Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JLI-0017-2017), 01-11-2017
Fecha | 01 Noviembre 2017 |
Número de expediente | SUP-JLI-0017-2017 |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JLI-17/2017 ACTOR: LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ MORENO DEMANDADO: INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADO: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN SECRETARIADO: HUGO DOMÍNGUEZ BALBOA Y JOSÉ ALBERTO MONTES DE OCA SÁNCHEZ |
Ciudad de México, a uno de noviembre de dos mil diecisiete
Sentencia que absuelve al Instituto Nacional Electoral de las prestaciones reclamadas en el escrito de demanda de Luis Alberto Hernández Moreno; lo anterior toda vez que se probó la excepción de caducidad.
CONTENIDO
GLOSARIO
1. ANTECEDENTES
2. COMPETENCIA
3. ESTUDIO DE PROCEDENCIA
4. RESOLUTIVO
GLOSARIO
Constitución General : | |
Instituto demandado: | Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral |
LEGIPE: | |
Ley de Medios: | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley Orgánica:
| |
Manual:
| Manual de normas administrativas en materia de recursos humanos del Instituto Federal Electoral |
1. ANTECEDENTES
1.1. Inicio y desarrollo de la relación laboral. El actor comenzó a prestar sus servicios en el Instituto demandado como trabajador por honorarios permanentes en la Dirección Jurídica desde el primero de abril de dos mil ocho.
Posteriormente, el dieciséis de marzo de dos mil diez ingresó a la plaza presupuestal de Director de lo Contencioso de la Dirección Jurídica, donde se desempeñó hasta el mes de febrero de dos mil quince.
A partir del mes de marzo de dos mil quince y hasta la fecha de su renuncia, el actor se desempeñó como Director de la Oficialía Electoral de ese Instituto.
1.2. Conclusión de la relación laboral. El día cinco de septiembre de dos mil dieciséis, el actor presentó su renuncia al cargo de Director de la Oficialía Electoral.
1.3. Pago por compensación del término de la relación laboral. El diez de octubre de dos mil dieciséis, el actor recibió la cantidad de $624,816.02 (seiscientos veinticuatro mil ochocientos dieciséis pesos 02/100 M.N.) por concepto de compensación por término de la relación laboral entre éste y el Instituto demandado.
1.4. Escrito de solicitud del pago completo de la compensación por término laboral. El veinte de junio del dos mil diecisiete, el actor presentó un escrito por medio del cual le solicitó al Director Ejecutivo de Administración que se le entregara el pago completo de la compensación por término laboral. En su defecto, pidió que se aclarara el monto que se tomó como base para calcular su ingreso bruto mensual.
1.5. Escrito de petición. El veintitrés de agosto, el actor presentó un escrito en el Instituto demandado por medio del cual le solicitó a la Subdirectora de Operación de Nómina que respondiera diversos cuestionamientos relacionados con el monto de las percepciones brutas que había recibido durante el periodo que transcurrió del primero de enero de dos mil dieciséis, al término de su relación laboral.
1.6. Demanda. El primero de septiembre, el actor presentó en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior, un escrito de demanda de juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Nacional Electoral, reclamando el pago completo y correcto de la compensación por término laboral.
1.7. Turno a Ponencia. Recibidas las constancias, la Magistrada Presidenta de la Sala Superior turnó el juicio a la ponencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.
1.8. Escrito de prueba superviniente. El once de septiembre, el actor...
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