Sentencia nº SX-JDC-21-2017 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa, 9 de Febrero de 2017

PonenteAD
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2017
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Xalapa
EntidadCHIAPAS
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SX-JDC-0021-2017-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO Y JUICIO ELECTORAL EXPEDIENTES: SX-JDC-21/2017 Y SX-JE-6/2017 ACUMULADOS ACTOR: SALVADOR GONZÁLEZ CASTILLEJOS AUTORIDAD RESPONSABLE: JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN CHIAPAS MAGISTRADO PONENTE: ADÍN ANTONIO DE LEÓN GÁLVEZ SECRETARIO: JOSÉ ANTONIO MORALES MENDIETA

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, nueve de febrero de dos mil diecisiete.

ACUERDO que decide respecto de las demandas de los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y electoral, promovidos por S.G.C., por propio derecho.

Donde se impugna la declaratoria de vacante de la convocatoria interna para la Jefatura de Recursos Materiales y Servicios de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Chiapas, así como la convocatoria externa para el mismo puesto.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN 2
ANTECEDENTES 2
I. El contexto. 2
II. Del trámite y sustanciación de los juicios federales. 4
CONSIDERANDO 6
PRIMERO. Actuación colegiada. 6
SEGUNDO. Acumulación. 6
TERCERO. Improcedencia del per saltum. 7
CUARTO. Reencauzamiento a recurso de revisión. 11
ACUERDA 16

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta Sala Regional declara improcedente el salto de instancia previa (per saltum) porque no hay riesgo de que el agotar ésta pueda generar una merma o la pérdida del derecho que se pretende sea tutelado, por lo que se reencauzan los medios de impugnación federales a recurso de revisión competencia de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.

ANTECEDENTES

  1. El contexto.

    De la demanda y demás constancias que integran los expedientes de los juicios, se desprende lo siguiente:

    1. Convocatoria interna. 1 El veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis, la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Chiapas a través de la Dirección Ejecutiva de Administración dio a conocer la vacante de la plaza presupuestal de la rama administrativa para el personal activo, consistente en el puesto de Jefe de Departamento de Recursos Materiales y Servicios.

      1 Ver foja 31 del expediente SX-JDC-21/2017.

    2. Solicitud para participar en la convocatoria. El treinta de noviembre de dos mil dieciséis, fue recibida en las oficinas de la 01

      Junta Distrital Ejecutiva con sede en Palenque, Chiapas, los documentos de S.G.C., quien solicitó participar para cubrir la vacante señalada en la convocatoria interna referida.

    3. Exámenes generales y específicos. El trece de diciembre de dos mil dieciséis, S.G.C. se presentó a realizar las pruebas de habilidades, así como los exámenes de conocimientos generales y específicos, para cumplir con la etapa respectiva del concurso interno.

    4. Entrevista estructurada. El veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis, se realizó la entrevista estructurada con el jefe inmediato de la vacante, siendo en este caso el encargado de despacho de la Coordinación Administrativa de la Junta Local Ejecutiva en Chiapas, quien una vez concluidas las entrevistas de los aspirantes informó a la Dirección de Personal que el ciudadano F.Z.F. era el candidato apto para ocupar la vacante. Sin embargo, el aspirante manifestó su declinación como aspirante al cargo.

    5. Resultados de la convocatoria. El diecinueve de enero de dos mil diecisiete, la Dirección de Personal de la Dirección Ejecutiva de Administración emitió la cédula de publicación de la declaración de los resultados de la convocatoria interna, y se declaró vacante el cargo de Jefe de Departamento de Recursos Materiales y Servicios de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Chiapas.

    6. Publicación de nueva convocatoria. El veinticuatro del mismo mes, se publicó nueva convocatoria para cubrir la vacante de la Jefatura de Departamento de Recursos Materiales y Servicios, dirigida al personal del Instituto Nacional Electoral y a todos los interesados que no laboren en la referida institución.

  2. Del trámite y sustanciación de los juicios federales.

    1. Demandas del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y del juicio electoral. El veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, S.G.C. promovió recurso de revisión en contra de la declaratoria de vacante a la convocatoria interna para la Jefatura de Departamento de Recursos Materiales y Servicios; y el veinticinco de enero de dos mil diecisiete, promovió, vía per saltum, juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

      Ambas demandas se presentaron en la Oficialía de Partes de la Junta Local Ejecutiva en Chiapas; y aunque la primera está dirigida al Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral y la segunda a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las dos demandas fueron remitidas a esta última.

    2. Cuadernos de antecedentes 11/2017 y 14/2017. El treinta y uno de enero y dos de febrero de la presente anualidad, respectivamente, la Magistrada Presidenta de la Sala Superior de este Tribunal Electoral acordó integrar los cuadernos de antecedentes aludidos, correspondientes a los medios de impugnación promovidos por S.G.C. y remitir las constancias que los integran a esta Sala Regional, para que determinara lo que en derecho correspondiera.

    3. Recepción. El tres y siete de febrero de la presente anualidad, respectivamente, se recibieron en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional ambas demandas y demás constancias que remitió la Sala Superior de este Tribunal Electoral.

    4. Turnos. El tres y siete de febrero de la presente anualidad, respectivamente, el Magistrado Presidente de esta Sala Regional ordenó integrar los expedientes...

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