado de México
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL. EXPEDIENTE: SUP-JRC-198/2000. ACTOR: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL. AUTORIDAD RESPONSABLE: PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO. MAGISTRADA PONENTE: A.B.N.H.. SECRETARIO: A.E.P.H..

México, Distrito Federal, siete de agosto de dos mil.

VISTOS para resolver los autos del juicio de revisiónconstitucional electoral SUP-JRC-198/2000, promovido por el PartidoRevolucionario Institucional, por conducto de su representante, en contra de laresolución dictada el dieciocho de julio del presente año, por el Pleno delTribunal Electoral del Estado de México, en el expediente JI/80/2000, relativoal juicio de inconformidad promovido por el propio partido actor; y,

R E S U L T A N D O :

I. El dos de julio de dos mil, en el Estado de México,se llevó a cabo la etapa de la jornada electoral de la elección deayuntamientos.

II. El cinco de julio del presente año, el ConsejoMunicipal de Almoloya de J., Estado de México, realizó el cómputomunicipal de la elección del Ayuntamiento de ese Municipio; declaró la validezde la referida elección; expidió las constancias de mayoría a la planillaregistrada por el Partido Acción Nacional.

El cómputo municipal respectivo, arrojó los siguientesresultados:

RESULTADOS DEL CÓMPUTO MUNICIPAL DE LA ELECCIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE ALMOLOYA DE J., ESTADO DE MÉXICO.
PARTIDO POLÍTICO CON NÚMERO CON LETRA
PAN 17,058 Diecisiete mil cincuenta y ocho.
PRI 16,389 Dieciséis mil trescientos ochenta y nueve.
PRD 2,757 Dos mil setecientos cincuenta y siete.
PT 815 Ochocientos quince.
PVEM 347 Trescientos cuarenta y siete.
CD 20 Veinte.
PCD 111 Ciento once.
PSN 49 Cuarenta y nueve.
PARM 62 Sesenta y dos.
PAS 82 Ochenta y dos.
DS 62 Sesenta y dos.
VOTOS NULOS 1,193 Mil ciento noventa y tres.
PLANILLAS NO REGISTRADAS 20 Veinte
VOTACIÓN TOTAL EMITIDA 38,965 Treinta y ocho mil novecientos sesenta y cinco.

III. En desacuerdo conlo anterior, el nueve de julio del año en curso, el Partido RevolucionarioInstitucional promovió juicio de inconformidad, impugnando la votaciónrecibida en diversas casillas instaladas en el Municipio de Almoloya de J.,Estado de México, alegando como causales de nulidad las siguientes:

No. CASILLAS: CAUSALES DE NULIDAD INVOCADAS:
1 94 B 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Existencia de irregularidades graves.
2 94 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Existencia de irregularidades graves.
3 94 C2 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
4 97 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 3. Existencia de irregularidades graves.
5 102 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
6 102 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
7 103 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
8 108 B 1. Existencia de irregularidades graves.
9 110 B 1. Existencia de irregularidades graves.
10 111 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
11 112 C1 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
12 114 C1 1. Existencia de irregularidades graves.
13 115 B 1. Existencia de irregularidades graves.
14 115 C1 1. Existencia de irregularidades graves.
15 116 B 1. Existencia de irregularidades graves.
16 117 B 1. Existencia de irregularidades graves.
17 117 C1 1. Existencia de irregularidades graves.
18 120 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
19 120 C1 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
20 121 B 1. Existencia de irregularidades graves.
21 121 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
22 121 C2 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
23 122 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
24 123 B 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
25 123 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
26 123 C2 1. Existencia de irregularidades graves. 2. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
27 124 B 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
28 124 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
29 125 C1 1. Existencia de irregularidades graves.
30 126 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
31 126 C1 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
32 127 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
33 128 B 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
34 128 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Existencia de irregularidades graves.
35 128 C2 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
36 132 B 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley.
37 132 C1 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
38 133 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
39 133 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Existencia de irregularidades graves.
40 139 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
41 139 C1 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
42 140 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
43 140 C2 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Existencia de irregularidades graves.
44 141 B 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
45 141 C1 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
46 142 B 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Existencia de irregularidades graves.
47 142 C1 1. La recepción o cómputo de la votación fue hecha por personas u órganos distintos a los facultados por la ley. 2. Existencia de irregularidades graves.
48 143 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
49 143 C1 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección.
50 144 B 1. Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. 2. Existencia de irregularidades graves.
51 144 C1 1. Existencia de irregularidades graves.

IV. El dieciocho dejulio del año en curso, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México,resolvió el mencionado juicio de inconformidad, dentro del expedienteJI/80/2000, resolución cuyas partes considerativa y resolutiva, en loconducente, son del tenor siguiente:

"V. El partido político inconforme señala que en diecisiete casillas, cuyos números se determinarán posteriormente, la recepción y el cómputo de la votación se realizó por personas distintas a las facultadas por el código, actualizándose con ellos la causal prevista en la fracción VIII, del artículo 298 el Código Electoral del Estado de México, que a la letra dice:

Artículo 298. La votación recibida en una casilla electoral será nula:

...

VIII. Cuando la recepción o el cómputo de la votación fuere hecha por personas u órganos distintos a los facultados por este código

...

En primer lugar, por lo que refiere a las casillas 94-B, 97-C1, 102-C1, 141-B, 142-B2, 142-C2, 94-C2, 121-C1, 123-B, 123-C1, 124-C1, 128-B, 128-C1, 132-B, 133-C1 este Tribunal advierte que si bien es cierto que de las actas de jornada electoral, y de actas de escrutinio y cómputo que obran en autos, así como del encarte respectivo a...

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