Sentencia nº SUP-CLT-4-2013-OTR-1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 31 de Julio de 2013

Fecha de Resolución31 de Julio de 2013
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadFederal
Tipo de procesoConflictos o diferencias laborales entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación y sus servidores

CONFLICTO O DIFERENCIA LABORAL ENTRE EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SUS SERVIDORES. EXPEDIENTE: SUP-CLT-4/2013 PROMOVENTE: K.J.Z. DEMANDADO: TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

México, Distrito Federal, a tres de octubre de dos mil trece.

VISTO el expediente SUP-CLT-4/2013, formado con motivo del juicio promovido por K.J.Z. contra el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y

R E S U L T A N D O:

  1. Demanda. El diecinueve de julio de dos mil trece, ante la Oficialía de Partes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, K.J.Z., licenciada y M. en Derecho, presentó demanda laboral para reclamar la reinstalación en el cargo de secretaria auxiliar regional que tenía en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el pago de los salarios caídos, estímulos, bonos, prima vacacional, ayuda de guardería y demás prestaciones inherentes al cargo.

  2. Turno de expediente. El Magistrado Presidente de la Sala Superior, mediante proveído del mismo diecinueve, ordenó integrar el expediente SUP-CLT-4/2013 y turnarlo a la Comisión Sustanciadora de los Conflictos o Diferencias Laborales entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y sus Trabajadores.

  3. Admisión y formación de cuaderno incidental. Por acuerdo dictado por el presidente de la Comisión Sustanciadora, el veintidós de julio siguiente, se admitió la demanda; y se ordenó su tramitación, además de formar un cuaderno incidental, para acordar lo que en derecho procediera respecto de las medidas provisionales solicitadas en la demanda.

  4. Contestación de demanda. Mediante escrito recibido el treinta de julio del dos mil trece, en la Oficialía de Partes de la Comisión Sustanciadora, el apoderado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, presentó su escrito de contestación a la demanda de K.J.Z., en la que hizo valer sus excepciones y defensas.

  5. Resolución incidental. El treinta y uno de julio del presente año, la Sala Superior dictó resolución en el incidente, otorgando a la actora las medidas provisionales solicitadas para efecto de que tuviera acceso al servicio de salud, a través del Instituto respectivo, durante la tramitación del juicio, o bien, por el tiempo del embarazo de la promovente y durante los tres meses posteriores al nacimiento del producto de la concepción.

  6. Acuerdo de cumplimiento y citación a audiencia. El mismo treinta y uno de julio, por acuerdo dictado por el Presidente de la Comisión Sustanciadora, se tuvo por contestada la demanda y se fijó día y hora para la audiencia de ley.

  7. Audiencia de ley. El siete de agosto de dos mil trece, se celebró la audiencia de pruebas, alegatos y resolución, en la cual comparecieron la parte actora y su apoderado, así como el respectivo apoderado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

    Se procedió a declarar abierta la audiencia, haciéndose constar que en esos momentos las partes no lograron una conciliación, continuándose con la etapa de demanda y excepciones; la de ofrecimiento, admisión y desahogo de pruebas.

    En relación con las pruebas admitidas, se proveyó lo necesario para el desahogo de las que así lo requirieron, tal y como consta en los autos del expediente en que se actúa. Asimismo, se reservó fijar nueva fecha para la continuación de la audiencia de ley, hasta en tanto se desahogaran las diligencias ordenadas.

  8. Solicitud de audiencia conciliatoria. El veinte de septiembre del año en curso, se recibió en la Oficialía de Partes de la Comisión Sustanciadora, escrito mediante el cual, la licenciada K.M.O., quien acreditó su carácter de apoderada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con la copia certificada del instrumento notarial 11924, pasada ante la fe del Notario Público número 209, del Distrito Federal, solicitó se señalara fecha y hora para que las partes acudieran de forma personal, a fin de llevar a cabo platicas conciliatorias y, en su caso, la celebración del convenio respectivo, lo cual se acordó favorablemente el mismo día.

  9. Audiencia. El veinticinco de septiembre siguiente, se celebró la audiencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR