Sentencia nº SUP-REC-11-2017 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 8 de Febrero de 2017
Ponente | FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2017 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior |
Entidad | PUEBLA |
Tipo de proceso | Recurso de reconsideración |
SUP-REC-0011-2017
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EXPEDIENTE: SUP-REC-11/2017 Y ACUMULADOS SUP-REC-14/2017 Y SUP-REC-15/2017. RECURRENTE: K.A.B.G., M.M. NIEVES, E.R.R.H.. AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO MAGISTRADO PONENTE: F.A. FUENTES BARRERA SECRETARIO: SALVADOR ANDRÉS GONZÁLEZ BÁRCENA |
Ciudad de México. Sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la sesión de ocho de febrero de dos mil diecisiete.
VISTOS, para resolver, los autos de los recursos de reconsideración, cuyos datos de identificación se citan al rubro, a fin de impugnar la sentencia de veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis, mediante la cual la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México1, al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SDF-JDC-2235/2016
y acumulados, desechó los medios de impugnación, al considerar que se impugnaban actos emitidos en cumplimiento a la ejecutoria de siete de diciembre de dos mil dieciséis, emitida por esa Sala Regional en el juicio ciudadano SDF-JDC-2158/2016.
1 En lo sucesivo Sala Regional Ciudad de México
R E S U L T A N D O
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Interposición del recurso.
El cinco de enero de dos mil diecisiete, K.A.B.G., M.M.N. y E.R.R.H., interpusieron sendos recursos de reconsideración ante la Sala Regional Ciudad de México, para impugnar la determinación de esta última, emitida en el juicio ciudadano SDF-JDC-2235/2016 y acumulados.
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Turno. Mediante proveídos de seis de enero siguiente, la Magistrada Presidenta de la Sala Superior, ordenó turnar los expedientes a la ponencia del Magistrado F.A.F.B., para los efectos previstos en los artículos 19 y 68 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral2.
2 En adelante Ley General de Medios
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Recepción. En su oportunidad, el Magistrado Instructor acordó recibir los referidos expedientes.
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Presentación de escritos por lo que se desconoce la interposición de los recursos . El dieciséis de enero de dos mil diecisiete M.M.N. y el diecisiete siguiente K.A.B.G. y E.R.R.H., presentaron sendos escritos en los recursos de reconsideración SUP-REC-14/2017, SUP-REC-11/2017 y SUP-REC-15/2017, respectivamente, mediante los cuales negaron haber presentado los medios de impugnación y cualquier otro documento, por lo que negaron cualquier signo gráfico que estuviera a su nombre.
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Requerimiento. Por acuerdos de veinticinco de enero del año en curso, el Magistrado Instructor requirió a las personas precisadas en el párrafo que antecede para que, dentro del plazo de setenta y dos horas, siguientes al momento en que le fuera notificado ese proveído, ratificaran, ya sea ante fedatario público o personalmente en las instalaciones de esta S. Superior, sus...
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