Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-AG-0049-2018), 01-05-2018

Número de expedienteSUP-AG-0049-2018
Fecha01 Mayo 2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoAsuntos generales
SUP-AG-49/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA

ASUNTO GENERAL

EXPEDIENTE: SUP-AG-49/2018

PROMOVENTE: TITULAR DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADA PONENTE: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO

SECRETARIO: HERTINO AVILÉS ALBAVERA

Ciudad de México, a uno de mayo de dos mil dieciocho.

VISTOS, para acordar los autos del Asunto General al rubro citado, por el que se determina no proceder a dar trámite como juicio o recurso alguno ante esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y se ordena remitir el escrito presentado por la ciudadana Gladys Eugenia Hernández Flores, al Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Oaxaca, a fin de que reciba su escrito de desafiliación a dicho instituto político, otorgando para ello el tramite normativo correspondiente.

R E S U L T A N D O

l. Antecedentes.

Conforme a los hechos narrados por el promovente, así como de las constancias de autos, se advierten los siguientes:

1) Procedimiento Sancionador Ordinario. Con fecha veinticuatro de abril del dos mil dieciocho, el Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, dictó acuerdo dentro del expediente identificado bajo el número UT/SCG/Q/NCY/JD03/MICH/105/2018.

2) Remisión. En el acuerdo número quinto, de la resolución en cita, se consideró que del escrito presentado por la ciudadana Gladys Eugenia Hernández Flores, se apreciaba que los hechos que había puesto en conocimiento a la autoridad electoral administrativa, se advertía la negativa del personal del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Oaxaca, de recibir su escrito de desafiliación a dicho instituto político; por lo que, ante la consideración de que fuera procedente en su caso, el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, se estimó procedente su remisión ante esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para el efecto del ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le son propias.

3) Antecedentes. De las constancias procesales, se advierte que la ciudadana Gladys Eugenia Hernández Flores, compareció ante el Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, para dar a conocer, que se había constituido en el inmueble que ocupa el Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de Oaxaca, a fin de que se le recibiera diverso escrito en el que solicitaba se procediera a su desincorporación de la lista de afiliados al partido en cuestión, siendo que le fue negada la recepción.

Para tal efecto, agrega el ocurso de fecha veintisiete de marzo del actual, dirigido al Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática, en el Estado de Oaxaca, al que hace alusión, en su narrativa anterior.

4) Registro y turno. El veinticinco de abril del presente año, se recibió la documentación remitida por la Subdirectora de Procedimientos Administrativos Sancionadores de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaria Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, dirigida a la Magistrada Presidenta de esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien ordenó integrar el expediente SUP-AG-49/2018 y lo turnó a la ponencia de la Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso.

C O N S I D E R A C I O N E S

I. Actuación colegiada. La determinación respecto a la remisión planteada por el Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral, corresponde emitirla al Pleno de esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, conforme al artículo 10, fracción VI del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la jurisprudencia de rubro “MEDIOS DE IMPUGNACIÓN. LAS RESOLUCIONES O ACTUACIONES QUE IMPLIQUEN UNA MODIFICACIÓN EN LA...

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