Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-SFA-0017-2017), 15-08-2017

Fecha15 Agosto 2017
Número de expedienteSUP-SFA-0017-2017
Tipo de procesoSolicitud de ejercicio de la facultad de atración de la Sala Superior
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-SFA-17/2017

SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN DE LA SALA SUPERIOR

EXPEDIENTES: SUP-SFA-17/2017 Y SUP-SFA-18/2017, ACUMULADAS

SOLICITANTES: ELSA NAYELI PARDO RIVERA Y PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES

SECRETARIO: RODRIGO QUEZADA GONCEN

Ciudad de México, a quince de agosto de dos mil diecisiete.

> VISTOS, para resolver, las solicitudes de ejercicio de la facultad de atracción de la Sala Superior identificadas con las claves de expediente SUP-SFA-17/2017 y SUP-SFA-18/2017, que hacen Elsa Nayeli Pardo Rivera y el Partido Acción Nacional respecto del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano identificado con la clave de expediente SG-JDC-152/2017 y del juicio de revisión constitucional electoral SG-JRC-31/2017, y

R E S U L T A N D O:

I. Antecedentes. De la narración de hechos que los solicitantes hacen en su respectivo escrito, así como de las constancias que obran en autos, se constata lo siguiente:

1. Jornada electoral y cómputo municipal. El cuatro de junio de dos mil diecisiete se celebró la jornada electoral en el Estado de Nayarit, y, el inmediato día nueve el Consejo Municipal Electoral de Ixtlán del Río aprobó el acuerdo de asignación de regidores por el principio de representación proporcional.

2. Juicio de inconformidad local. Inconforme con dicho acuerdo, el Partido Revolucionario Institucional promovió juicio de inconformidad, el cual fue registrado con la clave de expediente TEE-JIN-21/2017.

3. Sentencia local. El veinticinco de julio de dos mil diecisiete, el Tribunal local resolvió el expediente citado, en el sentido de revocar el acuerdo referido, y en consecuencia modificar la asignación de regidores en el Municipio de Ixtlán del Río, Nayarit.

II. Juicios federales.

a) Juicio ciudadano. El veintinueve de julio de dos mil diecisiete, Elsa Nayeli Pardo Rivera promovió juicio ciudadano contra la sentencia del Tribunal local.

b) Juicio de revisión constitucional electoral. El treinta de julio de dos mil diecisiete, el Partido Acción Nacional presentó escrito de demanda de juicio de revisión constitucional electoral contra la mencionada sentencia del Tribunal local.

Ambos medios de impugnación fueron recibidos en la Sala Guadalajara, la cual les asignó los números de expediente SG-JDC-152/2017 y SG-JRC-31/2017, respectivamente.

III. Solicitud de facultad de atracción. El doce de agosto del año en curso, los actores de los juicios federales presentaron en la Oficialía de Partes de Sala Guadalajara, solicitud para que esta Sala Superior ejerciera su facultad de atracción para conocer y resolver de los respectivos medios impugnativos.

2. Remisión. Mediante los acuerdos plenarios de doce de agosto del año que transcurre, la Sala Guadalajara remitió a esta Sala Superior, las demandas en cita y las demás constancias, a fin de resolver respecto a la procedencia del ejercicio de la facultad de atracción planteada.

3. Turno. Recibidas las constancias en este órgano jurisdiccional, a través de los autos respectivos, la Magistrada Presidenta ordenó integrar los expedientes SUP-SFA-17/2017 y SUP-SFA-18/2017, y turnarlos a la Ponencia del Magistrado Indalfer Infante Gonzales, a fin de proponer lo que en Derecho corresponda.

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO. Competencia. La Sala Superior del Tribunal Electoral...

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