Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JE-0011-2018), 11-04-2018

Número de expedienteSUP-JE-0011-2018
Fecha11 Abril 2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio electoral
SUP-JE-11/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA

JUICIO ELECTORAL

EXPEDIENTE: SUP-JE-11/2018

ACTORA: YERALDINE GUADALUPE CABRERA GAMBOA

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA

SECRETARIOS: PEDRO BAUTISTA MARTÍNEZ, LILIANA HERNÁNDEZ MENDOZA Y ANTONIO SALGADO CÓRDOVA

COLABORACIÓN: AGNI GUILLERMO TORRES MARÍN, MIGUEL OMAR MEZA, JUAN JOSÉ BELÉN MORENO ZETINA Y ALEJANDRO VALENZUELA TOVAR

Ciudad de México, a diez de abril de dos mil dieciocho.

VISTOS, para acordar los autos del juicio electoral citado al rubro; y,

R E S U L T A N D O:

1. Presentación de la demanda. El diecinueve de marzo de dos mil dieciocho, la actora presentó demanda a fin de impugnar la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Chiapas en los juicios de inconformidad identificados como TEECH/JI/004/2018 y acumulados.

2. Envío a la Sala Regional. El veintiuno siguiente, el Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, remitió a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal con sede en Xalapa, el escrito de demanda y las constancias atinentes, las cuales se recibieron en la oficialía de partes de esa Sala Regional, el veintisiete de marzo del año en curso.

3. Remisión a esta Sala Superior. Por acuerdo de la misma fecha, el Magistrado Presidente de dicha Sala Regional, ordenó remitir el asunto a esta Sala Superior, toda vez que consideró que se impugna una sentencia relacionada con la elección de Gobernador del Estado de Chiapas y ordenó remitir las constancias respectivas.

4. Recepción en Sala Superior. El dos de abril de dos mil dieciocho, se recibieron en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior, las constancias remitidas por la Sala Regional mencionada.

5. Turno. Mediante acuerdo de la misma fecha, la Magistrada Presidenta de esta Sala Superior acordó turnar el expediente SUP-JE-11/2018 a la Ponencia del Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

6. Radicación. En su oportunidad, el Magistrado Ponente acordó radicar el expediente en la Ponencia a su cargo.

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO. Actuación colegiada. La materia sobre la que versa el acuerdo corresponde al conocimiento de esta Sala Superior mediante actuación colegiada, porque implica determinar cuál órgano es el competente para conocer del juicio electoral en que se actúa, lo cual no constituye una determinación de trámite del Magistrado Instructor.

Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 10, fracciones I, inciso b) y VI, del Reglamento Interno del Tribunal, así como la jurisprudencia 11/99 de esta Sala Superior, de rubro “MEDIOS DE IMPUGNACIÓN. LAS RESOLUCIONES O ACTUACIONES QUE IMPLIQUEN UNA MODIFICACIÓN EN LA SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, SON COMPETENCIA DE LA SALA SUPERIOR Y NO DEL MAGISTRADO INSTRUCTOR”.

SEGUNDO. Hechos relevantes. Los hechos que dieron origen a la sentencia impugnada consisten medularmente en los siguientes:

2.1. Denuncias. El catorce y quince de noviembre, así como siete y doce de diciembre de dos mil diecisiete, diversos ciudadanos, incluida la actora, presentaron denuncias en contra del diputado local Oscar Eduardo Ramírez Aguilar y la Asociación Civil Fundación Jaguar Negro Cuidemos lo Mejor de Chiapas.

Lo anterior, por la presunta comisión de promoción personalizada, actos anticipados de precampaña y campaña, así como uso indebido...

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