Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JRC-0014-2018), 28-02-2018

Fecha28 Febrero 2018
Número de expedienteSUP-JRC-0014-2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
SUP-JRC-14/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE COMPETENCIA

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SUP-JRC-14/2018

ACTOR: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE CHIAPAS

MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES

SECRETARIA: ILIANA MERCADO AGUILAR

Ciudad de México, a veintisiete de febrero de dos mil dieciocho.

VISTOS, para acordar los autos del juicio de revisión constitucional electoral, expediente SUP-JRC-14/2018, promovido por el Partido Revolucionario Institucional contra la resolución del Tribunal Electoral de Chiapas, de trece de febrero de dos mil dieciocho, en el juicio de inconformidad TEECH/JI/010/2018; y

R E S U L T A N D O:

I. Antecedentes. De las constancias que obran en autos, se advierten los siguientes:

1. Presentación de convenio de coalición. Mediante escrito de veintitrés de enero del año en curso, los representantes propietarios de los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza, Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas, presentaron ante el Consejero Presidente del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, entre otros documentos, la solicitud de registro de convenio de coalición, para postular candidato a Gobernador Constitucional de Chiapas y diputados al Congreso por el principio de mayoría relativa, en el proceso electoral local ordinario 2017-2018.

2. Escrito de solicitud de copias certificadas del convenio de coalición. Genaro Morales Avendaño, en su calidad de Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional acreditado ante el Consejo General del mencionado organismo público electoral, presentó sendos escritos ante la Oficialía de Partes del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, el veinticuatro de enero de esta anualidad, recibidos a las once horas con cuarenta y tres minutos y a las doce horas con treinta y cuatro minutos respectivamente, a través de los cuales solicitó copias certificadas del aludido convenio de coalición.

3. Expedición de copias solicitadas. Gustavo Emir Reyes Pazos, Encargado del Despacho de la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, mediante oficio IEPC.SE.DEAP.067.2018, de veinticuatro de enero de dos mil dieciocho, entregó al actor “copia certificada de la copia simple” (sic) del supracitado convenio de coalición celebrado por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza, Chiapas Unido y Podemos Mover a Chiapas, para postular candidatos a Gobernador y diputados al Congreso local, por el principio de mayoría relativa, de veintitrés de enero de dos mil dieciocho, constante en siete fojas útiles.

4. Juicio de Inconformidad. El veintisiete del propio mes de enero, el Partido Revolucionario Institucional promovió inconformidad, la cual quedó registrada en el Tribunal Electoral de Chiapas con la clave alfanumérica TEECH/JI/010/2018, al considerar que le causaba agravio la expedición de las copias que solicitó, al entregársele copias certificadas de copias simples, mientras que lo solicitado fueron copias certificadas del original del convenio de coalición presentado ante la autoridad electoral administrativa local el veintitrés del mismo enero.

5. Resolución impugnada. El trece de febrero de dos mil dieciocho, el Tribunal Electoral de Chiapas dictó sentencia en el expediente TEECH/JI/010/2018, en la que determinó confirmar el acto consistente en la expedición de copias certificadas de copias simples del convenio de coalición.

6. Medio de impugnación. Inconforme con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR