Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSRE-PSC-0109-2018), 25-05-2018
Número de expediente | SRE-PSC-0109-2018 |
Fecha | 25 Mayo 2018 |
Emisor | Sala Regional Especializada (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral |
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR | |
EXPEDIENTE: | SRE-PSC-109/2018 |
PROMOVENTE: | PAN |
INVOLUCRADOS: | Andr�s Manuel L�pez Obrador y MORENA |
MAGISTRADA: | Gabriela Villafuerte Coello |
SECRETARIA: | Laura Patricia Jim�nez Castillo |
COLABOR�: | Nayeli Marisol �vila Cervantes y M�nica Regina Garc�a D�az |
Ciudad de M�xico, a veinticinco de mayo de dos mil dieciocho.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n dicta la siguiente SENTENCIA:
A N T E C E D E N T E S
I. Elecciones 2017-2018.
1. 1. Proceso electoral federal. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete inici� el proceso para renovar el Congreso de la Uni�n (diputaciones federales y senadur�as), y la Presidencia de la Rep�blica.
2. 2. Etapas.
- Precampa�a: Del catorce de diciembre de dos mil diecisiete al once de febrero de dos mil dieciocho1.
- Campa�a: Del treinta de marzo al veintisiete de junio.
- Jornada Electoral: Primero de julio2.
1 Las fechas que se mencionen corresponden a este a�o, salvo manifestaci�n expresa.
2 A partir de 2015 la celebraci�n de elecciones federales y locales ser� el primer domingo de junio del a�o que corresponda, salvo en 2018 que ser�n el primer domingo de julio. Segundo transitorio numeral 8, fracci�n II, inciso a) del DECRETO publicado en el Diario Oficial de la Federaci�n el lunes 10 de febrero de 2014.
II. Procedimiento interno de MORENA.
3. 1. Convocatoria al proceso de selecci�n interna. El diecinueve de noviembre de dos mil diecisiete, se public� la convocatoria para postular las candidaturas para los procesos electorales federales y locales 2017-2018.
4. 2. Precandidatura a la Presidencia de la Rep�blica. El trece de diciembre de dos mil diecisiete, la Comisi�n Nacional de Elecciones de MORENA, aprob� el dictamen de registro de Andr�s Manuel L�pez Obrador.
5. 3. Registro de la Coalici�n "Juntos Haremos Historia". El veintid�s de diciembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral3 aprob� el registro del convenio de coalici�n para postular, entre otros cargos, a la candidata o candidato a la Presidencia de la Rep�blica, que presentaron los partidos del Trabajo4, Encuentro Social5 y MORENA6.
3 A continuaci�n, INE.
4 PT.
5 PES.
6 Mediante resoluci�n INE/CG634/2017, consultable en: http://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/94367/INE-CG634-2017-22-12-17%20%28Versi%C3%B3n%20definitiva%29.pdf
6. 4. Registro de candidaturas. El veintinueve de marzo, el Consejo General del INE aprob� las candidaturas a la Presidencia de la Rep�blica y, registr� a Andr�s Manuel L�pez Obrador como candidato de la coalici�n "Juntos Haremos Historia"7.
7 Mediante acuerdo INE/CG286/2018, visible en: http://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/95563/CGes201803-29-ap-1.pdf?sequence=1&isAllowed=y.
III. Sustanciaci�n del procedimiento.
7. 1. Denuncia. El diecisiete de abril, el representante propietario del Partido Acci�n Nacional8 ante el Consejo Local de INE en Veracruz denunci� a Andr�s Manuel L�pez Obrador (actual candidato a la Presidencia de la Rep�blica) y MORENA, por la realizaci�n y difusi�n de diversos eventos en 2016, 2017 y 2018. Desde su perspectiva, se actualizan9:
- Actos anticipados de precampa�a y campa�a;
- Falta al deber de cuidado de MORENA.
8 Enseguida PAN.
9 El quejoso denunci� el uso indebido del financiamiento p�blico ordinario por parte de Andr�s Manuel L�pez Obrador y MORENA, por lo cual, dio vista a la Unidad T�cnica de Fiscalizaci�n del INE, para que en el �mbito de su competencia conociera de ello.
Visible a fojas 1871 a 1890 del expediente.
8. 2. Cuaderno de antecedentes. El dieciocho siguiente, la Unidad T�cnica de lo Contencioso Electoral de la Secretar�a Ejecutiva del INE, recibi� por correo la denuncia, orden� radicarla como cuaderno de antecedentes10, y requiri� al promovente circunstancias de tiempo, modo y lugar de los eventos.
10 Con la clave UT/SCG/CA/PAN/JL/VER/31/2018.
9. 3. Cierre del cuaderno y apertura de un procedimiento especial sancionador. El veinte de abril, la autoridad instructora, orden� cerrar el cuaderno de antecedentes, toda vez que el PAN cumpli� el requerimiento.
10. 4. Registro, investigaci�n preliminar y admisi�n. En la misma fecha, registr� la denuncia11 y orden� diligencias de investigaci�n. El veinticinco siguiente, admiti� la queja.
11 Con el n�mero UT/SCG/PE/PAN/JL/VER/173/PEF/230/2018.
11. 5. Medidas Cautelares. El veintis�is de abril, la Comisi�n de Quejas y Denuncias del INE, consider� improcedente la medida cautelar, porque:
- Ya era campa�a, por tanto, era irreparable la infracci�n.
- De las publicaciones en redes sociales, no advirti� urgencia o peligro en la demora.
12. 6. Emplazamiento y audiencia. El tres de mayo, se emplaz� a las partes, para que comparecieran a la audiencia de pruebas y alegatos, la cual se llev� a cabo el siete de mayo siguiente12.
