Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-SFA-0050-2018), 19-05-2018
Fecha | 19 Mayo 2018 |
Número de expediente | SUP-SFA-0050-2018 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Solicitud de ejercicio de la facultad de atración de la Sala Superior |
SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCI�N
EXPEDIENTE: SUP-SFA-50/2018
SOLICITANTES: BERENICE FABI�N S�NCHEZ Y EVIC JULI�N ESTRADA
RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACI�N CIUDADANA DE OAXACA
MAGISTRADO PONENTE: FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA
SECRETARIOS: JOSU� AMBRIZ NOLASCO, NADIA JANET CHORE�O RODR�GUEZ Y SALVADOR ANDR�S GONZ�LEZ BARCENA
COLABOR�: JORGE ARMANDO HERN�NDEZ GONZ�LEZ
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Ciudad de M�xico, a diecinueve de mayo de dos mil dieciocho.
En el asunto identificado al rubro, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n determina PROCEDENTE la solicitud de ejercicio de la facultad de atracci�n que formulan las solicitantes, para conocer y resolver el juicio para la protecci�n de los derechos pol�tico electorales del ciudadano, en lugar de la Sala Regional Xalapa, por la importancia y trascendencia de los temas involucrados.
A N T E C E D E N T E S
De lo narrado por las solicitantes en su escrito de demanda y de las constancias que obran en autos se advierte lo siguiente.
1. Inicio del proceso electoral. El seis de septiembre del dos mil diecisiete dio inicio el proceso electoral ordinario dos mil diecisiete - dos mil dieciocho, en el estado de Oaxaca.
2. Solicitudes de registro de candidaturas. Del siete al veinticinco de marzo de dos mil dieciocho, los partidos pol�ticos y coaliciones presentaron ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participaci�n Ciudadana de Oaxaca, las solicitudes de registro a candidaturas para Concejal�as de los Ayuntamientos que se rigen por el sistema de partidos pol�ticos.
3. Aprobaci�n de candidaturas. El veinte de abril siguiente, se aprobaron las candidaturas por medio del acuerdo IEEPCO-CG-32/2018, por el que se registraron de forma supletoria las candidaturas a Concejal�as de los Ayuntamientos.
4. Procedimiento ordinario sancionador y medidas cautelares. Algunos colectivos de diversidad sexual, interpusieron una queja mediante la cual, combaten un posible fraude a la ley al se�alar que diecisiete de las diecinueve personas registradas como mujeres transg�nero, en realidad no se identifican con esa calidad.
Por lo que el once de mayo del presente a�o, la Comisi�n de Quejas y Denuncias del Instituto Local, orden� como medida cautelar la cancelaci�n del registro de las diecisiete candidaturas.
5. Juicio ciudadano. El diecisiete de mayo de dos mil dieciocho, las actoras, quienes se autoadscriben como ind�genas nahua y zapoteca, de Villa Nueva, agencia municipal de del municipio de Santa Mar�a Teopoxco y San Juan Lalana, Oaxaca, respectivamente, representadas por la Defensor�a P�blica Electoral para Pueblos y Comunidades Ind�genas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n, solicitaron a esta Sala Superior, ejerciera su facultad de atracci�n para conocer y resolver el juicio ciudadano.
6. Recepci�n en Sala Superior y turno. En la fecha citada, se recibi� en la Sala Superior el escrito de demanda y dem�s constancias, por lo cual, la Magistrada Presidenta determin� integrar el expediente SUP-SFA-50/2018 y lo turn� a la ponencia del Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, para los efectos legales conducentes.
RAZONES Y FUNDAMENTOS DE LA DECISI�N
PRIMERO. Competencia. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n es competente para conocer y resolver el asunto bajo an�lisis, toda vez que se trata de dilucidar lo conducente sobre el ejercicio de la facultad de atracci�n al rubro indicada.
SEGUNDO. Marco jur�dico de la facultad de atracci�n. El...
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