Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-SFA-0046-2018), 09-05-2018
Fecha | 09 Mayo 2018 |
Número de expediente | SUP-SFA-0046-2018 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Solicitud de ejercicio de la facultad de atración de la Sala Superior |
SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCI�N EXPEDIENTE: SUP-SFA-46/2018 ACTORES: JOS� LUIS CAPIZ AGUILAR Y OTROS AUTORIDAD RESPONSABLE: OMERO VALDOVINOS MERCADO E IGNACIO HURTADO G�MEZ, MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MICHOAC�N MAGISTRADO PONENTE: REYES RODR�GUEZ MONDRAG�N SECRETARIO: SERGIO IV�N REDONDO TOCA |
Ciudad de M�xico, a nueve de mayo de dos mil dieciocho
Resoluci�n mediante la cual se determina que: 1) es improcedente la solicitud de ejercicio de la facultad de atracci�n que formulan Jos� Luis Capiz Aguilar y otros ciudadanos, y 2) se env�a el expediente respectivo a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n para que resuelva lo que en derecho proceda.
La decisi�n se sustenta en que la impugnaci�n presentada por los actores en contra de las determinaciones por las que respectivamente se declar� improcedente el incidente de falta de personer�a del Consejo Ind�gena de Nahuatzen, Michoac�n, y se desestim� la solicitud de suspensi�n de la consulta a la autoridad relacionada con la transferencia de recursos a la comunidad, no reviste las caracter�sticas de importancia y trascendencia exigidas para su ejercicio, pues la demanda no evidencia la necesidad de fijar un precedente importante que sirva de criterio para casos futuros.
CONTENIDO
GLOSARIO..................................................2
1. ANTECEDENTES.........................................2
2. COMPETENCIA..........................................6
3. IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD..................6
4. RESOLUTIVOS..........................................12
GLOSARIO
Instituto local: | Instituto Electoral de Michoac�n. |
Ley de Medios: | Ley General del Sistema de Medios de Impugnaci�n en Materia Electoral |
Tribunal local: | Tribunal Electoral de Michoac�n |
1. ANTECEDENTES
1.1. Juicio ciudadano local. El veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete, Jos� Antonio Arreola Jim�nez quien se ostent� como autoridad ind�gena de Nahuatzen, Michoac�n, present� un juicio ciudadano local en contra de la omisi�n del Presidente de dicho municipio, de otorgar los recursos y participaciones federales correspondientes.
1.2. Sentencia del juicio ciudadano local TEEM-JDC-035/2017. El seis de noviembre siguiente, el Tribunal local emiti� sentencia en el juicio ciudadano local TEEM-JDC-035/2017, en la que orden� al Instituto local que de inmediato organizara un proceso de consulta en la comunidad de Nahuatzen, Michoac�n para determinar los aspectos cualitativos y cuantitativos respecto de la transferencia de responsabilidades relacionadas con el ejercicio de autodeterminaci�n, autonom�a y autogobierno, vinculada con la administraci�n directa de los recursos que le corresponden a dicho municipio.
1.3. Acuerdo de suspensi�n derivado de la controversia constitucional 307/2017. Mediante el acuerdo de veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, la Suprema Corte de Justicia de la Naci�n concedi� la suspensi�n para el efecto de que no se ejecutara la resoluci�n dictada por el Tribunal local en el juicio ciudadano local identificado...
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