12 La autoridad instructora determin�:
-Sobreseer el evento del tres de julio de 2017 en Quintana Roo, porque el promovente no aport� elementos de prueba que permitieran verificar su existencia.
-El quejoso denunci� el uso indebido del financiamiento p�blico ordinario por parte de Andr�s Manuel L�pez Obrador y MORENA, por lo cual, dio vista a la Unidad T�cnica de Fiscalizaci�n del INE, para que en el �mbito de su competencia conociera de dichos hechos.
Visible a fojas 1871 a 1890 del expediente.
13. 7. Tr�mite en la Sala Especializada. Una vez que se recibi� el expediente y se revis� su integraci�n, el veintitr�s de mayo, la Magistrada Presidenta por Ministerio de Ley, le asign� la clave SRE-PSC-109/2018, lo turn� a la ponencia a su cargo, en su oportunidad lo radic� y se procedi� a la elaborar la sentencia correspondiente.
C O N S I D E R A C I O N E S
14. PRIMERA. Competencia. Esta Sala Especializada es competente (tiene facultad) para resolver el procedimiento especial sancionador13, porqu� se denunci� actos anticipados de precampa�a y campa�a, por la realizaci�n y difusi�n de diversos eventos durante 2016, 2017 y 2018; en los que Andr�s Manuel L�pez Obrador, (actual candidato a la Presidencia de la Rep�blica), present� propuestas electorales y se sobreexpuso de cara al proceso electoral federal.
13 Art�culos 41, base III; 99, p�rrafo cuarto, fracci�n IX, de la Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos; 186, fracci�n III, inciso h), 192 y 195, �ltimo p�rrafo, de la Ley Org�nica del Poder Judicial de la Federaci�n; as� como 470, p�rrafo 1, inciso b), 476 y 477 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
15. Sirve de apoyo la Jurisprudencia 6/2016 de rubro: "COMPETENCIA. EL CONOCIMIENTO DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPA�A O CAMPA�A, SE DETERMINA POR SU VINCULACI�N AL PROCESO ELECTORAL QUE SE ADUCE LESIONADO"14, por tratarse de una conducta que se vincul� al proceso electoral federal.
14 Consultable en la liga electr�nica www.portal.te.gob.mx, secci�n Jurisprudencia.
SEGUNDA. Causales de improcedencia.
16. MORENA y Andr�s Manuel L�pez Obrador (actual candidato a la Presidencia de la Rep�blica), solicitan desechar la queja por fr�vola; ya que, desde su perspectiva, se denuncian hechos falsos, que no tienen soporte probatorio y no actualizan actos anticipados de precampa�a o campa�a (art�culos 447, p�rrafo 1, inciso d), y 471, p�rrafo 5, inciso d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales).
17. Esta Sala Especializada estima que estas cuestiones deben analizarse en la acreditaci�n de hechos y el estudio de fondo de la sentencia, a fin de determinar, si las pruebas aportadas constatan o no los hechos denunciados y si es existente o inexistente la infracci�n (actos anticipados de precampa�a y campa�a).
TERCERA. Denuncia y defensas.
18. El PAN se quej�:
- Andr�s Manuel L�pez Obrador solicit� el apoyo ciudadano en su favor y de MORENA, en:
- M�tines y discursos en 2016.
- Gira proselitista en 2017.
- Eventos al p�blico en general en 2018.
- Difundi� los eventos en redes sociales e Internet.
- Gener� desventaja de frente al proceso electoral federal y locales.
- Se sobreexpuso y fij� propuestas electorales.
19. MORENA y Andr�s Manuel L�pez Obrador, (actual candidato a la Presidencia de la Rep�blica), explicaron:
- Los temas que Andr�s Manuel L�pez Obrador invoc�, eran de inter�s p�blico nacional.
- No habl� de propuestas de plataforma electoral.
- No expres�: voto, vota, votar, sufragio, sufragar, comicios, elecci�n, elegir, proceso electoral.
- Hubo sobreexposici�n, pues fueron asambleas informativas en las que particip� como presidente del Comit� Ejecutivo Nacional de MORENA, abordando temas del inter�s nacional.
- El tres de septiembre de dos mil diecisiete, celebr� una reuni�n en el Monumento a la Revoluci�n de la Ciudad de M�xico; no llam� al voto a favor o en contra de alg�n candidato.
CUARTA. Cuesti�n a resolver15.
15 El promovente denunci� uso indebido de financiamiento p�blico ordinario por parte de Andr�s Manuel L�pez Obrador y MORENA, sin embargo, la autoridad instructora dio vista a la Unidad T�cnica de Fiscalizaci�n del INE, para que en el �mbito de su competencia conociera de dicha infracci�n.
20. Esta Sala Especializada debe analizar, si las manifestaciones que realiz� Andr�s Manuel L�pez Obrador en diversos eventos en 2017 y 201816; as� como su difusi�n, actualizan:
- Actos anticipados de precampa�a y campa�a17;
- Y resposabilidad indirecta de MORENA18.
16 Por lo que hace a los eventos de 2016, no hay circunstancias de tiempo, modo y lugar; y la autoridad instructora no emplaz� a las partes por estos eventos. Raz�n por la cual, este �rgano jurisdiccional no se pronunciar� al respecto.
17 Por la posible vulneraci�n de los art�culos 445, p�rrafo 1, inciso a) y f); y 447, p�rrafo 1, inciso e), en relaci�n con el 3, p�rrafo 1, incisos a) y b) de la Ley General.
18 En contravenci�n a lo previsto en los art�culos 443, p�rrafo 1, inciso a), de la Ley General, en relaci�n con...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba