Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-RAP-0030-2018), 15-03-2018
Fecha | 15 Marzo 2018 |
Número de expediente | SUP-RAP-0030-2018 |
Tipo de proceso | Recurso de apelación |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
ACUERDO DE COMPETENCIA RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: SUP-RAP-30/2018 RECURRENTE: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADA ELECTORAL: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO SECRETARIO: CARMELO MALDONADO HERNÁNDEZ |
Ciudad de México, a quince de marzo de dos mil dieciocho.
En el recurso de apelación indicado al rubro, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ACUERDA remitir el expediente a la Sala Regional Guadalajara, de este órgano jurisdiccional electoral federal.
I. A N T E C E D E N T E S
Del escrito de demanda y de las constancias del expediente, se advierten, los hechos siguientes:
1. Convocatoria. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG426/2017, correspondiente a la convocatoria a las ciudadanas y los ciudadanos con interés en postularse como candidatas y candidatos independientes a la presidencia de la república, senadurías y diputaciones federales por el principio de mayoría relativa y se determinó el monto del tope máximo de gastos de los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano para contender a una candidatura independiente en el proceso electoral federal 2017-2018.
2. Modificación del Acuerdo INE/CG455/2017. El siete de octubre de dos mil diecisiete, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo INE/CG455/2017, por el que en acatamiento a las sentencias dictadas por la Sala Superior en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, identificado con la clave SUP-JDC-872/2017, así como en el Asunto General, con el número de expediente SUP-AG-112/2017, modificó el Acuerdo INE/CG426/2017, así como las bases cuarta y quinta de la Convocatoria para el registro de candidaturas independientes a la presidencia de la república, senadurías o diputaciones federales.
3. Acuerdo INE/CG475/2017. El veinte de octubre de dos mil diecisiete, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo INE/CG475/2017, relativo al ajuste de los plazos para la fiscalización de precampaña y obtención de apoyo ciudadano, correspondientes a los procesos electorales federales y locales 2017-2018.
4. Acuerdo INE/CG476/2017. En la misma fecha, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo INE/CG476/2017, por el que se determinaron las reglas de contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización, así como los gastos que se considerarían como de apoyo ciudadano para el proceso electoral ordinario 2017-2018.
5. Lineamientos y monitoreo de anuncios. El diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete, se celebró la quinta sesión extraordinaria de la Comisión de Fiscalización del INE, en la cual se aprobó el Acuerdo CF/012/2017, por el cual se determinaron los alcances de la revisión y se establecieron los Lineamientos para la realización de las visitas de verificación, monitoreo de anuncios espectaculares entre otras cosas, derivado de la revisión de los informes de precampaña, apoyo ciudadano y campaña del proceso electoral federal y locales ordinario 2017-2018, así como los procesos extraordinarios que se pudieran derivar.
6. Límites de financiamiento. En la citada sesión, la Comisión de Fiscalización del INE aprobó el Acuerdo CF/013/2017, por el cual definió los límites de Financiamiento Privado que podrían recibir los Aspirantes a una Candidatura Independiente durante la obtención del apoyo ciudadano para el proceso electoral federal y locales ordinario 2017-2018.
7. Acuerdo INE/CG597/2017. El ocho de diciembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo INE/CG597/2017, relativo a los ajustes a los plazos para la fiscalización del periodo de obtención de apoyo ciudadano a los cargos federales y locales correspondientes a los procesos electorales ordinarios 2017-2018.
8. Acuerdo INE/CG/37/2018. El veintidós de enero de dos mil dieciocho, el Consejo General del INE aprobó el Acuerdo INE/CG/37/2018, por el que se determinan las reglas para la contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización, así como los gastos que se consideran como de precampaña para el proceso electoral ordinario 2017-2018, y de los procesos extraordinarios que de estos deriven; mediante el cual se modificó el artículo 8, párrafo 5, en cumplimiento a lo decidido en la sentencia identificada como...
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