Sentencia nº TE-CT-REVT-0001-2013 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Guadalajara, 18 de Abril de 2013

JurisdicciónFederal
Número de resoluciónTE-CT-REVT-0001-2013
Fecha18 Abril 2013
EmisorSala Regional Guadalajara (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

RECURSO DE REVISIÓN EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN EXPEDIENTE: TE-CT-REVT-1/2013 SOLICITANTE: C.M.M. RESPONSABLE: UNIDAD DE ENLACE Y TRANSPARENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN MAGISTRADO PONENTE: C.C.D. SECRETARIO: L.M.F. MEJÍA

México, Distrito Federal, a dieciocho de abril de dos mil trece.

VISTAS, las constancias que integran el expediente del recurso de revisión en materia de transparencia y acceso a la información, identificado con la clave TE-CT-REVT-1/2013, interpuesto vía electrónica por C.M.M., en contra de la respuesta a su solicitud de información con número de folio 0003313 (tres mil trescientos trece), emitida por la Unidad de Enlace y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y

R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De la narración de hechos que el recurrente hace en su escrito de demanda, así como de las constancias que obran en autos, se desprende lo siguiente:

    1. Solicitud de Acceso a la información. El veinticinco de enero de dos mil trece, C.M.M., presentó a través del portal de internet de la Unidad de Enlace y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, solicitud de información, a la que se le asignó el número de folio 0003313 (tres mil trescientos trece), requiriendo lo siguiente:

      "Solicito de la manera más atenta. 1. Copias certificadas de la cédula profesional y del título profesional, con el grado académico de Doctor, del Magistrado Noe Corzo Corral. Sala Regional Guadalajara. (sic)".

    2. Respuesta a la solicitud de información. El treinta de enero de dos mil trece, el titular de la Unidad de Enlace y Transparencia, dio respuesta a la solicitud de información con folio 0003313 (tres mil trescientos trece), a través del sistema "Infomex" en los siguientes términos:

      "En respuesta a su solicitud de información identificada en el sistema INFOMEX con el número de folio 00003313, donde requiere: "Solicito de la manera más atenta. 1. Copias certificadas de la cédula profesional y del título profesional, con el grado académico de Doctor, del Magistrado Noe Corzo Corral. Sala Regional Guadalajara. (sic)", le informamos que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39, fracciones IV y VII del Acuerdo General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como 33 y 63 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ésta Unidad de Enlace realizó los trámites ante la Sala Regional Guadalajara y la Coordinación de Recursos Humanos y Enlace Administrativo, Unidades competentes para conocer de lo solicitado.

      En tal virtud, éste Tribunal Electoral le informa que no obran en sus archivos la cédula y el título profesional con el grado académico de D. delM.N.C.C.. Cabe aclarar que, si bien es cierto que el Magistrado Corzo curso los estudios correspondientes al Doctorado en Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid, España, se encuentra pendiente de revisión y aprobación su tesis doctoral intitulada "Constitución y Procesos Electorales. El Caso de México", como se acredita en su ficha curricular en la página oficial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la siguiente ruta: http://www.te.gob.mx > Acerca del TE > Salas Regionales > Sala Regional Guadalajara > Visitar Sala > Magistrados > Lic. N.C.C. (ver ficha curricular).

      La presente respuesta se notifica de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 44 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; así como en el numeral 39, fracción VII, del Acuerdo General de Transparencia en comento."

      (El resaltado no forma parte del texto original)

  2. Recurso de Revisión en Materia de Transparencia. El día nueve de febrero del año en que se actúa, el ahora recurrente presentó, mediante el sistema de solicitudes de información denominado "INFOMEX", el archivo electrónico que contenía el escrito de recurso de revisión en materia de transparencia y acceso a la información, a fin de controvertir la respuesta emitida a su solicitud atinente.

  3. Remisión y Recepción del Recurso. A través del oficio TEPJF-CIDT-DGET-030/13, de once de febrero de dos mil trece, el Director General de Enlace y Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, informó a la Secretaría General de Acuerdos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sobre la interposición del presente recurso de revisión y remitió copia del escrito atinente, para que se efectuasen las acciones correspondientes.

  4. Turno a la Comisión de Transparencia. Mediante acuerdo de doce de febrero de dos mil trece, el Magistrado Presidente de esta S. Superior, acordó integrar el expediente TE-CT-REVT-1/2013, con motivo del recurso de revisión en materia de transparencia y acceso a la información, interpuesto por C.M.M..

    En su oportunidad, el expediente al rubro indicado fue turnado al Presidente de la Comisión de Transparencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para los efectos previstos en el artículo 60 del Acuerdo General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

    V.T. a Ponencia. Mediante proveído del mismo doce de febrero, el...

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