Sentencia nº SDF-JE-37-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 1 de Septiembre de 2016

PonenteARMANDO I. MAITRET HERNÁNDEZ
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal
EntidadTLAXCALA
Tipo de procesoOtro

SDF-JE-0037-2016

JUICIO ELECTORAL EXPEDIENTE: SDF-JE-37/2016 ACTOR: SALVADOR LÓPEZ TACUBA AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE TLAXCALA MAGISTRADO: A.I.M.H. SECRETARIO: JAIME ARTURO ORGANISTA MONDRAGÓN

Ciudad de México, primero de septiembre de dos mil dieciséis.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve el juicio indicado al rubro en el sentido de desechar de plano la demanda, con base en lo siguiente.

GLOSARIO

Actor Salvador López Tacuba, en representación del Ayuntamiento del Municipio de Panotla, Tlaxcala.
Autoridad responsable o Tribunal local Tribunal Electoral de Tlaxcala.
Constitución Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley de Medios Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Sentencia impugnada Sentencia de ocho de agosto del presente año, dictada por el Tribunal Electoral de Tlaxcala en los expedientes TET-JDC-012/2016 y acumulado

ANTECEDENTES

De los hechos narrados en la demanda, así como de las constancias del expediente, se advierte lo siguiente:

I.J. locales.

  1. Juicios locales. En su oportunidad, diversos presidentes de comunidad y la Sindica Municipal, todos del Ayuntamiento de Panotla, Tlaxcala promovieron juicios ciudadanos locales en contra del presidente municipal del citado ayuntamiento, a fin de controvertir, los primeros, la falta de pago de la compensación de fin de año correspondiente al ejercicio dos mil quince; y la última, la disminución a su salario.

    Lo anterior, al considerar vulnerado su derecho de ser votados, en la vertiente de acceso y permanencia en el cargo, toda vez que actualmente integran el referido Ayuntamiento (fueron electos para el periodo

    2014-2016).

    Dichos medios de impugnación se radicaron ante la autoridad responsable con los números TET-JDC-012/2016 y TET-JDC-030/2016

  2. Sentencia impugnada. El ocho de agosto de este año, el Tribunal local dictó sentencia, en forma acumulada, en los referidos expedientes, en el sentido de ordenar al presidente municipal del aludido ayuntamiento que, por conducto de la persona legalmente facultada para ello, pagara a los entonces actores, las remuneraciones y prestaciones adeudadas.

    1. Juicio electoral.

  3. Demanda. El veintiséis de agosto, el actor presentó

    demanda de juicio electoral ante la autoridad responsable, a fin de controvertir la sentencia referida previamente.

  4. Turno. Recibidas...

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