Sentencia nº SUP-RRV-50-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 19 de Agosto de 2015

PonenteMARÍA DEL CARMEN ALANIS FIGUEROA
Fecha de Resolución19 de Agosto de 2015
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadDISTRITO FEDERAL
Tipo de procesoRecurso de revisión

SUP-RRV-0050-2015-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA RECURSO DE REVISIÓN EXPEDIENTE: SUP-RRV-50/2015 RECURRENTES: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y TEODORO MARIO ALONSO PANIAGUA AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADA PONENTE: M.D.C.A.F. SECRETARIOS: R.J. REYES Y RAZIEL ARÉCHIGA ESPINOSA

México, Distrito Federal, a diecinueve de agosto de dos mil quince.

A C U E R D O

Que recae al recurso de revisión al rubro indicado, interpuesto por M.E.S.G., en su carácter de representante del Partido Acción Nacional ante el Consejo Distrital XVIII del Instituto Electoral del Distrito Federal y T.M.A.P., otrora candidato por el Partido Acción Nacional a Jefe de la delegación en Álvaro Obregón en el Distrito Federal, a fin de controvertir el acuerdo INE/CG599/2015

del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que declaró

infundado el procedimiento sancionador en materia de fiscalización INE/Q-COF-UTF/312/2015/DF; y R E S U L T A N D O

  1. Antecedentes. De lo expuesto por el promovente y de las constancias de autos se desprende lo siguiente:

    1. Hechos A) Queja1. El Partido Acción Nacional, por conducto de su representante y T.M.A.P. presentaron queja en contra de los partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo y de la ciudadana M.A.H.T. candidata electa al cargo de jefe delegacional en Álvaro Obregón, por hechos violatorios a la normatividad electoral en materia de fiscalización, la cual quedo identificada con el número de expediente INE/Q-COF-UTF/312/2015/DF.

    1 Presentada el 14 de junio de 2015.

    1. Resolución impugnada INE/CG599/20152. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral, dictó resolución en el procedimiento administrativo sancionador en materia de fiscalización instaurado en contra de los partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo, así como de su entonces candidata a jefa delegacional en Álvaro Obregón, identificado en el número de expediente INE/Q-COF-UTF/312/2015/DF, al tenor siguiente:

    2 De fecha 12 de agosto de 2015.

    "PRIMERO. Se declara infundado el presente procedimiento sancionador en materia de fiscalización, instaurado en contra de los partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo, así como de su entonces candidata C.M.A.H.T. al cargo de Jefa Delegacional en Álvaro Obregón, Distrito Federal, de conformidad con lo expuesto en el Considerando SEGUNDO

    de la presente Resolución.

    SEGUNDO: Notifíquese la Resolución de mérito al quejoso.

    TERCERO. En términos de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación el recurso que procede en contra de la presente determinación es el denominado "recurso de apelación", el cual según lo previsto en los numerales 8 y 9 del mismo ordenamiento legal se debe interponer dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente a aquél en que se tenga conocimiento del acto o Resolución impugnado, o se hubiese notificado de conformidad con la ley aplicable, ante la autoridad señalada como responsable...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR