Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-RAP-0041-2017), 14-03-2017
Fecha | 14 Marzo 2017 |
Número de expediente | SUP-RAP-0041-2017 |
Tipo de proceso | Recurso de apelación |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: SUP-RAP-41/2017 RECURRENTE: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS VARGAS VALDEZ SECRETARIO: RAÚL ZEUZ ÁVILA SÁNCHEZ |
Ciudad de México, a catorce de marzo de dos mil diecisiete.
Acuerdo por el que se establece que, en términos del Acuerdo Delegatorio 1/2017, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal con sede en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, es la competente para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional en contra del "Dictamen Consolidado y Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el Dictamen Consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del Partido Revolucionario Institucional, correspondientes al ejercicio dos mil quince, en el Estado de Querétaro".
ÍNDICE
RESULTANDO*
CONSIDERANDO*
PRIMERO. ACTUACIÓN COLEGIADA.*
SEGUNDO. DETERMINACIÓN SOBRE COMPETENCIA.*
ACUERDA*
RESULTANDO
I. Determinación de las normas de transición en materia de fiscalización. En sesión de nueve de julio de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió el Acuerdo INE/CG93/2014 en el que se establecieron las normas de transición en materia de fiscalización.
II. Acuerdo de los límites de financiamiento privado. El treinta de abril de dos mil quince el Instituto Electoral del Estado de Querétaro, emitió acuerdo en el que se determinaron los Límites del Financiamiento Privado que podrían recibir los partidos políticos y los candidatos independientes durante el ejercicio de 2015.
III. Acuerdo INE/CG1047/2015. El dieciséis de diciembre de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el acuerdo mediante el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones al Reglamento de Fiscalización, aprobado en el acuerdo INE/CG263/2014, y modificado a su vez mediante el acuerdo INE/CG350/2014.
IV. Acuerdo INE/CG398/2016. El dieciocho de mayo de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el acuerdo por el que realizó una modificación a los plazos para la revisión de los Informes Anuales de Ingresos y Gastos de los Partidos Políticos Nacionales y Locales. En cumplimiento al primer punto del referido acuerdo, la Unidad...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba