Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0464-2017), 22-06-2017

Número de expedienteSUP-JDC-0464-2017
Fecha22 Junio 2017
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-JDC-464/2017

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SUP-JDC-464/2017

ACTOR: JOSÉ NETZAHUALCOYOTL MORA CHÁVEZ

AUTORIDAD RESPONSABLE: JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN

SECRETARIADO: ANA CECILIA LÓPEZ DÁVILA Y JOSÉ ALBERTO MONTES DE OCA SÁNCHEZ

Ciudad de México, a veintidós de junio de dos mil diecisiete

Sentencia que desecha de plano la demanda de juicio ciudadano presentada por el actor en contra de la omisión de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral de resolver el recurso de inconformidad promovido, toda vez que dicha omisión quedó subsanada.

GLOSARIO

Constitución:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

DESPEN:

Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional

Instituto Nacional Electoral:

INE

Junta General:

Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

LEGIPE:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

1. ANTECEDENTES

1.1. Convocatoria. El uno de septiembre de dos mil dieciséis, la Junta General aprobó el Acuerdo INE/JGE206/2016, donde se aprueba la "Convocatoria para la incorporación de los Servidores Públicos de los Organismos Públicos Locales Electorales al Servicio Profesional Electoral Nacional a través del Proceso de Certificación".1

1 La Convocatoria se encuentra disponible para consulta en la página oficial de Internet del INE en la siguiente liga: http://portalanterior.ine.mx/archivos2/DS/recopilacion/JGEex201609-01ac_01P01-01x01.pdf.

1.2. Registro. El actor acreditó cumplir con los requisitos para participar en el proceso y, en consecuencia, se registró como aspirante al cargo de Titular de Órgano Desconcentrado.

1.3. Aplicación del examen. El uno de octubre del dos mil dieciséis, se aplicó el examen de conocimientos técnico-electorales a los aspirantes para dicha incorporación.

1.4. Calificación. El veintiuno de octubre de ese año, la DESPEN publicó, en el portal electrónico del INE, los resultados obtenidos por los aspirantes en el examen de conocimientos técnico-electorales. La calificación mínima aprobatoria del examen era de 7.00 puntos, en una escala de 0 a 10 con dos decimales.

La calificación obtenida por el actor fue de 6.84 puntos.

1.5. Solicitud de aclaración de dudas. El veinticinco de octubre de dos...

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