Sentencia nº SUP-SFA-39-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 28 de Agosto de 2015

JurisdicciónDISTRITO FEDERAL
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Fecha28 Agosto 2015
Tipo de procesoSolicitud de ejercicio de la facultad de atración de la Sala Superior
Número de resoluciónSUP-SFA-39-2015

SUP-SFA-0039-2015

SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN DE LA SALA SUPERIOR EXPEDIENTE: SUP-SFA-39/2015 SOLICITANTE: F.Z.S. AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL. MAGISTRADO PONENTE: C.C.D.. SECRETARIOS: LAURA ANGÉLICA RAMÍREZ HERNÁNDEZ Y OMAR OLIVER CERVANTES.

México, Distrito Federal, a veintiocho de agosto dos mil quince.

VISTOS, para resolver la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción de la Sala Superior identificada con la clave de expediente SUP-SFA-39/2015, que hace F.Z.S., respecto del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por el propio solicitante, en su carácter de candidato propietario de la fórmula postulada por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, a diputado de la Asamblea Legislativa, por el XXV distrito electoral en el Distrito Federal, radicada en el Cuaderno de Antecedentes

181/2015, contra la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Distrito Federal, en el expediente TEDF-JLDC-194/2015 que desechó la demanda interpuesta contra la asignación de diputados de representación proporcional y la declaración de validez de esa elección.

R E S U L T A N D O:

I.A.. De la narración de los hechos que la Sala Regional solicitante hace en su oficio así como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

  1. Inicio del procedimiento electoral local. El siete de octubre de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba la convocatoria dirigida a la ciudadanía y partidos políticos a participar en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2016 para elegir Diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y J.D., cuya jornada electoral se celebrará el siete de junio de 2015", identificado con la clave ACU-55-14.

  2. Aprobación de los convenios de candidatura común. El treinta de marzo de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal aprobó los convenios de candidatura común en ambos cargos.

    Los institutos políticos firmantes de convenios de candidaturas comunes fueron el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, y por otra parte, los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Nueva Alianza.

  3. Criterio de conformación definitiva. El nueve de abril de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal aprobó el acuerdo por el que se determinó el criterio para la conformación de la lista definitiva de cada partido político de las fórmulas de candidatos de representación proporcional, en cumplimiento a la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la acción de inconstitucionalidad 45/2014 y sus acumuladas.

  4. Registro de listas y sustituciones de candidatos. En el lapso comprendido del veinte de abril al cinco de junio de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal aprobó diversos acuerdos en los que se declararon procedentes el registro y sustituciones de las listas parciales "A", presentadas por los partidos políticos locales.

  5. Jornada electoral. El siete de junio de dos mil quince, se llevó a cabo la jornada electoral, para elegir Diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y Jefes Delegacionales.

  6. Asignación de diputados por representación proporcional.

    El trece de junio del año en curso, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal emitió acuerdo mediante el cual realizó la asignación de diputados electos por el principio de representación proporcional, y declaró la validez de esa elección, el cual fue publicado en los estrados de las oficinas centrales del referido consejo el quince siguiente.

  7. Juicio ciudadano local. Inconforme, F.Z.S., en su carácter de candidato propietario a diputado de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en el distrito local XXV, interpuso mediante escrito presentado el veintidós de junio del año en curso, juicio ciudadano local, del que correspondió conocer al Tribunal Electoral del Distrito Federal.

    Dicho juicio fue radicado en el expediente TEDF-JLDC-194/2015.

  8. Resolución del juicio ciudadano local. El dieciséis de agosto de dos mil quince, el Tribunal Electoral del Distrito Federal dictó

    sentencia en el expediente citado en el punto anterior, desechando de plano la demanda interpuesta, por haber considerado extemporánea su presentación.

  9. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. Inconforme con la resolución anterior, mediante escrito presentado el veintiuno de agosto del año en curso, F.Z.S., en su carácter de candidato propietario a diputado de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en el distrito local XXV, promovió

    juicio para la protección de los derechos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR